Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación

Resolución de 10 de mayo de 2017, de la Dirección General de Innovación, por la que se convocan plazas para realizar estancias de inmersión lingüística para el profesorado con destino en los Centros Públicos Bilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Muchos son los motivos que avalan la necesidad de fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras. Razones de tipo cultural, educativo, político y económico han llevado al Consejo de Europa a plantear como objetivo para el conjunto del alumnado el conocimiento de dos lenguas extranjeras y a proponer el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), así como el Portfolio Europeo de las Lenguas (PEL), como documentos que promueven y favorecen el plurilingüismo, la diversidad cultural y la movilidad en Europa.

En este contexto, la Ley de Educación de Andalucía presta especial atención a la enseñanza de las lenguas extranjeras a través de diferentes medidas tales como la iniciación temprana a un idioma extranjero en la educación infantil, su generalización en primaria y la inclusión de un segundo idioma en primaria y educación secundaria obligatoria.

Pero además de la introducción temprana y del tiempo dedicado al aprendizaje, existe otro factor fundamental para garantizar la calidad del aprendizaje. Una enseñanza eficaz de las lenguas extranjeras requiere necesariamente una buena formación inicial y permanente del profesorado.

Asimismo, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprueba, el 24 de enero de 2017, el Plan Estratégico de Desarrollo de las Lenguas en Andalucía (PEDLA) en el que se contemplan diversas medidas, entre las que destacan la formación del profesorado mediante el desarrollo de acciones de inmersión lingüística del profesorado de centros bilingües.

Teniendo en cuenta que la enseñanza bilingüe es un objetivo fundamental de esta Consejería de Educación, cobra especial relevancia la formación del profesorado que tiene que impartirla. A estos efectos se orienta la Orden de 8 de mayo de 2009, por la que se regulan las estancias de inmersión lingüística para el profesorado con destino en los Centros Públicos Bilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2009 (BOJA núm. 98, de 25 de mayo) que previene que anualmente, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de centros bilingües, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se realizará la convocatoria de las estancias reguladas en esta Orden, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias existentes. Dicha convocatoria establecerá la duración de las estancias, el número y la distribución de las plazas, los lugares de realización, el baremo, los gastos que la Dirección General competente en materia de centros bilingües considere que deben ser financiados, así como el plazo de presentación de solicitudes.

En su virtud, de conformidad con las competencias que tiene atribuidas por Orden de 8 de mayo de 2009, esta Dirección General de Innovación,

RESUELVE

Primero. Objeto y finalidades de la convocatoria.

1. La presente Resolución tiene como objeto la convocatoria de plazas para realizar estancias de inmersión lingüística para el profesorado con destino en los Centros Públicos Bilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Las estancias de inmersión lingüística tienen como finalidad:

a) Sensibilizar sobre la significación de la dimensión plurilingüe de la educación y mejorar las competencias de comunicación en tres de las principales lenguas utilizadas en la Unión Europea.

b) Poner en práctica la lengua inglesa, francesa o alemana en un entorno real que les proporcione una mayor fluidez en el uso de dichos idiomas.

c) Conocer y explorar diversos enfoques metodológicos para la enseñanza de áreas no lingüísticas en inglés, francés o alemán en un clima de inmersión lingüística que además permita mejorar la competencia comunicativa en dichos idiomas, todo ello para alcanzar una mayor calidad de la enseñanza ofrecida en los centros educativos públicos bilingües.

Segundo. Plazas, modalidades y lugares de celebración de las estancias.

1. Se ofertan 221 plazas, que se distribuyen en dos modalidades:

a) Modalidad A: 150 plazas para estancias de inmersión lingüística de dos semanas de duración a desarrollar en Andalucía y a celebrar del 17 al 28 de julio de 2017 en régimen de internado, en grupos de un máximo de 15 alumnos y alumnas, en cuatro sedes, con la siguiente distribución: 110 plazas para inglés, a celebrar en las cuatro sedes, 30 plazas para francés a celebrar en una sola sede y 10 plazas para alemán a celebrar en una sola sede. Se trata de cursos de inmersión lingüística en lengua inglesa, francesa o alemana.

b) Modalidad B: 71 plazas para estancias formativas en el extranjero para la realización de cursos de actualización metodológica para la impartición de áreas no lingüísticas impartidas en lengua inglesa, francesa o alemana, de tres semanas de duración a celebrar del 6 al 26 de agosto de 2017 que se distribuyen de la siguiente forma: 53 plazas para el curso de inglés, a celebrar en Reino Unido e Irlanda, 13 plazas para el curso de francés a celebrar en Francia y 5 plazas para el curso de alemán a celebrar en Alemania.

2. Todos los cursos incluyen gastos de matrícula, alojamiento y manutención en régimen de pensión completa.

Tercero. Características de los cursos de cada modalidad

a) Modalidad A:

1. Cada grupo dispondrá de profesorado nativo que rotará diariamente, así como de un auxiliar de conversación por cada grupo, que participarán con estos en las actividades establecidas, las comidas y otras actividades de tiempo libre.

2. Cada grupo estará formado por un máximo de 15 alumnos y alumnas.

3. El contenido del curso será fundamentalmente oral. Incluirá sesiones de conversación individual con el profesorado que recibe la formación.

4. Se les facilitará a los participantes el material didáctico necesario para el seguimiento del curso.

5. Al finalizar el curso, y tras la presentación de una memoria de las actividades desarrolladas y la valoración de las mismas, las personas participantes recibirán una certificación de asistencia de 80 horas de formación. La citada memoria será remitida a la Dirección General de Innovación en el plazo no superior a un mes, una vez finalizada la estancia formativa.

6. Correrán por cuenta de los participantes seleccionados los gastos de desplazamiento hasta la sede del curso que les sea asignada.

b) Modalidad B:

1. El alumnado estará integrado en grupos de un máximo de 12 participantes, preferentemente de diversas nacionalidades.

2. Las cursos tendrán una duración mínima de 20 horas a la semana de formación académica y clases prácticas, así como actividades extralectivas.

3. Al finalizar el curso, y tras la presentación de una memoria de las actividades desarrolladas y la valoración de las mismas, las personas participantes recibirán una certificación de asistencia de al menos 60 horas formación. La citada memoria será remitida a la Dirección General de Innovación en el plazo no superior a un mes, una vez finalizada la estancia formativa.

4. Todas las estancias en el extranjero incluyen el traslado en avión desde el aeropuerto de salida ubicado en Andalucía que se designe hasta el lugar de realización del curso, ida y vuelta, así como el traslado desde el aeropuerto de destino al lugar de realización del curso. No incluyen el traslado desde el domicilio del profesorado seleccionado al aeropuerto nacional que se designe, ni el traslado desde el aeropuerto a su domicilio.

Cuarto. Personas destinatarias y requisitos.

1. Podrán solicitar estas plazas las funcionarias y los funcionarios de carrera en activo en centros públicos bilingües que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Pertenecer al cuerpo docente de Maestros, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional.

b) Estar impartiendo docencia directa en el aula, en un área, ámbito, materia, o módulo profesional no lingüísticos en los idiomas extranjeros objeto de esta convocatoria, al alumnado de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato o Formación Profesional (ciclos formativos de grado medio o superior), en un centro docente público bilingüe dependiente de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Todos los requisitos señalados en el apartado anterior deberán poseerse en el momento de presentación de las solicitudes y mantenerse hasta la finalización de las estancias de inmersión lingüística.

Quinto. Cumplimentación y presentación de la solicitud.

1. Las personas interesadas deberán cumplimentar el formulario de solicitud que facilitará la Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho formulario se deberá cumplimentar, firmar y presentar electrónicamente a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto.

2. Los candidatos y las candidatas una vez que accedan al formulario de solicitud deberán proceder a la autobaremación de sus méritos cumplimentando el apartado destinado al efecto, todo ello conforme al baremo establecido en el Anexo de esta convocatoria. Los méritos alegados y autobaremados serán comprobados por la Administración Educativa.

3. La solicitud deberá ir acompañada, salvo en el caso de las personas solicitantes que ya lo tengan reconocido por la administración educativa, copia o copias de los certificados de asistencia o participación en acciones formativas directamente relacionadas con las lenguas extranjeras, según el apartado tres del Anexo.

4. Sólo se podrá participar en una modalidad de estancia.

5. En el supuesto de que se presentara, durante el plazo establecido, más de una solicitud de participación en la presente convocatoria, sólo se entenderá válida la última instancia registrada. Asimismo, no serán válidas las solicitudes presentadas para idiomas distintos al que imparta la persona solicitante en su centro.

6. Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara la documentación preceptiva, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.

Sexto. Plazo de presentación.

La solicitud y la documentación a los que se hace referencia en los apartados anteriores deberán presentarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Órgano de instrucción.

Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Innovación la competencia para la instrucción del procedimiento de adjudicación de plazas y cuantas actuaciones se estimen necesarias para su resolución.

Octavo. Comisión de selección.

1. La composición de la Comisión de selección de las personas participantes será la prevista en el artículo 7.1 de la Orden de 8 de mayo de 2009.

2. Las funciones de la Comisión de selección serán las contempladas en el artículo 7.2 de la Orden citada en el punto anterior.

3. La Comisión se constituirá previa convocatoria de la Presidencia y actuará válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros.

4. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

5. La Comisión se regirá por las disposiciones que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas recogidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 88 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

6. Con objeto de garantizar la composición paritaria de los órganos consultivos y de asesoramiento de la Administración de la Junta de Andalucía, se actuará conforme a lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Noveno. Baremación y adjudicación de plazas.

1. La selección de candidatos y candidatas se realizará atendiendo a la mayor puntuación obtenida por el profesorado participante, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo de la presente convocatoria.

2. La adjudicación de las plazas se hará en régimen de concurrencia competitiva y atendiendo a los criterios de valoración establecidos . Por tanto, no será suficiente para la obtención de plaza reunir todos los requisitos exigidos, sino también obtener un número de orden que sitúe al aspirante dentro del total de plazas convocadas, de acuerdo con el idioma y la modalidad solicitada.

3. La adjudicación de las plazas en cada una de las modalidades de estancias queda condicionada a la contratación de los servicios asociados a la gestión, organización y desarrollo de dichas estancias con las correspondientes empresas.

4. En el supuesto de que alguna de las personas candidatas seleccionadas tuviera, por causas de fuerza mayor, que renunciar a su participación deberá comunicarlo de manera inmediata a la Dirección General de Innovación. Las plazas que puedan quedar vacantes, como consecuencia de las renuncias que se presenten, serán adjudicadas siguiendo el orden de puntuación y según la modalidad e idioma correspondientes de los candidatos y candidatas en reserva.

Décimo. Resolución de la convocatoria.

1. La Comisión de Selección, finalizado el proceso de valoración, hará público, en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y, a los meros efectos informativos, en la página web de la Consejería de Educación en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/educacion, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el listado de candidaturas baremadas que, por reunir los requisitos de participación, resulten admitidas, con expresión de las valoraciones otorgadas en los distintos apartados del baremo y la puntuación total, ordenadas de mayor a menor puntuación, y de aquellas que resulten excluidas, con indicación de las causas de exclusión.

2. Contra este listado las personas interesadas podrán presentar reclamación en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su publicación.

3. Estudiadas las reclamaciones, y efectuadas las rectificaciones que procedan, la Comisión de selección elevará a la Dirección General de Innovación la propuesta de resolución, con expresión de las personas seleccionadas, el idioma y la modalidad adjudicadas, que en ningún caso podrá superar el número de plazas convocadas; la relación definitiva de las personas no seleccionadas, que quedarán ordenadas de acuerdo con sus puntuaciones; y la relación definitiva de personas excluidas, con indicación de la causa de exclusión, declarándose desestimadas las reclamaciones no recogidas en estas relaciones.

4. El plazo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de tres meses a contar desde la fecha de terminación del plazo de presentación de las solicitudes.

5. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestatívamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Undécimo. Obligaciones de las personas beneficiarias.

1. Las personas beneficiarias estarán sujetas a las siguientes obligaciones:

a) Aceptar todas las bases de esta convocatoria y realizar los cursos de acuerdo con las normas fijadas en ésta, así como las que la Dirección General de Innovación establezca para el desarrollo de los mismos.

b) Cumplir con aprovechamiento el periodo de realización de los cursos y participar en todas las actividades programadas, tanto formativas como culturales.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, evaluación y control que realice la Dirección General de Innovación, así como cumplimentar los documentos que, al efecto, les sean requeridos.

d) Adaptarse y respetar horarios y costumbres del lugar donde se celebre la estancia, así como las normas de la Escuela.

2. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la revocación de la plaza concedida y a la exclusión de la persona participante del curso adjudicado.

Duodécimo. Aceptación de las bases.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Decimotercero. Financiación.

El importe máximo de esta convocatoria es de 408.400 euros y se imputará con cargo los créditos de la partida presupuestaria 1100180330 G/54C/22709/00 S0581.

Decimocuarto. Contratación de servicios.

La gestión, organización y desarrollo de estas estancias se llevarán a cabo por empresas con la debida cualificación para gestionar estas actividades, contratadas a tal efecto por la Consejería de Educación. Éstas se ocuparán de aportar los recursos materiales y humanos necesarios para su desarrollo, así como de la contratación de la oportuna póliza de seguro qué de cobertura a las personas participantes.

Decimoquinto Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, en el plazo de un mes a partir de la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 10 de mayo de 2017.- El Director General de Innovación, Pedro Benzal Molero.

ANEXO

BAREMO
PUNTOS
1. Experiencia docente en centros bilingües (hasta un máximo de 10 puntos).
- Por cada año de servicio en los cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de F.P. (excepto de especialidades de lengua extranjera) impartiendo materias, áreas o módulos no lingüísticos en los idiomas extranjeros objeto de esta convocatoria, en una modalidad de enseñanza bilingüe de un centro público dependiente de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. 1
- Las fracciones de meses completos computarán. 0,08
2. Por cada año de servicios efectivos prestados en la situación de servicio activo como funcionario de carrera (hasta un máximo de 5 puntos). 0,50
- Las fracciones de meses completos computarán. 0,04
3. Por participación en actividades formativas directamente relacionadas con las lenguas extranjeras (hasta un máximo de 3 puntos).
- Por cada 10 horas. 0,3
4. No haber participado en las convocatorias anteriores del Programa estancias de Inmersión Lingüística para el Profesorado con destino en los Centros Públicos Bilingües. 7

5. Criterios de desempate:
En el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo conforme al orden en que aparecen en el mismo. De resultar necesario, se utilizarán como criterios de desempate el año en el que se convocó el Procedimiento Selectivo a través del cual se ingresó en el Cuerpo y la puntuación, o en su caso orden, con que resultó seleccionado/a.

*A los efectos del apartado 1 y 2 del baremo se computará el presente curso académico como curso completo.

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