Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 16/11/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de octubre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1737/2008. (PD. 3104/2012).

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NIG: 2906742C20080032605.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1737/2008. Negociado: 7.

Sobre: Resto de ordinario. Reclamación de cantidad.

De: Hormiseis, S.L.

Procurador: Sr. Javier Bueno Guezala.

Letrada: Sra. Villa Jiménez, María Josefa.

Contra: Ibero Portuguesa Construcciones y Costa Villaverde.

Procurador: Sr. Alfredo Gross Leiva.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1737/2008 seguido a instancia de Hormiseis, S.L., frente a Ibero Portuguesa Construcciones se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 163/2012

En Málaga, a veintitrés de abril de dos mil doce.

Vistos por mí, doña Lidia Bermúdez Martín, Magistrada-Juez de Adscripción Territorial de Andalucía destinada en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga y su partido, los presentes autos de juicio ordinario núm. 1.737/2008 sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Hormiseis, S.L., representada por el Procurador don Javier Bueno Guezala y asistida por la Letrada doña María José Villa Jiménez; y de otra como demandada Costa Villaverde, S.A., representada por el Procurador don Alfredo Gross Leiva y asistida por el Letrado don Luis Raimundo Frías, e Ibero Portuguesa Construcciones, S.L., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Javier Bueno Guezala, en nombre y representación de Hormiseis, S.L., contra Costa Villaverde, S.A., e Ibero Portuguesa Construcciones, S.L., se acuerda:

1. Condenar solidariamente a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de ciento veintiséis mil quinientos mil ochenta y dos euros con treinta céntimos de euro (126.582,30 €) en concepto de principal más los intereses legales en los términos expresados en el fundamento jurídico tercero de esta resolución.

2. Condenar solidariamente a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de tres mil ciento sesenta euros con seis céntimos de euro (3.106,06 €) en concepto de indemnización por costes de cobro.

3. Imponer a la parte demandada el abono de las costas causadas.

Llévese la presente resolución al Libro de Sentencias de este Juzgado, dejando testimonio de la misma en autos.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella cabe recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga y que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles desde la notificación de la presente resolución. Para la interposición de dicho recurso será necesario consignar previamente la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, correspondiente al presente procedimiento, conforme lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta introducida en la LOPJ en virtud de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, quedando excluidos de la constitución de este depósito los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Debe hacerse constar en el campo «concepto» del documento resguardo de ingreso, que se trata de un recurso con indicación del tipo de recurso, seguido del código 02.

Así, por esta Sentencia lo pronuncia, manda y firma doña Lidia Bermúdez Martín, Magistrada-Juez de Adscripción territorial de Andalucía destinada en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga y su partido.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Juez que la ha dictado constituida en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Ibero Portuguesa Construcciones, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a ocho de octubre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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