Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 26/09/2014

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 17 de septiembre de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica Requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: 170/2014.

Interesado: Antonio Cecilio Baena Alcaraz.

NIF número: 53711154J.

Domicilio: Carretera de la Mojonera, 29, 04716 Las Norias de Daza. El Ejido (Almería).

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 27 de octubre de 2014, a las 13,30 horas, por sí mismo o por medio de persona que le represente, ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda de Almería, sita en calle Hermanos Machado, 4, 6.ª planta, de Almería, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopias del permiso de circulación y de la ficha de caracteristicas técnicas (anverso y reverso) de los vehículos matricula 2735-BYV, 4513-FSJ, 3605-CLG.

- Fotocopias del certificado de verificación de los tacógrafos utilizados, tarjeta de transporte de los mencionados vehículos y permiso de conducir de los conductores de dichos vehículos.

- Fotocopias del Impuesto de Actividades Económicas (o declaración censal) relativo a la actividad de la empresa y asimismo TC1 y TC2 abonado y relativo al mes de julio de 2014.

- Discos-diagrama originales o CD conteniendo datos de tacógrafo digital en caso, con extensión de ficheros TGD, correspondientes al mes de julio de 2014. Asimismo, documentos de control de las mercancias transportadas en julio de 2014.

- Fotocopia del título de capacitación profesional para ejercer la actividad de transportista.

- Justificación de la capacidad económica de la empresa mediante documentación fiscal pertinente o en su caso de certificación financiera.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y falta muy grave o grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave). El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 17 de septiembre de 2014.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

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