Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 18/07/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de junio de 2017, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia» de Alcalá la Real (Jaén). (PP. 2003/2017).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Juan Pablo Rodríguez Gutiérrez, como representante de la Fundación Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, titular del centro docente privado de educación secundaria «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia», con domicilio en Avda. de Europa, núm. 1, de Alcalá la Real (Jaén), por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el centro, por la ampliación de las mismas en un ciclo formativo de formación profesional básica de Servicios administrativos, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 23000091, tiene autorización para impartir doce unidades de educación secundaria obligatoria, seis unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y cuatro en la de Humanidades y ciencias sociales), un ciclo formativo de formación profesional básica de Fabricación y montaje, cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión administrativa, uno de Electromécanica de vehículos automóviles, uno de Instalaciones eléctricas y automáticas y uno de Cuidados auxiliares de enfermería) y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Administración y finanzas y uno de Automoción).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Jaén y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero (BOE de 5 de marzo), por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia», código 23000091 y domicilio en Avda. de Europa, núm. 1, de Alcalá la Real (Jaén), cuyo titular es la Fundación Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 12 unidades con 360 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias: 2 unidades

Puestos escolares: 70

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades

Puestos escolares: 140

c) Ciclos formativos de formación profesional básica:

Fabricación y montaje:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Servicios administrativos:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

d) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Gestión administrativa:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Electromecánica de vehículos automóviles:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Instalaciones eléctricas y automáticas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Cuidados auxiliares de enfermería:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

e) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Administración y finanzas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Automoción:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Jaén la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de junio de 2017

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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