Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 28/09/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

EdiCto de 11 de abril de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1537/2006. (PP. 1658/2012).

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NIG: 2906942C20060007819.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1537/2006. Negociado: 01.

De: Zurich España, S.A.

Procurador: Sr. Juan Manuel Ledesma Hidalgo.

Contra: Mercantil Bateleur Inversiones, S.L., y All Iberia.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 76/12

En Marbella, a 10 de abril de 2012.

Don Gonzalo Ónega Coladas-Guzmán, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 1537 del año 2006, a instancia de la entidad Zurich España, S.A., representada por el Procurador don Juan Manuel Ledesma Hidalgo y asistida por el Letrado don José Antonio Sánchez Verdejo, contra las entidades Bateleur Inversiones, S.L.,  representada por la Procuradora doña María José Cabellos Menéndez y asistida por el Letrado don José Luis Moreno Cela, y All Iberian Group Costa del Sol, S.L., declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Juan Manuel Ledesma Hidalgo, en nombre y representación de la entidad Zurich España, S.A., contra las entidades Bateleur Inversiones, S.L., y All Iberian Group Costa del Sol, S.L., con los siguientes pronunciamientos:

Primero. Condenar a la codemandada Bateleur Inversiones, S.L., a pagar a la parte actora la suma de veintidós mil setecientos cincuenta y cuatro euros (22.754 euros), más los intereses legales de tal cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.

Segundo. Absolver a la codemandada All Iberian Group Costa del Sol, S.L., de los pedimentos efectuados en su contra.

Tercero. Condenar a la codemandada Bateleur Inversiones, S.L., al pago de las costas causadas a instancia de la actora, así como a esta al pago de aquellas causadas a instancia de All Iberian Group Costa del Sol, S.L.

Contra la presente resolución cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de apelación dentro de los 20 días siguientes a aquel en que se notifique.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2995, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos, autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de All Iberia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Marbella, a once de abril de dos mil doce.- El/La Secretario.

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