Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 4 de febrero de 2015, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero (BOJA de 25 de febrero), por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Obligatoria y Bachillerato, se establece que anualmente, antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes de admisión, oídos el correspondiente Consejo Escolar Provincial y los Consejos Escolares Municipales, las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación, de acuerdo con la capacidad autorizada a cada uno de los centros y la población escolar de su entorno, delimitarán las áreas de influencia de los centros docentes públicos y privados concertados, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, una vez oído el Consejo Escolar Provincial, en sesión de 3 de febrero de 2015, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, el Ilmo. Sr. Delegado Territorial

HA RESUELTO

Primero. Delimitar las áreas de influencia de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos del segundo ciclo de Educación infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de de febrero.

Segundo. Las áreas de influencia a las que se refiere esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de esta Resolución en tanto no se proceda a su modificación en la forma prevista en el artículo 9 del Decreto 40/2011, citado con anterioridad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 4 de febrero de 2015.- El Delegado, Francisco Díaz Morillo.

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