Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación

Resolución de 3 de febrero de 2016, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la se determinan las vacantes para la realización de la fase de prácticas por el personal funcionario en prácticas nombrado por la Orden de 19 de enero de 2016 y se establecen los criterios generales para la adjudicación de destinos para el desarrollo de dicha fase.

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La Orden de 23 de marzo de 2015 (BOJA núm. 63, de 1 de abril), por la que se realiza convocatoria pública de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en las plazas vacantes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece en el apartado 8.1 de la base octava que, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento como personal funcionario en prácticas de las personas seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado por la citada Orden de 23 de marzo de 2015, la Dirección General competente en materia de recursos humanos dictará resolución, que asimismo se publicará en el BOJA, en la que figurará la relación de vacantes por provincias y el procedimiento para solicitar destino para la realización de dicha fase de prácticas.

Asimismo, el punto 2.º de la Orden de 19 de enero de 2016 arriba citada, por la que se nombra personal funcionario en prácticas, faculta a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para establecer los criterios para la realización de dicha fase, sin perjuicio de su organización, que atribuye a la Inspección General de Educación.

Publicada dicha Orden, procede dar cumplimiento a aquellas previsiones, a cuyo fin esta Dirección General, en uso de sus atribuciones y en particular de las competencias delegadas en las Órdenes de la Consejería de Educación de 23 de marzo de 2015 y de 19 de enero de 2016,

HA RESUELTO

Primero. Relación de vacantes.

La relación de vacantes por provincias, para la realización de la fase de prácticas, es la que figura en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Adjudicación de destinos.

La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos procederá a la adjudicación de vacantes para la realización de la fase de prácticas de acuerdo con las peticiones que efectúe el personal interesado atendiendo al orden obtenido en la lista contenida en el Anexo de la Orden de 19 de enero de 2016, en un acto público al que deberá asistir todo el personal nombrado funcionario en prácticas por la citada Orden excepto el personal a que se refiere el apartado tercero de esta Resolución que resulte exento de la realización de la fase de prácticas y opte por permanecer durante el tiempo de duración del periodo de prácticas en el destino que venía desempeñando.

Dicho acto tendrá lugar el día 17 de febrero de 2016, a las 12,00 horas, en el Salón de Actos de la sede de la Consejería de Educación, Edificio Torretriana, C/ Juan A. de Vizarrón, s/n (41071-Sevilla), debiendo ir provisto el personal participante en el acto, del correspondiente Documento Nacional de Identidad.

A quienes no concurran se les adjudicará de oficio un destino de entre las vacantes resultantes, una vez terminado el acto de adjudicación.

Los destinos obtenidos se harán públicos en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y en los de las Delegaciones Territoriales de la misma.

Tercero. Exención de la fase de prácticas.

De conformidad con lo establecido en la base octava de la Orden de 23 de marzo de 2015, quien acredite el desempeño de la Inspección Educativa con carácter provisional al menos durante un año, podrá solicitar de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, la exención de la fase de prácticas, y permanecer en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando, hasta la aprobación del expediente selectivo, sin perjuicio de la obligación a que se refiere la base undécima de la Orden de 23 de marzo de 2015.

Cuarto. Incorporación a los destinos.

El personal nombrado en fase de prácticas, excepto el que resulte exento y opte por permanecer en el destino que venía desempeñando, estará obligado a incorporarse al destino que le haya sido adjudicado, el día 22 de febrero de 2016. En caso de no incorporarse en dicha fecha, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, teniéndolos decaídos de todos los derechos al nombramiento como personal funcionario en prácticas, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente acreditados.

Al incorporarse a los destinos, el personal funcionario en prácticas presentará, para su remisión a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, la declaración responsable a que se refiere el apartado b) del punto 8.4 de la base octava de la convocatoria.

Quienes sean declarados exentos y opten por continuar en sus destinos durante el periodo de la fase de prácticas, remitirán dicha declaración responsable antes del día 15 de febrero de 2016.

Quinto. Retribuciones del personal funcionario en prácticas.

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero (BOE núm. 56, de 6 de marzo), por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, el personal interesado deberá efectuar la opción a que se refiere el apartado B) del artículo 2.º de dicho Real Decreto, según la redacción dada al mismo por el artículo único, dos, del Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), de modificación de aquél.

Sexto. Criterios para la realización de la fase de prácticas.

1. Comienzo y duración de la fase de prácticas: La fase de prácticas se iniciará en la fecha de incorporación a los Servicios Provinciales y comprenderá la realización de un curso de formación específico, de acuerdo con lo establecido en el apartado 9.2 de la base novena de la Orden de 23 de marzo de 2015, y concluirá el 30 de noviembre de 2016. El tiempo mínimo de servicios efectivos necesario para que sea evaluada esta fase será de cuatro meses, a partir de la incorporación al Servicio de destino.

2. Organización de la fase de prácticas: Conforme a lo dispuesto en el apartado 9.1 de la base novena de la Orden de 23 de marzo de 2015, corresponde a la Inspección General de Educación dictar las Instrucciones sobre la organización de la fase de prácticas.

3. Comisión de Valoración de la fase de prácticas: En aplicación del apartado 9.4 de la base novena de la Orden de 23 de marzo de 2015, la Comisión de Valoración de la fase de prácticas estará constituida por:

Presidenta: Doña M.ª Ángeles Almirón Lozano.

Vocal 1.º: Don José Luis López González.

Vocal 2.º: Doña M.ª del Carmen Muñoz Fernández.

Vocal 3.º: Don José Luis de Diego Martín.

Vocal 4.º: Don Miguel Cívico Barrero.

A efectos de comunicación con la Comisión de Valoración, la sede oficial de la misma será la de la Inspección General de Educación, Consejería de Educación, C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, 41071, Sevilla.

4. Superación de la fase de prácticas.

En el plazo de veinticinco días naturales desde la fecha de finalización de la fase de prácticas establecida en la presente Resolución, la citada Comisión de Valoración remitirá a la Inspección General de Educación la documentación junto con el Acta con la valoración final del personal funcionario en prácticas, para su tramitación a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Al finalizar la fase de prácticas, se evaluará a cada aspirante en términos de personal «apto» o «no apto». Quienes no superen la fase de prácticas podrán repetir la misma por una sola vez en el período y forma que se determine, siempre en el plazo de un año desde la finalización del período de prácticas a que se refiere esta Resolución, lo que será comunicado, en su caso, al personal interesado.

Quienes no superen la fase de prácticas por segunda vez perderán todos los derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación. La pérdida de estos derechos será declarada por el órgano competente mediante resolución motivada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de febrero de 2016.- La Directora General, Antonia Cascales Guil.

ANEXO

Plazas vacantes ofertadas para realizar la fase de prácticas de Inspección Educativa en Delegaciones Territoriales

Provincia Número de Código Vacantes ofertadas
Almería 04004565 9
Cádiz 11006904 11
Córdoba 14006928 5
Granada 18008971 1
Huelva 21003141 12
Jaén 23004768 12
Málaga 29990074 1
Sevilla 41008209 14
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