Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 24/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 25 de junio de 2014, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, a la Consejería de Fomento y Vivienda y al Servicio Andaluz de Salud.

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El Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, establece una redistribución de las competencias de las Consejerías, buscando la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos, y una reestructuración de las Consejerías existentes.

Esta reestructuración de Consejerías hace necesario adecuar la relación de puestos de trabajo en lo que respecta a los puestos de trabajo de personal laboral correspondientes a las categorías profesionales de Conductor Mecánico de Primera y de Conductor, modificando la adscripción de determinados puestos procedentes de distintas Consejerías que pasan a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación en la Comisión del Convenio.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.d) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, a la Consejería Fomento y Vivienda y al Servicio Andaluz de Salud, en los términos establecidos en el Anexo I a esta Orden.

Artículo 2. Adscripción de personal.

El personal que como consecuencia de la presente Orden resulte adscrito a un puesto de trabajo distinto del que ocupaba, tal y como se determina en el Anexo II, mantendrá el mismo carácter de ocupación con que venía desempeñando el anterior.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de junio de 2014

María Jesús Montero Cuadrado
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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