Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 18/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 12 de marzo de 2012, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de taxis de Bormujos (Sevilla). (PP. 989/2012).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ConceptoTarifas autorizadas

IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,13 euros

Por cada km recorrido1,02 euros

Hora de parada o espera17,23 euros

Carrera mínima4,16 euros

Será de aplicación los días laborables de 07,00 a 21,00 horas, en trayectos dentro del municipio de Bormujos.

Tarifa 2. Nocturnos y festivos

Bajada de bandera1,38 euros

Por cada km recorrido1,27 euros

Hora de parada o espera21,47 euros

Carrera mínima4,68 euros

La tarifa 2 se aplicará en trayectos dentro del municipio de Bormujos en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de 0,00 a 24,00 horas.

b) Servicios realizados en días laborables en horario de 21,00 a 7,00 horas.

c) Servicios realizados durante los días de Semana Santa y Feria.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre, desde las 0,00 a las 24,00 horas.

Suplementos

- Por cada maleta, bulto o conjunto

de bultos de más de 60 cm0,45 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de marzo de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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