Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 14/01/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Orden de 28 de diciembre de 2012, por la que se aprueban las tarifas del servicio de Inspección Técnica de Vehículos para el año 2013.

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Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, relativo a la Orden por la que se aprueban las tarifas del servicio de inspección técnica de vehículos para el año 2013, en el cual concurren los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Orden de la Consejería de Trabajo e Industria, de 10 de diciembre de 1996, por la que se actualizan las tarifas de Inspección Técnica de Vehículos, estableció el esquema de tarifas para la inspección técnica de seguridad que permanece vigente hoy en día, así como el procedimiento para su revisión automática anual mediante aplicación del índice de precios al consumo de la Comunidad Autónoma, en base al último índice interanual de octubre, para su aplicación desde el día primero del año siguiente.

Segundo. Igualmente, la Orden de 4 de octubre de 2000, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, por la que se establecen las tarifas de inspección técnica de emisiones de los vehículos a motor, que introdujo las tarifas por la nueva inspección de emisiones de gases y humos de los vehículos a motor, indica en su artículo 5 que la actualización de las cuantías aprobadas será efectuada simultáneamente con la de las tarifas de inspección técnica de seguridad, y en el mismo porcentaje que éstas. De la misma manera se pronuncia la Orden de 19 de septiembre de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se aprueban determinadas tarifas del servicio de inspección técnica de vehículos, que estableció la tarifa específica para el control de emisiones acústicas de los vehículos a motor.

Tercero. En base a lo dispuesto en las citadas Órdenes, mediante Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se ha venido publicando anualmente la actualización de las tarifas de inspección técnica de vehículos (ITV), por aplicación automática del último índice de precios al consumo interanual de octubre en Andalucía a las tarifas vigentes en el año anterior.

Cuarto. Según informa el Instituto Nacional de Estadística, el índice de precios de consumo ha sufrido en Andalucía un incremento interanual del 3,1% desde octubre de 2011 a octubre de 2012, siendo éste el aumento de las tarifas de ITV que correspondería aplicar para el año 2013.

No obstante, a la tarifa del servicio hay que añadirle el impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo tipo general aplicable al servicio de ITV ha pasado del 18 al 21% desde el 1 de septiembre de 2012, y, en su caso, la tasa de tráfico. Por tanto, el aumento en el precio final que tendría que abonar la persona usuaria del servicio de ITV en Andalucía en 2013 sería de aproximadamente el 6,1%.

Quinto. Esta Consejería entiende que este incremento supone una carga excesiva para la ciudadanía en las circunstancias actuales de dificultades económicas, por lo que considera conveniente no incrementar las tarifas del servicio de ITV para el año 2013, manteniendo por tanto las vigentes en el año 2012.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 13 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, establece que el régimen tarifario de las inspecciones y su actualización periódica serán establecidos por la Comunidad Autónoma.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre las actividades industriales, energéticas y mineras, así como la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

RESUELVE

Primero. Las tarifas aplicables por la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2013 serán las vigentes en el año 2012, publicadas mediante Resolución de 29 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas de Inspección Técnica de Vehículos vigentes en Andalucía para su aplicación en el año 2012 (BOJA núm. 251, de 27 de diciembre de 2011).

Segundo. La presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de diciembre de 2012

ANTONIO JESÚS ÁVILA CANO
Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
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