Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 21/04/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 5 de abril de 2017, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos, por la que se anuncia la información pública y la audiencia a todos aquellos interesados en el Proyecto de Decreto por el que se declaran determinadas Zonas Especiales de Conservación con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde y se modifica la disposición adicional segunda del Decreto 24/2007, de 30 de enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los órganos de gestión y participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada, y en el Proyecto de Orden por la que se aprueban los Planes de Gestión de determinadas ZEC con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde.

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De conformidad con las competencias medioambientales que ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.1.d) de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, y en los artículos 43.3, 45 y 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, en cuanto a la obligación de declarar Zona Especial de Conservación (en adelante ZEC) los Lugares de Importancia Comunitaria aprobados, y a fijar las medidas de conservación necesarias que implicarán adecuados planes o instrumentos de gestión específicos, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha elaborado los siguientes documentos:

- Proyecto de Decreto por el que se declaran determinadas Zonas Especiales de Conservación con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde y se modifica la disposición adicional segunda del Decreto 24/2007, de 30 de enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los órganos de gestión y participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada.

- Proyecto de Orden por la que se aprueban los Planes de Gestión de determinadas ZEC con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde.

Los espacios incluidos son los siguientes:

1. La Serreta de Cabo de Gata (ES6110007).

2. Artos de El Ejido (ES6110014).

3. Punta de Trafalgar (ES6120017).

4. Pinar de Roche (ES6120018).

5. Corrales de Rota (ES6120023).

6. Barrancos del Río Retortillo (ES6130013).

7. Sierra Nevada noroeste (ES6140009).

8. Sierra de Baza norte (ES6140010).

9. Sierra de Castell de Ferro (ES6140011).

10. La Malahá (ES6140012).

11. Acebuchal de Alpízar (ES6150016).

12. Dehesa de Torrecuadros y Arroyo de Pilas (ES6150023).

13. Estribaciones de Sierra Mágina (ES6160009).

14. Río del Viar (ES6180009).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.d) de la Ley 2/1989, de 18 de julio, y en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, el procedimiento de declaración de ZEC debe incluir, necesariamente, trámites de audiencia a interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales afectados y de las organizaciones sin fines lucrativos que persigan el logro de los objetivos de esta Ley.

Por su parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia ambiental, para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, la Administración de la Junta de Andalucía ha de velar por que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración Pública.

Por último, en cuanto la modificación de la disposición adicional segunda del Decreto 24/2007, de 30 de enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los órganos de gestión y participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1.c) (artículo 45, Procedimiento de elaboración de los reglamentos) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometida a información pública y al trámite de audiencia directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.

En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la apertura del trámite de información pública y de audiencia a todos los interesados en el procedimiento del Proyecto de Decreto por el que se declaran determinadas Zonas Especiales de Conservación con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde y se modifica la disposición adicional segunda del Decreto 24/2007, de 30 de enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los órganos de gestión y participación de los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada, y del Proyecto de Orden por la que se aprueban los Planes de Gestión de determinadas ZEC con funciones de conectividad ecológica e infraestructura verde.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar para información pública a todos aquellos interesados en el citado Proyecto de Decreto y en el mencionado Proyecto de Orden.

Los documentos estarán disponibles para su consulta, durante el período de información pública, en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/planesinformacionpublica).

El plazo de presentación de alegaciones será de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

Las alegaciones podrán presentarse:

a) Por escrito en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Avda. de Manuel Siurot, núm. 50, Casa Sundheim, 41071, Sevilla) o en las Delegaciones Territoriales de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y ser dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio o al titular de la Delegación Territorial.

b) Por medios telemáticos, a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, al que se accede a través del Canal de Administración Electrónica en la dirección www.juntadeandalucia.es/medioambienteyordenaciondelterritorio, en los términos previstos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de los procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet).

Dicha presentación podrá efectuarse durante las veinticuatro horas, originándose la consignación electrónica de hora y fecha, que respecto a esta última producirá los mismos efectos que el procedimiento administrativo establece para el cómputo de términos y plazos. A estos efectos, las personas interesadas deberán disponer de la correspondiente firma electrónica reconocida, regulada en el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica o del sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad, de conformidad con los artículos 14 y 15 de la Ley 11/2007.

Sevilla, 5 de abril de 2017.- El Director General, Francisco Javier Madrid Rojo.

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