Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 20/10/2017

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 20 de junio de 2017, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de Recurso de Apelación Civil núm. 370/2016. (PP. 2595/2017).

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NIG: 0401342C20120013009.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelacion Civil 370/2016.

Asunto: 100410/2016.

Autos de: Procedimiento Ordinario 1468/2012.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería.

Negociado: C1.

Apelante: Don Simón Sabio Pérez.

Procuradora: Doña María Nieves Pérez-Templado Martínez.

Apelados: Novedades Agricolas, S.A. y Antonio Martín Martín.

Procuradores: Don Juan José García Torres y doña María del Carmen Sánchez Cruz.

Abogados: Don Gustavo Terrer Mota y doña María Belén Garro Giménez.

EDICTO

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 272/2017

Ilmos. Sr. Presidente: Don Laureano Martínez Clemente.

Magistrados: Don Juan Antonio Lozano López y doña María del Mar Guillén Socías.

En Almería, a veinte de junio de dos mil diecisiete.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el rollo número 370/2016, procedente de los autos de Juicio Ordinario del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería, seguidos con el número 1468/2012, por incumplimiento de un reconocimiento de deuda.

Es parte apelante don Simón Sabio Pérez, representado por la Procuradora doña María Nieves Pérez-Templado Martínez y asistido por Letrado don José Antonio López Santander.

Es parte apelada Novedades Agrícolas, S.A., representada por el Procurador don Juan José García Torres y asistida por el Letrado don Gustavo Ferrer Mota.

Ha sido designado ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Juan Antonio Lozano López, que expresa la opinión de la Sala,

FALLAMOS

Que con estimación del recurso de apelación deducido contra la Sentencia 59/2015, de 26 de febrero, dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia núm. 1, de Almería, en autos 1468/2012, del que deriva la presente alzada.

1. Revocamos la expresada resolución, en el sentido siguiente.

2. Donde dice: «Se tiene por desistido a la parte demandante de la acción ejercitada frente a don Simón Sabio Pérez, sin imposición de costas».

Debe decir: «Se tiene por desistido a la parte demandante de la acción ejercitada frente a don Simón Sabio Pérez, con imposición de costas en este punto al actor».

3. Sin imposición de costas en esta instancia.

Doy fe.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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