Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 21/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de noviembre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 859/2015.

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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 859/2015. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20150009288.

De: Asepeyo Mutua.

Abogado: Don Alfonso Ruiz del Portal Lázaro.

Contra: INSS y TGSS, don David Salguero Gómez y Horus Magnum Hoteles Club, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 859/2015 a instancia de la parte actora Asepeyo Mutua contra INSS y TGSS, don David Salguero Gómez y Horus Magnum Hoteles Club, S.L., sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Sentencia de fecha 3.10.2017 del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando parcialmente la demanda formulada por Asepeyo contra las demandadas, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, don David Salguero Gómez, Horus Magnum Hoteles Club, S.L., debo declarar y declaro a Horus Magnum Hoteles Club, S.L., responsable de las prestaciones derivadas del accidente de trabajo sufrido por la trabajadora don David Salguero Gómez, acordando el abono por parte de dicha entidad a la parte actora de la suma de 863,96 euros y a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social para el caso de insolvencia del empresario en virtud de su condición de continuadores del antiguo Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, absolviendo libremente de los pedimentos de la demanda a don David Salguero Gómez.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Horus Magnum Hoteles Club, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a trece de noviembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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