Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 27/01/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de julio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1277/2013. (PP. 2112/2014).

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NIG: 4109142C20130040364.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1277/2013. Negociado: A.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De:. BMW Bank GMBH sucursal en España.

Procuradora: Sra. María de Gracia de la Lastra Domínguez.

Letrado: Sr. Francisco Javier de Cossio Pérez de Mendoza.

Contra: Sr. Enrique Rodríguez Sierra.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1277/2013 seguido a instancia de BMW Bank GMBH Sucursal en España frente a Enrique Rodríguez Sierra se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 90/2014

En Sevilla, a once de abril de dos mil catorce.

Doña María José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 1277/2013, a instancia de BMW Bank GMHB Sucursal en España, representada por la Procuradora doña María de Gracia de la Lastra Domínguez, contra don Enrique Rodríguez Sierra, declarado en rebeldía.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda promovida por la entidad BMW Bank GMHB Sucursal en España, representada por la Procuradora doña María de Gracia de la Lastra Domínguez, contra don Enrique Rodríguez Sierra, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 13.619 €, devengando el principal (13.000 ) el interés pactado desde el día 28 de junio de 2013 hasta la de esta sentencia y el previsto en el artículo 576 de la LEC desde esta fecha hasta el completo pago de lo adeudado.

Cada parte abonará las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, citando la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan (artículo 458 de la LEC). Para que proceda tener por interpuesto el recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, suma que deberá ser ingresada en la cuenta de este Juzgado número 4036-0000-04-1277-13, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional décimo quinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial (introducida por L.O. 1/2009, de 3 de noviembre), salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en aquella (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita).

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Enrique Rodríguez Sierra, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a siete de julio de dos mil catorce. El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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