Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 03/05/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Anuncio de 26 de abril de 2013, de la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A., de la convocatoria del servicio Extenda Becas de Internacionalización 2013.

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BASES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA DEL SERVICIO EXTENDA BECAS  DE INTERNACIONALIZACIÓN 2013

Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. (en adelante Extenda), es la empresa de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, dedicada a fomentar y apoyar el proceso de internacionalización de las empresas andaluzas.

La necesidad de incrementar el número de profesionales cualificados en internacionalización de empresas que se inserten en el mundo laboral para contribuir a la internacionalización de la economía andaluza, ha sido un objetivo primordial para Extenda que le ha llevado a gestionar el Servicio Extenda Becas de Internacionalización.

El Servicio Extenda Becas de Internacionalización tiene como objetivo la formación y cualificación de futuros profesionales del comercio internacional, para con ello favorecer la inserción de estos jóvenes profesionales en las empresas andaluzas y que de esta forma redunde en agilizar el proceso de internacionalización de las mismas.

Este proyecto formativo estará cofinanciado por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Andaluz 2007-2013 y cualquier otro fondo susceptible de financiar esta actividad, con un porcentaje de financiación del 80%. Durante todo el proceso se cumple con los objetivos que establece la Unión Europea, fomentando el espíritu empresarial y la empleabilidad, aumentando y mejorando el capital humano, todo ello, aplicando medidas trasversales para combatir las desigualdades de género y mejorar la inclusión social de colectivos en riesgo de exclusión.

Por otra parte, las empresas y entidades colaboradoras podrán incorporar recursos humanos especializados en comercio internacional para completar la formación en la segunda fase de la beca.

El Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 en su Eje 4, relativo a «Impulsar la innovación y competitividad de las empresas andaluzas en internacionalización», contempla la Medida 4.2.2 referida a la «Formación de Capital Humano en Internacionalización». Para el logro de los objetivos de esta medida se desarrolla el Servicio de Becas Extenda de Internacionalización como una de las herramientas necesarias para preparar personal especializado en internacionalización y dar a conocer las oportunidades que el comercio internacional ofrece a los/as futuros/as profesionales.

I. OBJETIVOS Y REQUISITOS

1.1. Objetivos:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de 50 becas para la formación y cualificación de profesionales en comercio internacional y en atracción de inversiones de capital extranjero a Andalucía, de modo que con ello se favorezca la inserción de los mismos en las empresas andaluzas y que de esta forma redunde en agilizar el proceso de internacionalización y en definitiva la competitividad internacional de dichas empresas.

Por necesidades estratégicas para Andalucía y condicionado a la dotación presupuestaria el número de becas podría ser ampliado.

La Directora General de Extenda resolverá sobre las modificaciones que puedan afectar al objeto de la presente convocatoria. En caso de producirse, éstas se publicarán en la www.extenda.es y mediante inserción en BOJA.

1.2. Duración de las becas: La beca Extenda comprende dos fases, cuyas características son las siguientes:

- La primera fase se desarrollará en el extranjero, bien en una de las Oficinas de Extenda, en una Oficina Económica y Comercial de las Embajadas de España en el extranjero, en Cámaras Españolas de Comercio en el extranjero o en instituciones u organismos relacionados con el fomento de la internacionalización del tejido empresarial andaluz, con la atracción de inversiones o con la financiación multilateral. Esta fase tendrá una duración máxima de 12 meses.

- La segunda fase se desarrollará en una entidad colaboradora andaluza que disponga de un plan de internacionalización. Esta fase se regirá por sus propias bases y tendrá una duración máxima de 6 meses.

1.3. Requisitos para participar: Podrán participar en el Servicio Extenda Becas de Internacionalización los candidatos y candidatas que cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener vinculación con Andalucía mediante alguna de las siguientes situaciones:

- Haber nacido en Andalucía.

- Llevar empadronado o empadronada en Andalucía al menos, los últimos 12 meses en el momento de presentación de la solicitud.

2. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios o de la certificación acreditativa de haberlo solicitado y tener abonados los derechos: Licenciatura/ Ingeniería/Arquitectura/Graduados o título de Diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico o equivalente, obtenido con anterioridad a la presentación de la solicitud de beca. Se admitirán los títulos obtenidos en universidades privadas, o en el extranjero, siempre y cuando estén homologados o reconocidos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España.

3. Conocimientos amplios del idioma inglés hablado y escrito (se tomará como referencia el nivel B2 idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), así como del castellano, en el caso de aspirantes que no posean la nacionalidad española y cuya lengua materna sea distinta al castellano (al menos el equivalente a un nivel B2 de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

4. No haber sido beneficiario o beneficiaria de ninguna otra ayuda de contenido similar o becas de similares características (concedidas por Administraciones, Cámaras de Comercio u otros Organismos análogos).

5. No haber sido separado o separada del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.

6. No estar inhabilitado o inhabilitada legalmente para el desempeño de cargos o actividades públicas.

7. No desempeñar ninguna actividad que impida el deber de exclusividad en caso de resultar beneficiario o beneficiaria de la beca.

8. Todos los requisitos deben mantenerse desde la formalización de la solicitud de participación en la convocatoria hasta la fecha de finalización de la misma.

1.4. Formalización de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA, finalizando a las 20 horas (hora local) del vigésimo día.

La solicitud se cumplimentará de forma on-line a través de la página web de Extenda www.extenda.es. Esta inscripción generará un código identificativo (en adelante Identificador) esencial para localizar cada uno de los expedientes. Cualquier consulta relativa a la convocatoria se atenderá en el correo electrónico: becas@extenda.es. Habrá que cumplimentar la siguiente información:

a) Los datos identificativos de la persona interesada.

b) La información necesaria para aplicar los criterios de selección.

c) La declaración expresa responsable de cumplir con los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en la presente Convocatoria.

d) La declaración expresa responsable de no haber obtenido con anterioridad una beca o ayuda para una finalidad y materia similar de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

e) La declaración expresa responsable de no encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en la presente Convocatoria.

f) La declaración expresa responsable de no desempeñar un puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público o privado del que se derive la percepción de retribuciones, de no percibir ningún otro tipo de retribución salarial, prestación o subsidio por desempleo, ni disfrutar de forma simultánea de una beca o ayuda de la misma naturaleza, procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En caso de concurrencia, la persona solicitante deberá adquirir el compromiso de renunciar a las mismas en caso de resultar beneficiaria de una de las becas reguladas mediante esta convocatoria.

g) La declaración expresa responsable de estar en posesión de la documentación exigida en las bases reguladoras, así como el compromiso de aportarla en el trámite de audiencia que se indique al efecto o en cualquier momento a requerimiento de Extenda.

h) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.

i) La aceptación de utilización del correo electrónico como medio de comunicación con Extenda a todos los efectos derivados de la presente convocatoria.

En la fase de presentación de solicitudes, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos y de la información necesaria para aplicar los criterios de selección, queda sustituida por las declaraciones responsables contempladas en el apartado anterior y por la incorporación de la citada información en los correspondientes apartados de la solicitud, con el compromiso de aportarlas posteriormente cuando se le requiera.

1.5. Motivos de exclusión: Serán excluidas del proceso de selección:

1. Aquellas solicitudes recibidas fuera del plazo fijado.

2. Aquellas candidaturas que no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

3. Las que no aporten la documentación solicitada en el momento en el que se le requiera.

4. Las que una vez comprobada la documentación original, no cumplan con los requisitos, términos y condiciones establecidas en la presente convocatoria.

5. Aquellas solicitudes de las que se desprenda la existencia de maniobra fraudulenta o mala fe con el objeto de percibir las becas contempladas en esta convocatoria.

6. Aquellas solicitudes de las que se pudiera derivar una alteración de los objetivos perseguidos en la convocatoria.

7. Desde el momento de la firma del documento de aceptación de la beca y durante su disfrute, esta beca es incompatible con:

- La percepción de la prestación por desempleo.

- Cualquier otro tipo de beca o ayuda.

- El desarrollo de una actividad laboral regular.

- El desarrollo de cualquier actividad retribuida ya sea por cuenta propia o ajena.

Se excepcionarán aquellos casos en los que por motivo de la legislación del país de destino, y para poder permanecer en el mismo, sea necesaria la existencia de un contrato de trabajo o circunstancia similar.

II. PROCEDIMIENTO

2.1. Valoración de las solicitudes: Se crea una Comisión de Evaluación, Selección y Seguimiento para el análisis de las solicitudes de becas, el seguimiento periódico del programa y/o circunstancias expuestas por las personas interesadas a la Comisión.

Su constitución tendrá lugar previo al proceso de selección y será la siguiente:

Presidencia: Pedro Cerezuela Sánchez, Director del Área de Planificación y Coordinación de Extenda.

Vocalías:

- Carmen Lamela Nogales, Jefa del Servicio de Gestión y Seguimiento de la Política Económica.

- Matilde Fuertes Fuster, Asesora Jurídica y de Contratación, Área de Comunicación y Recursos.

- Jorge Orihuela Orellana Jefe de la División de Información y Formación de Extenda.

Secretaría: José Miguel Galván, Técnico División de Información y Formación de Extenda.

Tras la recepción de las solicitudes, se publicará, en la web de Extenda, una lista provisional de las personas solicitantes admitidas y no admitidas, indicando las causas de exclusión para aquellas solicitudes que no reunieran los requisitos exigidos, así como cualquier otro defecto de la solicitud. Los interesados tendrán un plazo de 3 días naturales para proceder a la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión y si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud.

Los escritos de subsanación de las solicitudes deberán presentarse a la dirección de correo electrónico: becas@extenda.es.

Una vez la Comisión de Evaluación, Selección y Seguimiento haya estudiado las alegaciones a la lista provisional, se publicará la lista definitiva de personas admitidas a las pruebas.

2.2. Pruebas que comprenden el proceso de selección:

La celebración de las pruebas, en esta fase de selección, se llevará a cabo en 2 días no consecutivos, con la siguiente estructura:

a) 1.er día: Tendrán lugar todas las pruebas escritas (test comercio, inglés, español e idioma/s opcional/es), además, de las pruebas orales obligatorias (español e inglés).

b) 2.º día: Tendrá lugar la prueba oral del idioma o idiomas opcional/es, asistiendo solamente aquellos aspirantes que hayan superado tanto las pruebas obligatorias, como la parte escrita del idioma o idiomas opcional/es.

Las fechas orientativas para su celebración se situarán entre la segunda quincena de junio y el mes de julio (será necesario consultar las fechas definitivas en la web: www.extenda.es ).

Las pruebas que comprenden el proceso de selección para la admisión de los aspirantes que pasan al curso son:

1. La prueba obligatoria y eliminatoria de comercio internacional que consistirá en un examen tipo test, cuyo contenido estará relacionado con el comercio internacional y con aspectos socioeconómicos de Andalucía.

2. La prueba obligatoria y eliminatoria de inglés, que constará de un examen tipo test escrito y otro oral. Se tomará como referencia el nivel B2 idiomas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

3. Prueba de castellano, oral y escrita, obligatoria para las personas que no sean de nacionalidad española y cuya lengua materna no sea el castellano, quienes deberán demostrar un conocimiento del castellano, al menos el equivalente a un nivel B2 de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). Esta prueba tendrá carácter eliminatorio aunque en caso de aprobarse, su nota no se tendrá en cuenta.

4. Prueba opcional de idiomas cuando así se haya manifestado en el formulario de solicitud. Esta prueba constará de un examen tipo test escrito y otro oral. Los/as aspirantes podrán examinarse de hasta dos idiomas opcionales entre los siguientes: alemán, árabe, chino, checo, francés, húngaro, italiano, japonés, portugués, polaco y ruso. Los aspirantes cuya lengua materna sea diferente del castellano, no podrán elegir como prueba opcional de idiomas la lengua oficial de su país de origen. Esta prueba sólo servirá para mejorar la puntuación, no penalizará en caso de no superarse. Se tomará como referencia el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL).

5. Los aspirantes que habiendo superado las pruebas obligatorias y las escritas de los idiomas opcionales seleccionados, serán convocados a la prueba oral de estos segundos y terceros idiomas. Esta prueba tendrá lugar el segundo día

Cada una de las pruebas que componen el proceso de selección puntuará de 0 a 10 y deberán superarse con una nota mínima de 5 puntos. Para las pruebas que consten de dos partes, se calculará la media entre ambas, teniendo que obtener en cada prueba individual un mínimo de 5 puntos.

Los anteriores criterios de evaluación se ponderarán según la siguiente tabla:

VALORACIONES PONDERACIÓN
TEST DE COMERCIO INTERNACIONAL 60%
TEST DE INGLÉS 30%
IDIOMA OPCIONAL 1 5%
IDIOMA OPCIONAL 2 5%

En caso de igualdad de puntuaciones, el orden se establecerá atendiendo a:

1. Mayor puntuación obtenida en test de comercio internacional.

2. Mayor puntuación obtenida en la prueba de inglés.

3. Mayor puntuación obtenida en las pruebas de idiomas opcionales.

4. Registro de entrada de la solicitud.

La lista provisional de resultados de las dos pruebas junto con la nota ponderada de cada prueba, así como la nota final resultante, se publicará en la web de Extenda, estableciéndose el plazo para revisar las pruebas realizadas, y/o presentar alegaciones a la lista; el procedimiento para solicitar revisiones se publicará en la web junto con dicho listado. Una vez atendidas las revisiones y /o alegaciones se elaborará la lista definitiva de puntuaciones que se publicará en la web de Extenda.

Los/as primeros/as 60 integrantes de la misma pasarán al curso de comercio exterior, quedando como suplentes los/as 20 siguientes aspirantes según el orden de puntuaciones.

Las plazas vacantes en el curso de comercio internacional se ocuparán siguiendo el orden de la lista de suplentes. Una vez pasados los diez primeros días naturales del curso, las bajas no podrán ser cubiertas.

III. CURSO DE COMERCIO INTERNACIONAL

3.1. Aceptación del curso: Mediante correo electrónico en los dos días siguientes a la publicación del listado definitivo de aspirantes admitidos/as.

Los aspirantes seleccionados al curso así como los suplentes deberán acudir en la fecha y horario asignado por Extenda a presentar la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos del punto 1.3:

- Original y copia simple, copia auténtica o copia autenticada de DNI.

- Original y copia simple, copia auténtica o copia autenticada del título universitario.

- Certificado de empadronamiento original en el que aparezca la fecha de alta en el municipio. El certificado debe haber sido expedido en los últimos 6 meses. Este documento sólo será obligatorio para las personas no nacidas en Andalucía.

- Cualquier otra documentación acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud.

La falta de presentación de los documentos exigidos para la acreditación de requisitos implicará su desistimiento de la solicitud. El documento de aceptación se firmará tras la entrega y verificación de esta documentación.

Las plazas vacantes en el curso de comercio internacional se ocuparán siguiendo el orden de la lista de suplentes. Una vez pasados los diez primeros días naturales del curso, las bajas no podrán ser cubiertas.

Los/as 60 aspirantes seleccionados/as recibirán un curso de comercio exterior de formación presencial. Durante el curso se realizarán pruebas individuales sobre las materias tratadas y además, los/as participantes realizarán en grupos, un proyecto de investigación ligado a la internacionalización de la empresa. Estos proyectos estarán supervisados por un tutor o tutora y serán expuestos ante un tribunal. Estará compuesto por el presidente de la Comisión de Evaluación, selección y Seguimiento, quién nombrará al resto de componentes con anterioridad al evento. El presidente moderará el Tribunal y no tendrá voto.

3.2. Curso Comercio Exterior: Se desarrollará entre los meses de septiembre y noviembre de 2013 (máximo de 325 horas de duración). Estará enfocado tanto a los distintos ámbitos del comercio exterior como a los sectores productivos de Andalucía y España, mercados preferentes para dichos sectores, captación de inversiones, así como otros módulos para ampliar los conocimientos del comercio internacional. Presentará estos bloques:

- Instrumentos de promoción del comercio internacional. Marketing internacional.

- Financiación internacional.

- Mercados multilaterales.

- Fiscalidad internacional.

- Contratación Internacional.

- Logística, transportes y aduanas.

- Negociación Internacional.

- Sector exterior español y andaluz:

- Agroalimentario.

- Consumo.

- Bienes Industriales.

- Servicios.

- Instrumentos de Promoción y atracción de Inversiones.

- Emprendimiento.

- Fuentes de información, análisis de países y realización de estudios de mercado.

- Inglés comercial.

- Protocolo.

- Estudio de casos de estrategia empresarial.

- Práctica en gestión de operaciones internacionales.

- Ofimática (Word, Excel, Access, power point), internet (herramientas para elaborar cuestionarios, trabajar en común, compartir archivos), posicionamientos en redes sociales.

- Durante el curso, los alumnos realizarán los siguientes cuatro módulos transversales de forma online, que serán de carácter obligatorio para superar el curso aunque la puntuación obtenida no se tendrá en cuenta para la puntuación final del curso.

- Igualdad de género.

- Sensibilización medioambiental.

- Responsabilidad social corporativa.

- Prevención de Riesgos Laborales.

Los alumnos y alumnas irán recibiendo las calificaciones de cada bloque de contenidos a la finalización de los mismos, dependiendo del tipo de evaluación que rija para cada uno de ellos. Con la comunicación de las notas de cada bloque, se especificará el plazo y procedimiento de revisión, no pudiéndose solicitar revisión alguna, una vez finalizado el mismo.

3.3. Valoración del curso: La baremación se hará de la siguiente manera:

Ponderación
Módulo presencial 80%
Proyecto 20%

La nota de los proyectos será la que resulte del consenso de los miembros del tribunal, y su fallo será inapelable.

3.4. Apoyos concedidos para la realización del curso: Los alumnos y las alumnas que completen el curso, recibirán una ayuda económica en concepto de compensación de los gastos ocasionados, cuya cuantía queda establecida en 700 € brutos.

La citada ayuda se abonará una vez finalice el curso. Para la percepción de la misma será imprescindible haber asistido como mínimo al 90% del contenido total del curso.

Quienes hayan superado el curso, recibirán un diploma acreditativo del mismo.

IV. ASIGNACIÓN DE LAS BECAS

4.1. Asignación provisional: Tras el proceso formativo, la Comisión de Evaluación, Selección y Seguimiento establecerá un ranking provisional con las puntuaciones obtenidas a lo largo del curso ordenadas de mayor a menor y elevará una propuesta de adjudicación de las becas a la Directora General de Extenda, quién será la encargada de emitir la resolución de adjudicación de las becas.

Para la asignación de destinos se tendrá en cuenta:

- La puntuación final obtenida por el/la candidato o candidata.

- La adecuación de su perfil al destino solicitado (primará el dominio del idioma oficial del destino solicitado).

La asignación de destinos correrá a cargo de la Comisión de Selección, Seguimiento y Evaluación.

Dada la necesidad de Pasaporte de Servicios expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español para la incorporación a determinados destinos, los candidatos y candidatas de otros países de la Unión Europea deberán tener en cuenta el hecho de que dicho Pasaporte de Servicios únicamente se otorga a los ciudadanos y ciudadanas españoles y españolas, lo que puede limitar la obtención de un destino en países que requieren el mencionado Pasaporte de Servicios.

Tras la publicación, en la web de Extenda, del listado provisional de los becarios y becarias de la promoción 2013-2016 junto con los destinos asignados, los/as aspirantes podrán presentar alegaciones a dicha lista en el plazo que se establezca en la web y que podrán ser remitidas al correo electrónico: becas@extenda.es.

4.2. Asignación definitiva: Una vez atendidas las alegaciones, el listado definitivo se publicará en la web www.extenda.es y en BOJA. Éste incluirá los nombres, apellidos y destinos asignados a cada uno de los beneficiarios y beneficiarias de las 50 becas.

En los dos días hábiles siguientes a la publicación de esta relación, las personas adjudicatarias tendrán la obligación de comunicar a Extenda por escrito su aceptación o renuncia al destino asignado.

Los candidatos y candidatas a los que no se adjudique la beca habiendo superado las pruebas, pasarán a integrar la bolsa de suplentes de la presente convocatoria.

Con carácter previo a la incorporación de los becarios y becarias en sus respectivos destinos, Extenda podrá organizar actividades de formación teórica y/o práctica en los que deberán participar obligatoriamente.

Extenda se reserva el derecho de dejar vacante alguna/s plaza/s cuando los perfiles de los/as participantes no se ajusten a lo requerido.

V. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS Y BECARIAS

5.1. Obligaciones: Los beneficiarios y beneficiarias del Servicio Extenda Becas de Internacionalización quedarán sujetos a las siguientes obligaciones:

1. Aceptación de la beca mediante la firma de un documento donde el becario o becaria se compromete a cumplir las condiciones de la presente convocatoria.

2. Participar en las actividades de formación teórica y práctica que Extenda organice antes de la incorporación en destino.

3. Obtener el visado, permisos o autorizaciones exigidos por las autoridades del país de destino, y presentar una copia ante Extenda antes de ocupar el destino.

4. Recibir los tratamientos sanitarios preventivos necesarios para residir en el país de destino.

5. Incorporación en destino dentro del plazo fijado en el documento de aceptación, comunicándolo a Extenda.

6. Cumplir las instrucciones fijadas o que le sean transmitidas por Extenda para el desarrollo del objeto de la beca.

7. Dedicación exclusiva a las actividades propias de la beca, así como acatar las normas de funcionamiento del centro o entidad de destino. A tal efecto, los beneficiarios y beneficiarias del Servicio Extenda Becas de Internacionalización, deberán entregar al inicio y a la finalización de cada fase, certificado de vida laboral emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

8. Cumplir con los términos de la beca en tiempo y forma.

9. Notificar a Extenda cualquier cambio o incidencia que afecte al desarrollo normal del periodo formativo.

10. Elaborar y presentar a Extenda un informe semestral donde se detallen las tareas realizadas durante cada fase de la beca. Estos informes deberán estar visados por el responsable de la entidad en la que se encuentren realizando sus prácticas, tanto en la 1.ª como en la 2.ª fase de la beca.

11. Entregar una memoria final sobre los trabajos realizados en cada fase, que contendrá el detalle de las actividades realizadas y establecerá una valoración respecto de la misma (entrega máxima 1 mes desde el término).

12. Hacer constar la condición de becario o becaria en cualquier publicación o proyecto realizado durante el periodo de beca y como consecuencia de ésta, haciendo mención explícita de la ayuda recibida por Extenda y por el Fondo Social Europeo.

13. Facilitar cuanta información sea requerida por el Tribunal de Cuentas, Cámara de Cuentas de Andalucía e Intervención General de la Junta de Andalucía.

14. Los becarios y becarias tienen la obligación de tributar y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se presume que el becario o becaria posee la residencia fiscal española y por ende, las cantidades que se satisfagan por Extenda serán consideradas como rendimientos del trabajo sujetos a tributación en virtud del artículo 17.2.h) de la Ley del IRPF, salvo acreditación de lo contrario mediante certificado de residencia fiscal en otro país. Asimismo, de las mencionadas rentas habrán de detraerse las correspondientes retenciones a cuenta del Impuesto personal de cada becario o becaria calculadas según las tablas de retención del procedimiento general del artículo 81 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con los límites que en el mismo se establecen.

15. Cumplimentar los cuestionarios que Extenda solicite con el objeto de cubrir las necesidades de información que la misma o el Fondo Social Europeo requiera, durante el disfrute de la beca o tras su finalización o renuncia.

5.2. Derechos: El cumplimiento de estas obligaciones da derecho a:

1. La percepción del pago de la cuantía de la beca.

2. Finalizado el periodo de disfrute de la beca y con posterioridad a la presentación de la memoria final, se extenderá el pertinente certificado de aprovechamiento y cumplimiento, por parte de Extenda.

3. El becario o becaria tendrá un mínimo de 10 días laborables para la realización de actividades de carácter personal durante cada fase de la beca. Estos días deberán ser consensuados con su responsable en ambos casos.

4. El becario o becaria podrá asistir a jornadas, eventos, misiones comerciales, ferias u otras actividades que se consideren de interés para su formación. Durante el primer año del desarrollo de su beca, y siempre y cuando lo solicite su responsable en la oficina y se apruebe desde Extenda, el FSE correrá con esos gastos, considerándose los mismos, como parte de la formación de los becarios y becarias.

5. La condición de becario o becaria no generará en ningún momento relación laboral alguna con Extenda o las entidades en las que se encuentre destinado/a.

6. La suscripción, a su favor, de un seguro combinado de viajes, accidentes y sanitario

VI. DOTACIÓN Y PAGO

6.1. Dotación: La dotación establecida para cada una de las fases de la beca es la que sigue:

1.ª fase: Dotación mínima de 21.000 € brutos más un importe adicional, si procede, que variará en función del destino de la beca, no pudiendo superar la dotación junto con el complemento de destino la suma de 38.000 brutos. La cuantía de dicho complemento se extraerá de lo establecido para dicho efecto por ICEX España, Exportación e Inversiones.

2.ª fase: 6.000 € brutos, más la aportación de la entidad en la que el becario o becaria desarrolle la segunda fase. Esta aportación quedará fijada en la convocatoria de la fase empresa.

El importe a percibir se devengará conforme al periodo real de disfrute de la beca. El cómputo de días de devengo de la primera fase, comenzará con el alta en la Seguridad Social y finalizará con fecha 31 de diciembre de 2014. La incorporación a destino y el alta en la seguridad social dependerán de la obtención de los permisos de residencia según el destino asignado.

Sobre dichas cuantías se aplicarán las correspondientes retenciones de acuerdo con la normativa vigente.

6.2. Pagos: El importe se abonará directamente al becario o becaria.

- Pagos fase I: Antes de la incorporación a destino, se efectuará un adelanto del 25% de la dotación total para ese año, el resto se prorrateará en 12 pagos. En caso de que el becario o becaria desarrolle menos de 12 meses de prácticas, se regularizarán los pagos en el último mes realizado. En caso de que el importe recibido excediera las cantidades de los meses realizados, se procedería a la regularización en la segunda fase, en su defecto, se requeriría la devolución de las cantidades percibidas y no satisfechas.

- Pagos fase II: La dotación se dividirá en 6 mensualidades, en caso de que esta fase tenga una duración inferior a 6 meses se procederá a la regularización de las cantidades del mismo modo que en la fase I.

El último abono de cada una de las fases se hará efectivo tras la finalización de cada fase y la entrega y aprobación por parte de Extenda de la memoria final.

6.3. Otras aportaciones: Además de esta dotación económica, la beca incluye:

- Billete de ida y vuelta hasta el lugar de destino (para la 1.ª fase).

- Seguro de viaje, accidente y asistencia sanitaria, tanto para la 1.ª fase como para la 2.ª Se recomienda en el caso de destinos de la Unión Europea, obtener la tarjeta sanitaria europea.

- Importe de la tramitación del visado, sin incluir viajes para su obtención.

- Préstamo de ordenador portátil (propiedad de Extenda), cuando las necesidades del lugar de destino así lo requieran (para la 1.ª fase).

VII. TERMINACIÓN DE LA BECA

Procederá la terminación de la beca cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cumplimiento íntegro de las dos fases de la beca.

b) El órgano competente para acordar la concesión de las becas podrá declarar la pérdida de la beca, mediante resolución motivada, con reintegro de las cantidades percibidas, en su caso, ante cualquier incumplimiento por parte de la persona beneficiaria, de las obligaciones recogidas en la presente convocatoria así como de aquéllas otras obligaciones que de ella se deriven. En tal caso, la beca podrá ser adjudicada, por el período restante, a la persona suplente que corresponda según el orden de puntuación establecido, mediante resolución dictada al efecto por el órgano competente para acordar la concesión de la beca, siempre que el citado período permita cumplir las finalidades de la misma y las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

c) Renuncia.

VIII. SUPUESTO DE RENUNCIA

1. La renuncia a la beca por parte de la persona beneficiaria, una vez iniciado el disfrute de la misma, deberá ser comunicada por escrito exponiendo detalladamente las razones de la misma, a través del correo electrónico a dirección becas@extenda.es, con al menos quince días de antelación a la fecha en que se desee hacer efectiva y dirigida al órgano competente para acordar la concesión de la beca.

La renuncia a la beca en cualquiera de sus fases podrá implicar la devolución de las cantidades percibidas.

El órgano competente para acordar la concesión de la beca, resolverá sobre la procedencia del reintegro que corresponda para lo que tendrá en cuenta la justificación y motivación realizada por el becario o becaria en su escrito de renuncia.

2. Si la renuncia o abandono se da durante la primera fase, el becario o becaria deberá reintegrar a Extenda el coste de la fracción del título de transporte correspondiente al regreso. No obstante Extenda se reserva el derecho a eximir al becario o becaria de dicho reintegro una vez analizadas las causas de la renuncia o abandono.

3. En el caso en que la renuncia venga motivada por la contratación laboral del becario o becaria por parte de una empresa andaluza por un plazo mínimo de 6 meses o bien por haberse dado de alta el becario o la becaria como Autónomo en los organismos correspondientes durante un plazo mínimo de 6 meses y sólo si dichas circunstancias se dan durante la 2.ª fase o al menos una vez superado el 60% del tiempo de cumplimiento de la 1.ª fase a contar desde el alta del becario o becaria en la Seguridad Social, no procederá el reintegro de las cantidades satisfechas.

El becario o becaria deberá acreditar tales circunstancias en su escrito de renuncia y aportar al cabo de los 6 meses los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas, procediéndose a solicitar el reintegro de las cantidades satisfechas en el caso de no haberse cumplido dichas condiciones.

4. En todo caso, la persona beneficiaria presentará una memoria resumen con las actividades realizadas hasta el momento de su renuncia en el plazo de un mes desde la comunicación de la renuncia.

5. Cuando una beca quede vacante por renuncia de una de las personas beneficiarias, podrá ser adjudicada, por el período restante, a la persona suplente que corresponda según el orden de puntuación establecido, mediante resolución dictada al efecto por el órgano competente para acordar la concesión de la beca, siempre que el citado período permita cumplir las finalidades de la misma y las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

VIII. ENTIDADES COLABORADORAS

La puesta en marcha del programa requiere la colaboración del sector empresarial, a través de la incorporación de los becarios y becarias en su segunda fase de prácticas. Esta participación es indispensable para llevar a cabo una formación de calidad, completa y adecuada a las necesidades y expectativas del mercado empresarial, impulsando al mismo tiempo el fortalecimiento de la capacidad de gestión de las empresas en el terreno de la internacionalización.

A esta segunda fase accederán los becarios y becarias que culminen satisfactoriamente la primera fase de la beca.

Podrán participar en este programa las empresas andaluzas productoras de bienes o de servicios que tengan un plan de internacionalización. Extenda, podrá acoger becarios o becarias en prácticas de segunda fase si se considera de interés estratégico para la internacionalización de las empresas andaluzas así como de interés para los/as becarios y becarias.

Las bases que regirán la convocatoria para las empresas se harán públicas alrededor del mes de septiembre de 2013.

Las incorporaciones en las entidades andaluzas de los becarios y becarias que regula esta convocatoria se efectuarán a partir del mes de enero de 2014.

IX. ACLARACIONES

La fecha definitiva de cada uno los hitos de este procedimiento se irá publicando en la web de Extenda, www.extenda.es. Será necesario el seguimiento de todo el procedimiento por esta vía.

Los resultados de las pruebas, así como cualquier listado, ya sea provisional o definitivo se publicarán en la página web de Extenda con la finalidad de informar a los candidatos y candidatas de su situación relativa en el proceso de selección. Queda terminantemente prohibido copiar, reproducir y comunicar públicamente esta información. Estas conductas podrán suponer un incumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

La Comisión de Evaluación, Selección y Seguimiento resolverá todas las dudas e incidencias que puedan surgir en el desarrollo del proceso de selección o durante el curso de formación. Esta Comisión resolverá todo lo que, haciendo referencia a la convocatoria, no se haya previsto en la misma.

Cualquier aclaración podrá consultarse en el teléfono de atención al público 902 508 525, y en el correo electrónico becas@extenda.es.

Sevilla, 26 de abril de 2013.- La Directora General, Teresa Sáez Carrascosa.

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