Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 31/07/2012

5. Anuncios5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 16 de julio de 2012, de la Gerencia Provincial de Jaén de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por el que se notifica Resolución en expediente de desahucio administrativo que se cita.

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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de Daniel Galán Núñez, cuyo último domicilio conocido estuvo en Jaén (Jaén).

Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo contra Daniel Galán Núñez, DAD-JA-2011-0023, sobre la vivienda perteneciente al grupo JA-7089, finca SC_000032, sita en calle Miguel Castillejo, A, 6.º E, en Jaén (Jaén), se ha dictado Resolución de 15 de mayo de 2012, Resolución del Gerente Provincial de Jaén, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se considera probadas las causas de desahucio imputada. Apartados a), c) del art 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre y en su virtud, «la falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento o de las cantidades a que esté obligada la persona adjudicataria en el acceso diferido a la propiedad, así como de las cantidades que sean exigibles por servicios, gastos comunes o cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente: No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa», se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita.

En la resolución se le otorga el plazo, improrrogable de un mes, para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entrega la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que EPSA, transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.

Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La Resolución se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en Isaac Albéniz, 2, 23009, Jaén, así como la totalidad del expediente administrativo.

Esta resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante el/la Excmo./a. Sr./a. Consejero/a de Fomento y Vivienda, conforme al art. 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 16 de julio de 2012.- El Gerente, Manuel Molina Lozano.

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