Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 10/11/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 15 de octubre de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se conceden subvenciones para la realización de proyectos de coeducación presentados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres para el curso 2015-2016.

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La Orden de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.

La Resolución de 23 de marzo de 2015 (BOJA núm. 67, de 9 de abril), de la Dirección General de Participación y Equidad, efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2015-2016.

Vistas las solicitudes y los proyectos presentados y efectuada su valoración por la Comisión Evaluadora establecida en el apartado 13 del Cuadro-Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», de la Orden citada, y en aplicación de los criterios establecidos en el apartado 12 del mismo, a propuesta de dicha Comisión Evaluadora, y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio, esta Dirección General de Participación y Equidad, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Educación,

RESUELVE

Primero. Aprobar la relación definitiva de subvenciones concedidas a asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2015-2016, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía que se indica en el Anexo I.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2015-2016, las cuales no han obtenido la puntuación suficiente para ser consideradas beneficiarias, según se relaciona en el Anexo II.

Tercero. Excluir las solicitudes de subvenciones relacionadas en el Anexo III, por las causas que en el mismo se indican.

Cuarto. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas corresponderá al curso académico 2015-2016 y, por tanto, se computará según el calendario escolar correspondiente, desde el día 1 de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2016.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el apartado quinto f) de la Resolución de convocatoria de 23 de marzo de 2015, el pago de las subvenciones se hará con cargo al artículo 48, programa 54C del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación.

Sexto.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras de la presente convocatoria, se procederá a realizar el pago tal como se especifica en el apartado 24 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», en un único libramiento en firme, con justificación diferida, en transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya señalado la entidad beneficiaria. La titularidad de dicha cuenta debe obrar a nombre de la entidad solicitante.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 25.3 de la Orden de 15 de abril de 2011, que aprueba las bases reguladoras, el importe definitivo de la ayuda se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada por la entidad beneficiaria, conforme a la justificación presentada, el porcentaje de financiación establecido en la resolución de concesión.

Séptimo. Las entidades beneficiarias cumplen los requisitos señalados en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, que están especificados en el apartado 4.a.2.º del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

Octavo. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, establecidas de acuerdo con los artículos 116.3 y 119.h) del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, de bases reguladoras, son las siguientes:

1. Son obligaciones de la entidad beneficiaria:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.

b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de las bases reguladoras de la convocatoria.

j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.

2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la entidad beneficiaria, la entidad colaboradora, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin tendrán las facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación, incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a la subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de los fondos.

3. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo a los 28 de las bases reguladoras, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.

Noveno.

1. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la subvención concedida ante esta Dirección General, antes del 31 de agosto de 2016, y en la forma establecida en el apartado 26 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

2. Aquellos documentos que sirvan de base a la justificación presentada por las entidades subvencionadas, deberán ser debidamente estampillados por la Administración Educativa, haciendo constar que el documento ha sido presentado para la justificación de la subvención otorgada por la Consejería de Educación.

3. Con carácter adicional, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquiera otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida en las instrucciones que puedan dictarse, para la mejor justificación de los gastos.

Décimo.

1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.

e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en el Título VIII del TRLGHP, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a las entidades beneficiarias y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las normas medioambientales al realizar el objeto de la subvención o ayuda. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las medidas en materia de protección del medio ambiente a las que viniere obligada.

h) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las personas o entidades beneficiarias, y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

i) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.

j) Cualquiera de las causas específicas de reintegro contempladas en el apartado 27.a) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

2. En el supuesto de que el importe de las subvenciones resulte ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el apartado 27.b) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incremento en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente.

5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres». El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses desde la fecha de acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter administrativo.

6. La resolución de reintegro será notificada a la persona o entidad interesada con indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.

Undécimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 15 de octubre de 2015.- La Directora General, Cristina Saucedo Baro.

Anexo I

Relación de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado beneficiarias de subvenciones para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2015/2016

NÚM. ENTIDAD CIF PUNTUACIÓN PRESUPUESTO ACEPTADO SUBVENCIÓN % AYUDA
1 AMPA LOS ENEBROS G93089340 94 1.129,00€ 1.129,00€ 100,00%
2 AMPA LOS TRAVIESOS G18707042 91 1.000,00€ 1.000,00€ 100,00%
3 AMPA GUADALAJARA G41124777 83 800,00€ 800,00€ 100,00%
4 AMPA ALMUTAMID G41608290 83 800,00€ 800,00€ 100,00%
5 AMPA TERESA DE CEPEDA G41123852 83 800,00€ 800,00€ 100,00%
6 AMPA EL BARRIO G41563347 83 800,00€ 800,00€ 100,00%
7 AMPA LAS CAROLINAS G29612520 82 800,00€ 800,00€ 100,00%
8 AMPA PANZACOLA G11455128 77 700,00€ 700,00€ 100,00%
9 AMPA ALCALDE JOAQUÍN GARCÍA G91659144 77 700,00€ 700,00€ 100,00%
10 AMPA INSTITUTO VIEJO G72201841 75 1.460,00€ 700,00€ 47,95%
11 AMPA PIOLÍN G18590638 75 700,00€ 700,00€ 100,00%
12 AMPA VEGA DE ACÁ G04582003 74 700,00€ 700,00€ 100,00%
13 AMPA NAÚTICO G72066327 74 700,00€ 700,00€ 100,00%
14 AMPA AMADEO ROMERO G21188339 73 700,00€ 700,00€ 100,00%
15 AMPA RAYUELA G72108467 72 700,00€ 700,00€ 100,00%
16 AMPA SAN BARTOLOMÉ G92048792 72 750,00€ 700,00€ 93,33%
17 AMPA ALJAMAR 2000 G41430281 72 700,00€ 700,00€ 100,00%
18 AMPA NUEVO TOMARES G91907089 72 700,00€ 700,00€ 100,00%
19 AMPA TECCOM G41383449 72 700,00€ 700,00€ 100,00%
20 AMPA EL CLAUSTRO DEL CONVENTO G11725298 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
21 AMPA EL CORTINAL G11622271 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
22 AMPA FABIA FABIANA G11831062 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
23 AMPA ALBERITE G11737764 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
24 AMPA NTRA. SRA. DE LAS MONTAÑAS G11753472 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
25 AMPA FERNANDO HUE G11034436 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
26 AMPA JARDÍN DE LA REINA G18032847 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
27 AMPA SAN SEBASTIÁN G18253179 71 700,00€ 700,00€ 100,00%
28 AMPA FUENTE AMARGA G18265884 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
29 AMPA OPINIÓN G23035132 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
30 AMPA MERCADILLO G29591377 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
31 AMPA SAN JOSÉ DE CALASANZ G29718285 70 730,00€ 700,00€ 95,89%
32 AMPA NUEVO MILENIO G91092346 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
33 AMPA FRESIS G41300039 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
34 AMPA CONSOLACIÓN DE UTRERA G41577511 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
35 AMPA VIRGEN DEL LORETO G41504747 70 700,00€ 700,00€ 100,00%
36 AMPA MARTÍN RECUERDA G18466169 69 700,00€ 700,00€ 100,00%
37 AMPA ALMERÍA NORTE G04622528 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
38 AMPA ARTERO G04313789 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
39 AMPA LOS SOTILLOS G18644799 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
40 AMPA LAS MANITAS DE COLORES G29874708 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
41 AMPA DEL VIENTO G29464385 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
42 AMPA EUCALIPTOS G92075621 68 700,00€ 700,00€ 100,00%
43 AMPA NAZARÍES G18285056 67 700,00€ 700,00€ 100,00%
44 AMPA CARMEN JUAN LOVERA G23262785 67 700,00€ 700,00€ 100,00%
45 AMPA LA UNIÓN ESQUIVELEÑA G91168286 67 700,00€ 700,00€ 100,00%
46 AMPA LA CALETA G11414554 66 750,00€ 700,00€ 93,33%
47 AMPA COLORINES G11447638 66 700,00€ 700,00€ 100,00%
48 AMPA EL RETIRO G11687787 66 700,00€ 700,00€ 100,00%
49 AMPA JUVENTUD G41650995 66 700,00€ 700,00€ 100,00%
50 AMPA PORTOCARRERO G04329371 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
51 AMPA CLAUSTRO DE LA MERCED G11667607 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
52 AMPA EL TORREON G18589309 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
53 AMPA MI COLE G41880378 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
54 AMPA FEDERICO GARCÍA LORCA G41947441 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
55 AMPA LA ENCINA G41542077 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
56 AMPA MADRES DE OCTUBRE G11400827 64 640,00€ 640,00€ 100,00%
57 AMPA PUERTA DEL MONTE G41077215 64 685,00€ 685,00€ 100,00%
58 AMPA MARIANA PINEDA G11398955 63 650,00€ 650,00€ 100,00%
59 AMPA JEREZ - OESTE G11734365 63 650,00€ 650,00€ 100,00%
60 AMPA EL INSTITUTO DE UBRIQUE G72211030 63 650,00€ 650,00€ 100,00%
61 AMPA PRÍNCIPE G18260679 63 650,00€ 650,00€ 100,00%
62 AMPA LA ESPARTERA G19502525 63 650,00€ 650,00€ 100,00%
63 AMPA DULCINEA G41883182 63 655,00€ 650,00€ 99,24%
64 AMPA MAR DEL LEVANTE G72125487 62 657,28€ 650,00€ 98,89%
65 AMPA DE SECUNDARIA AMBROSIO PARRADO G41820192 62 650,00€ 650,00€ 100,00%
66 AMPA LOS GIRASOLES G04187951 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
67 AMPA TELEGRAFÍA G11083987 61 750,00€ 650,00€ 86,67%
68 AMPA COLEGIO MAESTRA RAFAELA ZÁRATE G11054806 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
69 AMPA NUEVO MILENIO G91062570 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
70 AMPA 1 DE MAYO G90068156 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
71 AMPA JOLCA G91775916 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
72 AMPA CORNISA DEL ALJARAFE G41386442 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
73 AMPA DEL CEIP JUAN RAMÓN JIMÉNEZ G41121104 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
74 AMPA HACIENDA DE TOMARES G91581512 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
75 AMPA SAN FRANCISCO G41833039 61 650,00€ 650,00€ 100,00%
76 AMPA COMETA BLANCA G11877396 60 600,00€ 600,00€ 100,00%
77 AMPA EL CABALLITO G18032698 60 600,00€ 600,00€ 100,00%
78 AMPA CRUZ DE MAYO G04535241 59 600,00€ 600,00€ 100,00%
79 AMPA DEL CEIP CELESTINO MUTIS G11066537 59 600,00€ 600,00€ 100,00%
80 AMPA MONAL G11657616 59 600,00€ 600,00€ 100,00%
81 AMPA GALILEI G93112043 59 600,00€ 600,00€ 100,00%
82 AMPA ADAMPA E04756383 57 600,00€ 600,00€ 100,00%
83 AMPA LA PEDRERA G11386356 57 600,00€ 600,00€ 100,00%
84 AMPA SERGELIO G91843367 57 600,00€ 600,00€ 100,00%
85 AMPA EL COLISEO G19541317 56 600,00€ 600,00€ 100,00%
86 AMPA LAS CUEVAS G18583823 56 600,00€ 600,00€ 100,00%
87 AMPA SIGLO XXI G18703520 56 600,00€ 600,00€ 100,00%
88 AMPA PUERTA ABIERTA G18248641 56 600,00€ 600,00€ 100,00%
89 AMPA GENIL G29703469 56 620,00€ 600,00€ 96,77%
90 AMPA LA MARINA G04153060 55 600,00€ 600,00€ 100,00%
91 AMPA ESTUDIANTES G04023925 54 600,00€ 600,00€ 100,00%
92 AMPA EL PUPITRE G11420130 54 600,00€ 600,00€ 100,00%
93 AMPA LAS CAÑADAS G11037207 54 600,00€ 600,00€ 100,00%
94 AMPA MARÍA SAGREDO G92193523 54 600,00€ 600,00€ 100,00%
95 AMPA ZENOBIA CAMPRUBÍ G14903322 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
96 AMPA OXIXARES G18585091 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
97 AMPA MANUEL RODRÍGUEZ DE ALMANSA G41124579 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
98 AMPA LOS NARANJOS G41046848 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
99 AMPA LOS ROSALES G91196030 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
100 AMPA MAPACHE G41430919 53 600,00€ 600,00€ 100,00%
101 AMPA LA FUENTE G92435387 52 600,00€ 600,00€ 100,00%
102 AMPA MAR OESTE G72093388 51 346,00€ 346,00€ 100,00%
103 AMPA EL ISLA G11054558 51 650,00€ 600,00€ 92,31%
104 AMPA ALIXENA G14481063 51 600,00€ 600,00€ 100,00%
105 AMPA FUENTENUEVA G23590136 51 600,00€ 600,00€ 100,00%
106 AMPA EL RAYAL G23598964 51 600,00€ 600,00€ 100,00%
107 AMPA CERVANTES G91474783 51 600,00€ 600,00€ 100,00%
108 AMPA ALYAZIRAT AL-HADRA G11240454 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
109 AMPA CUMBRES ALTAS G14523369 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
110 AMPA LA PIETÁ G14221394 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
111 AMPA PUEBLO NUEVO G18970004 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
112 AMPA ÁNFORA G23460025 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
113 AMPA FORTALEZA G23255953 50 1.200,00€ 600,00€ 50,00%
114 AMPA MARÍA JOSÉ PÉREZ G23315039 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
115 AMPA GLORIA FUERTES G91772848 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
116 AMPA ANTONIA CALZADO G41969080 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
117 AMPA CASTILLO DE FATETAR G11752318 49 600,00€ 600,00€ 100,00%
118 AMPA LA LIBERTAD G18404657 49 600,00€ 600,00€ 100,00%
119 AMPA NOVALCALÁ G90162561 49 600,00€ 600,00€ 100,00%
120 AMPA SECUNDARIA LA ILUSIÓN G23408602 48 500,00€ 500,00€ 100,00%
121 AMPA AL-ANDALUS G41189325 48 600,00€ 600,00€ 100,00%

Anexo II

Relación de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado con solicitudes de subvención denegadas para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2015/2016

NÚM. ENTIDAD CIF PUNTUACIÓN
122 AMPA IES COLUMELA G11033842 47
123 AMPA BENAFÍN G11430808 46
124 AMPA EL PORVENIR G41423096 46
125 AMPA EL FARO G21272687 46
126 AMPA JACINTO MÁRQUEZ G21149679 46
127 AMPA LAS ONCE TORRES G41754243 45
128 AMPA EL PRADILLO G41467721 45
129 AMPA ARABULEILA G18668350 44
130 AMPA TERMENS G14253629 44
131 AMPA LA PEDREA G41185943 44
132 AMPA EL HACHO G29502978 44
133 AMPA LOS ARQUILLOS G29754835 44
134 AMPA MARIANA PINEDA G91485342 43
135 AMPA LOS MOLINOS DE CONIL V72099070 43
136 AMPA MAESTRO ANTONIO DE LA TORRE G11431970 43
137 AMPA CASTILLO DE HIERRO G90170630 43
138 AMPA LA ALGAIDA G11230133 42
139 APA SANTA MARÍA DE LA RÁBIDA G21197132 41
140 AMPA LOS MONTES G92527993 41
141 AMPA SECUNDARIA PARA AVANZAR G91238063 40
142 AMPA SIERRA PRIETA G29519725 40
143 AMPA LAS MICROS G11380938 39
144 AMPA LA ESTACIÓN G21493184 39
145 AMPA EDUCACIÓN Y FUTURO G90052382 39
146 AMPA LA NORIA G90173667 39
147 AMPA SANTA CLARA G41496340 39
148 AMPA EL MORO G41124090 39
149 AMPA IES RAFAEL ALBERTI G11018173 38
150 AMPA JUAN VICTORIANO BARQUERO G14298624 38
151 AMPA ALMAZARA G23017676 38
152 AMPA GUADALBEJAR G23301179 38
153 AMPA SECUSABIA G29883568 38
154 AMPA SAN BENITO G91050104 38
155 AMPA BARTOLOMÉ ESTEBAN MURILLO G41545831 38
156 AMPA EL PILARICO G04714556 37
157 AMPA ARLEQUÍN G11418001 37
158 AMPA ALCANATIF G11229382 37
159 AMPA LOS ALCORNOCALES G11323136 37
160 AMPA LAS TORRES G14293575 37
161 AMPA ALAMEDA G18022509 37
162 AMPA GUADALFEO G18244748 37
163 AMPA PALO SECO G18835876 37
164 AMPA PAN DE AZÚCAR G18388561 37
165 AMPA LAS GRADUADAS G23242795 37
166 AMPA ALCAZARÍN G29448776 37
167 AMPA LA PIÑA G92052885 37
168 AMPA BEN-CASSUM G91778118 37
169 AMPA DE PRIMARIA LOPE DE VEGA G41167289 37
170 AMPA TARTESSOS G91319137 37
171 AMPA FERNADO III G41124983 37
172 AMPA REINA VICTORIA G41221631 37
173 AMPA SOMOS ESCUELA G91839175 37
174 AMPA ALALBA G04070017 36
175 AMPA INDALGRANADA G04105391 36
176 AMPA VELA BLANCA G04578357 36
177 AMPA NIELES G04316881 36
178 AMPA ATRALES G04138137 36
179 AMPA LA FUENSANTA G04133864 36
180 AMPA LA HUERTA G11777687 36
181 AMPA EL RETAMAL G11449576 36
182 AMPA EL CLAUSTRO G11809498 36
183 AMPA EL MÁSTIL G11434685 36
184 AMPA PAPEL DE SEDA G11231696 36
185 AMPA SANTA CLAUDIA G11627924 36
186 AMPA ADELANTE G11666856 36
187 AMPA MAESTRIA G72114853 36
188 AMPA DEL IES WENCESLAO BENÍTEZ G11080785 36
189 AMPA LUIS VIVES G11209855 36
190 AMPA CUATRO VIENTOS G11255650 36
191 AMPA IES JOSE CADALSO G11446200 36
192 AMPA LOS AMIGOS G11441326 36
193 AMPA IMPRY SANLÚCAR G72112196 36
194 AMPA ALBAICÍN G11053980 36
195 AMPA THARSIS G72179328 36
196 AMPA CEIP ALONSO DE AGUILAR G14485924 36
197 AMPA MAESTRO BEDMAR ENCINAS G14590137 36
198 AMPA MASTRO DOMINGO MUÑOZ G14312672 36
199 AMPA ATALAYA G18565663 36
200 AMPA ALFAGUARA G18250456 36
201 AMPA LA JOYA G18254490 36
202 AMPA ROSALÍA DE CASTRO G18401232 36
203 AMPA SAN ANTONIO G18521203 36
204 AMPA TALARÁ AZAHAR G18301408 36
205 AMPA AMOR BRUJO G18050542 36
206 AMPA JOSE ANDRÉS VÁZQUEZ G21330717 36
207 AMPA ALGAIDA G21496633 36
208 AMPA PLEAMAR G21193800 36
209 AMPA EL CASTILLO G21162854 36
210 AMPA DELCEIP SAN SEBASTIÁN G21246533 36
211 AMPA THARSIS G21025689 36
212 AMPA VIRGEN DEL PUERTO G21174354 36
213 AMPA HAZA DE LA ERA G23252075 36
214 AMPA LAS MOREAS G23352206 36
215 AMPA AL-SIKKA G23405764 36
216 AMPA ANATORGI G23413362 36
217 AMPA FUENTES DE YAYYAN G23263536 36
218 AMPA PEÑAOLIVA G23030398 36
219 AMPA CIUDAD DE NUBES G23315021 36
220 AMPA BENTOMIZ V92751668 36
221 AMPA FRANCISCO PACHECO ROCHA G29636651 36
222 AMPA VALLE DEL JARAPALO G92994011 36
223 AMPA AZAHAR G92680313 36
224 AMPA LA AXARQUÍA G93133395 36
225 AMPA BONELA G92756600 36
226 AMPA FUENTE DEL REY G29464344 36
227 AMPA LA TAHONA G93099661 36
228 AMPA CALIMA G92026871 36
229 AMPA CAMINOS DE ILUSIÓN G93098986 36
230 AMPA ZENOBIA CAMPRUBÍ V29641065 36
231 AMPA VIRGEN DE LA ESCARIHUELA G92071091 36
232 AMPA LA CHIMENEA G29606795 36
233 AMPA JUAN BREVA G29449501 36
234 AMPA AL-KALAT G41592676 36
235 AMPA SAN PABLO G41954538 36
236 AMPA EL GAMO G41256959 36
237 AMPA EL GARROBO G91009688 36
238 AMPA ESCUELAS NUEVAS G91020412 36
239 AMPA JARA REAL G41871914 36
240 AMPA EL TOMILLAR G41486341 36
241 AMPA JULIÁN CANELA G41883257 36
242 AMPA EL CAMPANARIO G41630807 36
243 AMPA TORRE DE LOS GUZMANES G41564295 36
244 AMPA EL BOSQUE G41565185 36
245 AMPA ANTONIO MACHADO G41369471 36
246 AMPA LA FORTALEZA G91243816 36
247 AMPA AMIGOS DE LA CULTURA G41538984 36
248 AMPA SUEÑOS DE FUTURO G41140690 36
249 AMPA MARÍA GALIANA G91902619 36
250 AMPA NAUTILUS G41259110 36
251 AMPA VIRGEN DE GUADALUPE G11882719 35
252 AMPA SAN MIGUEL G11725454 35
253 AMPA DÍAZ DE BUSTAMANTE G11028131 35
254 AMPA SANTA ANA G92955178 35
255 AMPA DEDU G41126525 35
256 AMPA IES FUERTE DE LA CORTADURA G11055696 34
257 AMPA 1812 G11443496 34
258 AMPA LOS INFANTES G11893146 34
259 AMPA LA PIZARRA G11512001 34
260 AMPA TARTESSOS G11258639 34
261 AMPA LOS CIPRESES G21140314 34
262 AMPA LOS DOLMENES G91470682 34
263 AMPA MERCEDARIAS LEVIES G41234725 34
264 AMPA NUEVO FUTURO G11876299 33
265 AMPA ACELERADA G11240413 33
266 AMPA EL LINCE DE DOÑANA G21166277 33
267 AMAPA EL CASTILLO G21470109 33
268 AMPA VIRGEN DEL CAMPO G23698471 33
269 AMPA HUERTO DEL LIMONAR G92739598 33
270 AMPA EL EJIDO G41491929 33
271 AMPA LOS ARROZALES G90032145 33
272 AMPA MARIANA PINEDA G41978313 33
273 AMPA LA ARCADIA G04118642 32
274 AMPA LA ISLETA G11087665 32
275 AMPA AL-SUR G11670163 32
276 AMPA LA CONVIVENCIA G14323851 32
277 AMPA MIGUEL RÚA G14050645 32
278 AMPA MARIANA PINEDA G18278648 32
279 AMPA LOS ENEBRALES G21523139 32
280 AMPA PEDRO CLAVERO G23030414 32
281 AMPA EL OLIVAR G23231251 32
282 AMPA LA LABRADORA G23263924 32
283 AMPA EL LLANO G92114974 32
284 AMPA LIGUSTINUS G41901133 32
285 AMPA EN MARCHA G41130154 32
286 AMPA ARCOIRIS G41627951 32
287 AMPA AIRES DE CÁDIZ G72084999 31
288 AMPA PADRE TALAVERA G23689995 31
289 AMPA GUADALQUIVIR G23233232 31
290 AMPA LA UMBRÍA G92190719 31
291 AMPA ESQUILO 4 G93256030 31
292 AMPA VIRGINIA BELLOCH G91013755 31
293 AMPA NTRA. SRA. DE BELÉN G91341354 31
294 AMPA TRAMPOLÍN G18251223 30
295 AMPA CERRO DEL ÁGUILA G92888676 30
296 AMPA EL BÚCARO G14378434 29
297 AMPA ISIDORO PÉREZ G18225748 29
298 AMPA SANTA GADEA G21419742 29
299 AMPA TRIMAR G04100517 28
300 AMPA LA VILLA DE ALBOLODUY G04472056 28
301 AMPA BURSÁBOLIS G14293922 28
302 AMPA MARMOLANCE G18296897 28
303 AMPA FONCANAL G18267245 28
304 AMPA SANTA SOLEDAD G18430504 28
305 AMPA VIRGEN DE ZOCUECA G23275902 28
306 AMPA MARÍA AUXILIADORA G93043545 28
307 AMPA EL NACIMIENTO G29894912 28
308 AMPA SEMILLA G29483930 28
309 AMPA EL CRUCE G92791052 28
310 AMPA BASTILIPPO G91289553 28
311 AMPA LOS CORRALES G41124637 28
312 AMPA SAN JUAN DE DIOS G11633294 27
313 AMPA EL NOGAL G21022256 27
314 AMPA EL PENDIQUE G21252341 27
315 AMPA CACHONERA G21443627 27
316 AMPA DOÑA DOLORES G92844760 27
317 AMPA SINGILIS G41422478 27
318 AMPA ALPUJARRA G05052692 26
319 AMPA NTRA. SRA. DE EUROPA G11444734 26
320 AMPA DOMINGO DE BALTANÁS G23357213 26
321 AMPA REY SABIO G11664000 25
322 AMPA ATENEA G91728378 25
323 AMPA CAPUCHINOS G11571932 23
324 AMPA EL TORREÓN G18352401 23
325 AMPA ALTO SEGURA G23338643 23
326 AMPA BENAMAINA G29556560 23
327 AMPA ARROYO ZAMBRANO G92075035 22
328 AMPA ALJIBE G92605898 22
329 AMPA GUADALMESÍ G11053865 21
330 AMPA PLATERO G91606483 21
331 AMPAS LAS ERAS G04373965 20
332 AMPA LA RANA PIPIRRANA G19583780 20
333 AMPA JUAN RAMÓN JIMÉNEZ G23227937 20
334 AMPA DEL CDP SANTA ÁNGELA G41124058 20
335 AMPA EL EMBARCADERO G21289871 19
336 AMPA EDUCALIA G14301675 18
337 AMPA EL REAL G41580222 18
338 AMPA VIRGEN DEL ROSARIO G91086389 18
339 AMPA LOS ANTONES G04138426 17
340 AMPA TROVADOR MACÍAS G23401508 17
341 AMPA RIO VERDE G29754256 17
342 AMPA SIERRA LOS ALMADENES G41967936 17
343 AMPA LA ERA G92220912 13
344 AMPA MONTE MIJAS G29811502 13
345 AMPA EL CALLEJÓN G18079043 12
346 AMPA MARÍA AUXILIADORA G21193404 12
347 AMPA REAL TESORO G29586294 12
348 AMPA EL RECREO DE BAESSIPO G72105943 8
349 AMPA CELESTINO MUTIS G18318477 8
350 AMPA OROSPEDANA G23295538 7
351 AMPA LA RABITA G92060516 7
352 AMPA SANTA MARTA G91032557 7
353 AMPA COELTO G29266285 6
354 AMPA OSCENSE G18374256 5
355 AMPA TEÓFILO OLIVARES G14296842 1
356 AMPA VIRGEN DEL CARMEN G92323062 1
357 AMPA CRUCE DE CAMINOS G41846643 1
358 AMPA CARMEN MURIEL G41474016 1

Resolución de 23 de marzo de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2015-2016. BOJA núm. 67, de 9.4.2015.

Anexo III

Relación de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado con solicitudes de subvención excluidas para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2015/2016

NÚM. ENTIDAD CIF MOTIVO
359 AMPA GUADALETE G11828787 No cumple los requisitos de la convocatoria
360 AMPA ANTONIO MACHADO G11826807 Fuera de plazo
361 AMPA LAS DELICIAS G11629375 No cumple los requisitos de la convocatoria
362 AMPA DEL CEIP ANDRES DE RIVERA No cumple los requisitos de la convocatoria
363 AMPA TARSIS G11651924 No cumple los requisitos de la convocatoria
364 CEIP BARCA DE LA FLORIDA S-4111001-F No cumple los requisitos de la convocatoria
365 AMPA DOS DE MAYO G11894342 No cumple los requisitos de la convocatoria
366 AMPA CERRO DE LA CAMPANILLA G11753365 No cumple los requisitos de la convocatoria
367 AMPA SAN JACINTO G14220255 No cumple los requisitos de la convocatoria
368 AMPA SAN LUIS G18567933 Fuera de plazo
369 AMPA LAS CUEVAS G18068205 No cumple los requisitos de la convocatoria
370 AMPA HOYAS DE LA VIÑAS G18659839 No cumple los requisitos de la convocatoria
371 AMPA LOS CISNES G18278218 No cumple los requisitos de la convocatoria
372 AMPA LAS PALMERAS G18264978 No cumple los requisitos de la convocatoria
373 FUNDACIÓN MARÍA MADRID G18978551 No cumple los requisitos de la convocatoria
374 AMPA LA MINA G18334227 No cumple los requisitos de la convocatoria
375 AMPA CEIP SAN ANDRÉS DE MONTEJÍCAR G18258681 No cumple los requisitos de la convocatoria
376 AMPA LA GUARDERÍA G23677206 Fuera de plazo
377 AMPA RÍO GENAL G29525755 Fuera de plazo
378 AMPA SONRISAS G29107612 No cumple los requisitos de la convocatoria
379 AMPA MAR MEDITERRÁNEO G92721950 No cumple los requisitos de la convocatoria
380 AMPA BOROMUJ G41470725 No cumple los requisitos de la convocatoria
381 AMPA LÓPEZ PINILLOS G41594318 No cumple los requisitos de la convocatoria
382 AMPA NATALIA ALBANES G91485870 No cumple los requisitos de la convocatoria
383 AMPA ALJARAFE No cumple los requisitos de la convocatoria
384 AMPA JUAN DE ALMAGRO G91444729 Fuera de plazo
385 AMPA EL ALJIBE G41605536 Renuncia
386 AMPA ALBERTO LISTA G41436635 No cumple los requisitos de la convocatoria
387 AMPA RUIZ GIJÓN G41400672 No cumple los requisitos de la convocatoria
388 AMPA EL PASTORCITO G91060533 No cumple los requisitos de la convocatoria
389 AMPA EL ARRECIFE G41464165 No cumple los requisitos de la convocatoria
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