Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 03/08/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 24 de julio de 2017, por la que se modifican escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria y centros públicos específicos de educación especial, así como colegios públicos rurales.

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El artículo 17 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, establece que la red de los centros a los que resulta de aplicación dicho Reglamento podrá ser modificada por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, en función de la planificación de la enseñanza.

Teniendo en cuenta las propuestas presentadas por las Delegaciones Territoriales de Educación sobre modificación de escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria y centros públicos específicos de educación especial, así como colegios públicos rurales, para el curso 2017/18, y a propuesta, a su vez, de la Dirección General de Planificación y Centros, esta Consejería de Educación

DISPONE

Primero.

1. Modificar la composición jurídica de los centros públicos que figuran en el Anexo de la presente Orden, quedando establecida en los términos recogidos en el mismo.

2. Crear el colegio público rural, código 18014890, por desglose de los colegios de educación infantil y primaria «Ramón y Cajal», código 18007885, de Puebla de Don Fadrique, San Isidoro, código 18007851, de Almaciles, Puebla de Don Fadrique, teniendo sus sedes en las citadas localidades.

3. Crear el colegio público rural, código 23009501, por desglose de los colegios de educación infantil y primaria «San José de Calasanz», código 23000738, de Arquillos, «José Antonio», código 23000751 de Porrosillo, Arquillos y «San Isidro», código 23005852, de Guadalén, Vilches, teniendo sus sedes en las citadas localidades.

4. Crear el colegio público rural, código 23009511, por desglose de los colegios de educación infantil y primaria «Virgen del Pilar», código 23002917, de Guadalimar, Lupión, «La Laguna», código 23601382, de Puente del Obispo, Baeza y «Ntra. Sra. de Lorite», código 23002929, de Lupión, teniendo sus sedes en las citadas localidades.

5. Lo establecido en los puntos 1, 2, 3 y 4 tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2017/18.

Segundo. Cambiar la denominación genérica del colegio público rural «La Florida», código 11603518, pasando a ser colegio de educación infantil y primaria por supresión de la sede de Briole, quedando con una única sede en la localidad de José Antonio. Dicha modificación tiene sus efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2016/17.

Tercero. Al personal funcionario de carrera con destino definitivo que, en su caso, pudiera resultar afectado como consecuencia de la planificación educativa o de las necesidades vinculadas a modificaciones del sistema educativo, le será de aplicación lo establecido en la Orden de la Consejería de Educación de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de julio de 2017

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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