Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 19/11/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Extracto de la Resolución de 12 de noviembre de 2020, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras para la contratación laboral de jóvenes investigadores y de personal técnico y de gestión de la I D, con titulación universitaria o de formación profesional, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

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El Programa Operativo de Empleo Juvenil, que se desarrolla en el marco del Fondo Social Europeo (FSE), es el principal instrumento por el que se implanta la Iniciativa de Empleo Juvenil y se ponen en marcha los sistemas de Garantía Juvenil, con el fin último de combatir el altísimo desempleo de las personas jóvenes, entre ellas, aquellas que han finalizado su etapa formativa y tienen dificultades para encontrar un primer empleo. La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modificada por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, regula, entre otras materias, el régimen de implantación del Sistema de Garantía Juvenil en España, con la intención de reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales del colectivo formado por personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación.

Entre las acciones a financiar en el Programa Operativo de Empleo Juvenil se incluye la de «Fomento del empleo para jóvenes investigadores/as», con respecto a la cual se recoge lo siguiente: «Se establecerán medidas de apoyo a la contratación de los jóvenes investigadores, así como para apoyar proyectos de alto valor añadido y aplicación práctica en Universidades, Organismos Públicos de Investigación y Departamentos de I+D+i de las Empresas. Estas medidas estarán destinadas, prioritariamente, a jóvenes con niveles medios y altos de cualificación».

Para contribuir a la consecución de este objetivo, la Universidad de Granada convoca un total de 198 contratos de jóvenes investigadores y de personal técnico y de gestión de la I+D, con titulación universitaria o de formación profesional, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria. El coste de dicha contratación se financia con incentivos procedentes de Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía y de la Unión Europea con los recursos de la Iniciativa de Empleo Joven del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo por importe de 9.854.547 euros.

Con objeto de cumplir con el requisito de publicidad inherente a todo proceso de selección financiado con fondos públicos, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la web de la Universidad de Granada:

http://investigacion.ugr.es/pages/personal/empleojoven2020

Primero. Objeto.

1. El objeto de la presente resolución es aprobar las bases reguladoras y el proceso selectivo para la formalización de 198 contratos dirigidos a titulados universitarios (Graduados, Licenciados, Diplomados, Ingenieros, Ingenieros Técnicos o Arquitectos) o titulados en formación profesional, en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado, conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

2. La duración de los contratos será de 12 meses pudiendo ser prorrogados por otro periodo de 12 meses. Su distribución, la titulación o titulaciones y en su caso formación específica exigida y las condiciones y descripción de la actividad a realizar es la que figura para cada una de las plazas ofertadas en el Anexo I de la convocatoria.

Segundo. Requisitos de las personas solicitantes.

Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos en el periodo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse en el momento de la formalización del correspondiente contrato laboral:

1. Requisitos generales.

a) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, conforme a los requisitos y al procedimiento establecido en los artículos 97 y 98 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, en su modificación dada por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre. En el momento de la firma de los contratos, los solicitantes deberán aportar certificado actualizado que acredite su condición de beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

2. Requisitos específicos.

a) Estar en posesión de la titulación requerida para el puesto que se solicita y en su caso de los requisitos de formación específica que se incluyen en determinadas plazas ofertadas, de acuerdo las especificaciones contenidas el Anexo I de la convocatoria para cada una de las plazas. En el supuesto de plazas que constan de varias titulaciones de acceso, sólo será preciso acreditar la posesión de una de ellas.

Tercero. Presentación, revisión y subsanación de solicitudes.

El plazo de presentación en el registro de las solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, finalizando a las 23:59 horas inclusive, del último día de plazo.

La documentación y procedimiento de presentación y registro de las solicitudes, al igual que el procedimiento de revisión y subsanación de las solicitudes presentadas, se atendrá a lo establecido en las bases de la convocatoria, disponible en la dirección indicada en el apartado segundo.

Cuarto. Criterios de evaluación.

La puntuación máxima a obtener por las personas candidatas será de 10 puntos. La Comisión de Valoración seleccionará al personal candidato conforme a la siguiente ponderación de méritos:

Criterio de Valoración: Expediente académico.

Ponderación: 100%.

La descripción completa del criterio de evaluación se regula en el apartado cuarto de la resolución de convocatoria.

Granada, 12 de noviembre de 2020.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

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