Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 6 de febrero de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 200.1/2014.

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Procedimiento: 976/2013.

Ejecución: 200.1/2014 Negociado: B3.

NIG: 2906744S20130012517.

De: Doña Ana Liñán Vivas.

Contra: Florian Costasol 2020, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Malaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 200.1/2014 a instancia de la parte actora doña Ana Liñán Vivas contra Florian Costasol 2020, S.L., sobre Ejecución, se ha dictado por el Secretario Judicial Decreto de fecha 6.2.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO

Declarar al ejecutado Florian Costasol 2020, S.L., con CIF núm. B93248912 en situación de insolvencia parcial con carácter provisional por importe de 1.680,90 euros de principal, más 375,85 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 276.5 de la LRJS, una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que se haga constar la declaración efectuada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado de lo Social, pese a lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander, núm. 2955 0000 64 0200 14, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

El/La Secretario/a Judicial

Y para que sirva de notificación al demandado Florian Costasol 2020, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a seis de febrero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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