Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 28/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 17 de octubre de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se homologan materiales curriculares para su uso en los Centros docentes de Andalucía.

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La Orden de 2 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 193, de 3 de octubre), por la que se establecen los criterios y normas sobre homologación de materiales curriculares para uso en los Centros docentes de Andalucía, supone un impulso a la elaboración de materiales curriculares, al considerarlo como una de las tareas básicas que desarrolla el profesorado así como otros profesionales de la enseñanza, como complemento y concreción última del proyecto educativo elaborado por los centros de acuerdo con su propio contexto educativo y autonomía pedagógica y de gestión.

La citada Orden establece como objeto de homologación los materiales curriculares cuya intención sea ayudar y orientar al profesorado en su labor docente, comprendiendo desde la realización de reflexiones sobre su práctica docente o la descripción de experimentaciones e innovaciones curriculares llevadas a cabo, hasta las orientaciones y ejemplificaciones para la elaboración de unidades didácticas concretas por parte del profesorado; así como los materiales dirigidos a apoyar el desarrollo y mejora de la orientación escolar y los relacionados con la evaluación e inspección de centros y programas educativos.

La homologación por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte supone el reconocimiento de la adecuación de los materiales a lo establecido en el artículo 3.2 de la citada Orden, en relación a su calidad y coherencia técnica, así como a su capacidad para orientar el trabajo de equipos docentes y otros profesionales de la enseñanza, en las tareas de elaboración y desarrollo curricular.

La mencionada Orden, en su artículo 7, dispone que la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, que por el Decreto 128/2013, de 24 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (BOJA núm. 188, de 25 de septiembre del 2013), dichas competencias corresponden a la Secretaría General de Educación, dictará la resolución del expediente de homologación, a la vista del dictamen y propuesta de la Comisión a la que se refiere el artículo 5.

En virtud de las competencias que la Orden atribuye a esta Secretaría General de Educación

RESUELVE

Primero. Homologar los materiales curriculares que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo. De acuerdo con el artículo 10 de la misma Orden, los materiales curriculares homologados podrán ser publicados por la Consejería de Educación en las condiciones que a tal fin se establezcan, de acuerdo con las personas o entidades propietarias de los materiales.

Tercero. Tal y como establece el artículo 11 de la citada Orden, los materiales curriculares homologados serán reconocidos como méritos en cuantas convocatorias y baremos de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte se considere oportuno.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte conforme a lo establecido en los artículos 107.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de octubre de 2014.- La Secretaria General, Elia Rosa Maldonado Maldonado.

ANEXO

Expte. 2014-02. «Mi comunidad... Andalucía» y «Las siete maravillas del mundo».

Expte. 2014-03. Materiales Curriculares 3.er ciclo Educación Primaria: Matemáticas.

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