Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 21/05/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 25 de enero de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Osuna, dimanante de procedimiento ordinario núm. 398/2010. (PP. 1414/2012).

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NIG: 4106841C20101000324.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 398/2010.

Negociado: MR.

Sobre: Acción declarativa.

De: Don Miguel Ángel Fernandez Martín y doña Vanesa Linero Bocanegra.

Procurador: Sr. José María Montes Morales.

Letrado: Sr. Juan Rafael Ceño Maldonado.

Contra: Doña Natividad Jiménez Alarcon, don María Francisca Pérez González y don Mateo Pavón González.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 398/2010 seguido a instancia de don Miguel Ángel Fernández Martín y doña Vanesa Linero Bocanegra frente a doña Natividad Jiménez Alarcón, doña María Francisca Pérez González y don Mateo Pavón González se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚN 79/11

En Sevilla a 30 de diciembre de 2011.

Don José Luque Teruel, Juez sustituto del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de los de Osuna, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 398/10, entre don Miguel Ángel Fernández Martín y doña Vanesa Linero Bocanegra, como demandantes, representados por el Procurador don José María Montes Morales, y asistidos por el Letrado don Juan Rafael Ceño Maldonado, y de otra y como demandados don Mateo Pavón González, doña María Francisca Pérez González y doña Natividad Jiménez Alarcon.

FALLO

Que se estima la demanda interpuesta por don José María Montes Morales, en nombre y representación de don Miguel Ángel Fernández Martín y doña Vanesa Linero Bocanegra, y se declara valido y eficaz el contrato celebrado entre don Miguel Ángel Fernández Martín y doña Vanesa Linero Bocanegra, como compradores, y don Mateo Pavón González, y doña María Francisca Pérez González como vendedores, el día 25.2.08, así como el celebrado entre don Mateo Pavón González y doña María Francisca Pérez González, como compradores, y doña Natividad Jiménez Alarcón, como vendedora, el día 12.3.07, ordenando la inscripción de la finca situada en  C/ Fuente Baja, núm. 32, de Villanueva de San Juan, a nombre de don Miguel Ángel Fernandez Martín, DNI 48.981.562-A, y doña Vanesa Linero Bocanegra, DNI 48.984.289-Q, en pleno dominio y por mitades indivisas, con cancelación de las inscripciones contradictorias; condenando a los demandados a estar y pasar por estas declaraciones, así como al pago de las costas de este procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días, en la forma que previene la LEC 1/2000.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo acuerda, manda y firma don José Luque Teruel, Juez sustituto del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de Osuna. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandados, doña María Francisca Pérez González y don Mateo Pavón González, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Osuna, a veinticinco de enero de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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