Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 20/05/2016

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 29 de marzo de 2016, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación para el año 2016.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00091518.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, a propuesta de la Comisión de Investigación, aprobó en sesión celebrada el 10 de marzo de 2016 el Plan Propio de Investigación para el año 2016. Por cuanto antecede, este Rectorado en uso de las atribuciones conferidas por los Estatutos de la Universidad de Granada, acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada del año 2016 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada es la herramienta esencial a través de la que se desarrolla la estrategia de nuestra institución en las áreas de investigación y transferencia. El camino que hemos recorrido a través de las 27 ediciones anteriores nos deja un legado del que nuestra institución se siente orgullosa y que vamos a conservar y potenciar. En esta edición se renueva la apuesta por la investigación de excelencia en todas áreas del saber como característica fundamental, ayudando a mantener las líneas de investigación de calidad, y favoreciendo especialmente el empuje en el área de Humanidades para alcanzar mayores niveles de eficacia en su labor investigadora.

Los ejes sobre los que se sustenta son:

La creación y captación de talento, a la que se destinan el grueso de los recursos disponibles, con programas que abarcan desde la etapa de estudios de grado, pasando por la formación predoctoral hasta la de especialización y posterior incorporación de doctores para el desarrollo de proyectos.

El apoyo a nuestros investigadores y grupos de investigación, fomentando especialmente su internacionalización.

El apoyo a la participación de nuestros investigadores y equipos de investigación en los programas de ayudas andaluz, nacional y europeo, de los que nuestro Plan Propio se declara subsidiario.

Y como elemento transversal, que impregna todos los programas de actuación, figura la evaluación externa de las solicitudes y la alineación de nuestros programas de ayuda con el Plan Estatal de Investigación, como medio de fomentar la participación de nuestros investigadores y  por tanto de mejora en la captación de recursos.

La evaluación de los resultados alcanzados en estos años, medidos tanto en parámetros de mejora de nuestra producción científica, en la que avanzamos en los principales ranking internacionales,  como de mejora de nuestra captación de recursos en los programas andaluz, nacional y europeo, nos indica que estas líneas de actuación son acertadas y están dando los frutos esperados.

Por tanto, partiendo de esta magnífica realidad, queremos avanzar a partir de ahora en la alineación del Plan Propio de Investigación con el Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020. Se trata de una oportunidad estratégica para la Universidad de Granada que no debemos dejar pasar para incrementar la captación de recursos. Es una oportunidad porque el grueso de la financiación para investigación en los próximos años debe provenir de H2020, en sustitución de la menguante financiación estatal y andaluza. Aceptar esta realidad nos exige diseñar nuevas políticas que fomenten el éxito en la participación de nuestros investigadores y equipos de investigación, al igual que ocurrió hasta ahora con los programas andaluz o estatal. El éxito de esta misión pasa no sólo porque los equipos de gobierno afronten de manera sistemática políticas que fomenten la participación de nuestros investigadores, sino de que nuestros grupos de investigación adopten sus propias estrategias de participación, en función de sus fortalezas, necesidades e intereses.

En esta estrategia se enmarcan los nuevos programas que se incorporan al Plan Propio de Investigación y Transferencia 2016, que pretenden fomentar la captación y atracción de talento, la potenciación de líneas y unidades de excelencia que posibiliten la mejora de nuestra internacionalización y la creación de nuevas líneas que nos hagan competir con éxito en H2020 y en programas del Plan Estatal, en los que hasta ahora no hemos alcanzado el éxito en nuestra participación:

Programa UGR Fellows. Destinado a la captación de jóvenes doctores, de cualquier parte del mundo, que deseen desarrollar una línea de investigación Innovadora en la Universidad de Granada con posibilidades de éxito en los programas del ERC.

Programa de Visiting Scholars, para establecer líneas de cooperación estable con centros de excelencia internacionales.

Programa de potenciación de líneas y unidades de excelencia. Destinado a facilitar la mejora de centros y unidades de excelencia para competir en los programas Severo Ochoa y María de Maeztu.

Programa de intensificación investigadora para investigadores de muy alto nivel y coordinadores de proyectos de H2020, que reconozcan la dedicación real de los coordinadores a la ejecución de los proyectos.

Además de estos nuevos programas, se primará la participación en H2020 como criterios de evaluación o como compromiso de concurrencia para los beneficiarios de las ayudas de otros programas, consiguiendo de este modo la plena alineación de nuestra estrategia con el H2020 para la captación de recursos.

Finalmente, en esta edición del Plan Propio de Investigación y Transferencia, se convoca la 1.ª edición del Programa de Ayudas a la Producción Artística de la Dirección de Artes Visuales del Centro de Cultura Contemporánea del Vicerrectorado de Extensión Universitaria de la Universidad de Granada, con el objetivo de estimular y promocionar la investigación, creación, producción artística y la difusión a través de la financiación económica de proyectos de artistas visuales, así como su exhibición en salas de exposiciones de la UGR.

Para la ejecución de algunas actuaciones del Plan Propio de Investigación, la Universidad de Granada podrá solicitar la cofinanciación de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder).

En todos los programas, la concesión de las ayudas será aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada a propuesta de Comisión de Investigación.

NORMAS GENERALES

1. Requisitos.

Los solicitantes deberán cumplir todos los requisitos específicos del programa al que concurren en el momento de presentación de la solicitud. De igual modo, los solicitantes que concurran a programas dirigidos a miembros de la Universidad de Granada, deberán estar en servicio activo al presentar la solicitud. Los solicitantes deberán mantener su vinculación con la Universidad de Granada durante el periodo de disfrute de la ayuda concedida y hasta la fecha de cierre del mismo.

2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán estar dirigidas al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia y deberán cumplimentarse obligatoriamente por vía telemática en los impresos normalizados que a tal efecto se encontrarán disponibles en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia: http://investigacion.ugr.es/pages/planpropio.

Para la participación en los programas de ayudas que requieran la evaluación de los currículos de los solicitantes podrán exigirse los datos de códigos ORCID, ResearchID y Google Scholar.

Una vez cumplimentadas la solicitudes en la aplicación telemática, y subida toda la documentación requerida para el programa concreto en formato electrónico, deberá imprimirse la hoja resumen y presentarse en el Registro General o en el Registro Electrónico de la Universidad de Granada, en los registros de los distintos centros de la Universidad de Granada o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los interesados podrán consultar el estado de tramitación de sus solicitudes en la dirección electrónica antes citada.

La presentación de la solicitud implica la aceptación las bases de la convocatoria.

Las solicitudes deberán incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual se realizarán todas las comunicaciones y/o requerimientos durante el proceso de revisión y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones serán consideradas como válidas a efectos de notificaciones.

El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes y, en el caso de estar incompletas o presentar algún tipo de deficiencia, se requerirá al interesado para que subsane los defectos encontrados o aporte la documentación requerida. En caso de no hacerlo en el plazo que le sea indicado, se entenderá que desiste en su solicitud. Finalizada la revisión administrativa, los expedientes se remitirán a la Comisión de Investigación para su evaluación.

3. Evaluación y concesión.

En el proceso de evaluación, la Comisión de Investigación podrá requerir asesoramiento por parte de la ANEP y otras agencias de evaluación externas. Dadas las restricciones que la Ley de protección de datos supone respecto del uso de la información contenida en el SICA, los investigadores deberán aportar sus CV o la versión reducida de los mismos, dependiendo de la convocatoria de la que se trate.

Concluida la evaluación de cada convocatoria, se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia la resolución provisional de las ayudas, que serán determinantes a efectos de que los interesados puedan presentar los recursos que estimen convenientes. El plazo para emitir dicha resolución será de dos meses desde la fecha de cierre de cualquier convocatoria, salvo en aquellos programas que dependan de la resolución de programas ajenos a la Universidad de Granada o de entidades externas a la Universidad de Granada.

La aceptación de cualquier ayuda o subvención del Plan Propio implica la aceptación de las normas generales del mismo y de las específicas del correspondiente programa. El disfrute de una beca o contrato supone, además, la aceptación de la normativa de personal investigador en formación de la Universidad de Granada (EPIF) y será incompatible con sueldos o salarios de similar naturaleza, siempre que ello afecte a la finalidad formativa e investigadora de la ayuda o que se produzca en su mismo horario.

4. Interrupción de la ayuda.

Cuando concurran situaciones de incapacidad temporal, maternidad/paternidad y adopción o acogimiento durante el período de disfrute de la ayuda, beca o contrato, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo de ejecución de la ayuda, adjuntando a su solicitud, en su caso, documento acreditativo de alguna de las situaciones mencionadas. Concretamente, cuando haya habido interrupción en la carrera investigadora por las razones anteriormente indicadas, se añadirán 18 meses por hijo nacido en dicho periodo.

5. Reserva de cuota para personas con discapacidad.

Las convocatorias determinarán el número de plazas reservadas a personas con discapacidad, que será del 2% del total de plazas ofertadas.

Para optar al cupo reservado a personas con discapacidad debe hacerse constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad igual o superior al 50 %. La no acreditación del grado de discapacidad implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso general. Quienes opten por participar por el cupo de personas con discapacidad no podrán cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por dicha opción.

6. Obligaciones de los beneficiarios.

En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, las personas beneficiarias deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una breve memoria en la que se describan las actividades realizadas y resultados obtenidos, así como la justificación de los gastos realizados.

El plazo máximo para justificar las ayudas concedidas en la convocatoria de 2016 será hasta el 31 de mayo de 2017. La justificación económica de las ayudas consistirá en la presentación de una copia de los justificantes de gasto tramitados, y podrá limitarse a la aportación de un extracto contable extraído del programa de gestión económica y, en el caso de liquidaciones de dietas, una copia de la liquidación de comisión de servicios o bolsa de viaje. Las becas y contratos concedidos no serán objeto de justificación económica.

Adicionalmente a la entrega de la documentación de justificación, se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada un resumen detallado de la actividad realizada, enumerando los objetivos, las tareas realizadas, así como los resultados obtenidos.

Dado el carácter complementario de Plan Propio de Investigación, será necesario justificar la concurrencia a las convocatorias análogas de los planes europeo, nacional y andaluz de investigación sobre becas, ayudas y subvenciones, para poder disfrutar las obtenidas por el Plan Propio. En caso de recibirse otra subvención para la misma actividad, la ayuda del Plan Propio estará limitada por el importe de los gastos efectivamente realizados que no quede cubierto por otras subvenciones, debiendo reintegrarse al centro de gasto del Plan Propio la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe. En el caso de programas de recursos humanos (contratos FPU, contratos-puente, perfeccionamiento de doctores) y en el programa de proyectos de investigación para la incorporación de jóvenes doctores a nuevas líneas de investigación de la Universidad de Granada, el beneficiario está obligado a aceptar cualquier beca o contrato que le sea concedida en el marco de los programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes y a renunciar a la ayuda del Plan Propio.

Los adjudicatarios están obligados a mencionar la financiación del Plan Propio de Investigación de la Universidad de Granada en todas las publicaciones y actividades que realicen.

El incumplimiento de las condiciones previstas en los distintos programas de Plan Propio implicará la suspensión o revocación de las ayudas, incluida la devolución de los fondos recibidos, sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas previstas en la ley. El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia velará por el control y seguimiento de dicho cumplimiento.

Líneas de actuación del Plan Propio de Investigación y Programas:

A. Incentivación de la actividad investigadora.

- Proyectos de investigación precompetitivos.

- Proyectos de investigación MedialabUGR-Cultura y Sociedad Digital.

- Programa de ayudas a la internacionalización y a la preparación de proyectos de investigación internacionales.

- Programa de ayudas a las revistas de la Universidad de Granada.

B. Potenciación de los recursos humanos.

- Becas de Iniciación a la investigación para estudiantes de grado.

- Becas de Iniciación a la investigación para estudiantes de másteres oficiales.

- Programa de Formación de investigadores. Contratos predoctorales.

- Programa de Contratos Puente.

- Programa de Perfeccionamiento de doctores.

C. Atracción de Talento.

- Proyectos de investigación para la incorporación de jóvenes doctores a nuevas líneas de investigación en grupos de la Universidad de Granada.

D. Movilidad y perfeccionamiento de personal investigador.

- Estancias breves en centros de investigación nacionales y extranjeros.

- Estancias de investigadores de otros centros nacionales y extranjeros en departamentos e institutos o centros de investigación.

- Organización de congresos de carácter científico-técnico.

- Participación en congresos y reuniones científico-técnicas de carácter internacional.

E. Reconocimiento de la actividad investigadora.

- Premios de investigación.

- Sabáticos.

F. Acciones complementarias.

- Reparación de material científico.

- Ayudas para la utilización del C.I.C.

- Acciones especiales y apoyo a convenios.

- Anticipos.

G. Ayuda a la transferencia de resultados de investigación.

- Programa de proyectos precompetitivos para jóvenes investigadores.

- Programa de captación de talento UGR-Fellows.

- Programa de Visiting Scholars.

- Acciones de excelencia. Unidades científicas de excelencia.

- Programa de intensificación de la investigación.

- Programa de ayudas para promoción y preparación de proyectos del ERC.

- Ayudas a proyectos y doctorados industriales dentro del marco europeo Horizonte 2020 en colaboración con la Escuela Internacional de Posgrado.

- Programa de Internacionalización de Patentes.

- Programa de ayudas a Proyectos Singulares Estratégicos de Transferencia de Conocimiento.

H. Ayuda a la transferencia de resultados de investigación.

- Programa de proyectos de desarrollo tecnológico (prototipos y pruebas de concepto).

- Programa de apoyo a la constitución de spin-offs.

- Programa de difusión de las capacidades de los grupos de investigación.

- Programa de acreditación y certificación de laboratorios.

I. Ayudas en colaboración con el CEMIX. Programa UGR-MADOC.

- Programa UGR-MADOC.

- Programa de becas de iniciación a la investigación UGR-MADOC.

J. Programas del Vicerrectorado de Extensión Universitaria.

- Programa de ayudas para la cofinanciación de actividades de extensión universitaria.

- Programa de ayudas a la producción artística.

a) Artistas «emergentes».

b) Artistas «media carrera».

El texto completo de los distintos programas de ayuda, requisitos de participación específicos, plazos de presentación de solicitudes y criterios de evaluación están disponibles en la dirección web: http://investigacion.ugr.es/pages/planpropio.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre de 1992), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero de 1999).

Granada, 29 de marzo de 2016.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

Descargar PDF