Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 07/07/2017

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Ayuntamientos

Anuncio de 26 de enero de 2017, del Ayuntamiento de San Roque, de convocatoria de selección en propiedad, por turno libre y concurso oposición, de una plaza de Trabajador/a Social y cuatro plazas de Animador/a de Juventud. (PP. 234/2017).

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Por Decreto de Alcaldía núm. 3.962, de fecha 22 de noviembre de 2016, se han aprobado las Bases para la provisión de puestos de trabajo de un Trabajador Social y cuatro plazas de Animador de Juventud, texto publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 233, de 9 de diciembre de 2016. La fecha de presentación de instancias será a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Primera. Convocatoria.

Se convoca para la provisión por el procedimiento por turno libre y concurso oposición de los puestos de trabajos incluidos en la plantilla de personal del Ayuntamiento de San Roque que se relacionan:

Denominación del puesto de trabajo: Trabajador/a Social.

Grupo: A.

Subgrupo: A2.

Nivel: CD-24.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Categoría: Asistente Social.

Denominación del puesto: Animador/a de Juventud.

Grupo: C2.

Nivel: CD-15.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Categoría: Animador de Juventud.

Segunda. Requisitos.

Los aspirantes, antes del último día del plazo fijado para la presentación de instancias, deberán reunir los siguientes requisitos.

- Ser español, con las excepciones señaladas en el art. 57 de la Ley 7/2007.

- Tener 16 años cumplidos y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

- Estar en posesión de la titulación académica exigida para el acceso a la plaza que se convoca:

- Para Trabajador/a Social, Diplomatura en Trabajo Social o equivalente.

- Para Animador/a de Juventud, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. A tal efecto, los aspirantes con alguna discapacidad harán constar en su solicitud su condición, grado de minusvalía y necesidades de adaptación.

Tercera. Presentación de instancias.

Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Asimismo se publicarán, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado, en dicho anuncio figurará la fecha de la publicación íntegra de las bases en el BOP de Cádiz y en el BOJA. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en extracto en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud (según modelo que figura en el Anexo I), dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de San Roque, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 5, debiendo acreditarlo mediante la documentación que a continuación se indica:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Certificado de tiempo de servicios prestados, en administración que corresponda, con indicación de la plaza ocupada.

- Fotocopia compulsada del titulo académico alegado, que se señala en la base 4.ª, para acceder a la plaza a la que se aspira. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

A efectos de equivalencia solo se admitirán las reconocidas por el Ministerio/Consejería competente como títulos académicos de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la declaración de equivalencia o disposición en la que se establezca o el Boletín Oficial en donde se publica. Aquellos aspirantes que para suplir la titulación requerida aleguen lo establecido en la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, deberán mencionarlo expresamente en la instancia y justificar documentalmente que concurren los requisitos señalados. Asimismo habrán de presentar copia compulsada de los méritos que el aspirante desee que les sean valorados en la fase de concurso. Para los cursos de formación deberá presentar original o fotocopia compulsada del certificado/justificante. En dicho documento debe constar el número de horas de formación recibida. Para acreditar el tiempo de servicios prestados deberá aportar certificado de tiempo de servicios prestados.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de San Roque o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Alcaldía se dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos y, en su caso, las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se indicará la relación completa de aspirantes provisionalmente admitidos y excluidos, señalando, en su caso, los motivos de exclusión y otorgando, en el caso de que fueren subsanables, un plazo de diez días hábiles. Si no hubiere aspirantes excluidos, dicha relación habrá de entenderse definitiva. Asimismo se indicará a los aspirantes provisionalmente excluidos que, si no subsanaren los defectos advertidos en el plazo que se señala, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya citada.

Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios y los nombres de los miembros del Tribunal a efectos de recusación; dicha resolución se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOP de Cádiz.

Las demás resoluciones que se dicten en el desarrollo de este procedimiento se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, así como los aritméticos, bien sea de oficio o a instancia del interesado, conforme establece el art. 105.2 de la Ley 30/92.

San Roque, 26 de enero de 2017.- El Alcalde-Presidente, Juan Carlos Ruiz Boix.

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