Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 13 de enero de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2022 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Contratos de Transferencia de Investigación (art. 83 LOU).

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La Universidad de Granada convoca a concurso público contratos de personal investigador y técnico adscritos a Contratos de Transferencia de Investigación (art. 83 LOU), en adelante «Contratos de Transferencia» durante el año 2022 con el calendario que figura como anexo a esta resolución, y con arreglo a las siguientes

BASES GENERALES

1. Plazas ofertadas.

En cada convocatoria, se incluirán como anexos las plazas ofertadas por los investigadores principales de «Contratos de Transferencia» de la Universidad de Granada, de acuerdo con el procedimiento establecido en las Instrucciones aprobadas por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia que están disponibles en la dirección de internet http://otri.ugr.es/contratacion_personal.

Las convocatorias se regirán tanto por las bases reguladoras establecidas en la presente resolución como por las condiciones específicas que figuren contenidas en los anexos de las plazas ofertadas.

2. Comunicaciones con los interesados.

La publicación de las listas provisionales y definitivas de las personas solicitantes admitidas para participar en los concursos, así como las resoluciones definitivas de los contratos ofertados, se harán públicas en la web de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, en adelante OTRI, disponible en la dirección de Internet http://otri.ugr.es/contratacion_personal.

Adicionalmente, cada persona solicitante podrá acceder a través del acceso personal de que dispone en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a las calificaciones detalladas que ha obtenido en el concurso.

Las fechas de publicación de estas resoluciones en la web serán determinantes para el cómputo de plazos de presentación de las alegaciones y recursos que procedan por parte de las personas interesadas.

La presentación de alegaciones y recursos en las distintas fases del procedimiento, así como las notificaciones a las personas interesadas del resultado de sus alegaciones y recursos, se realizarán a través del sistema de notificaciones de la sede electrónica de la Universidad de Granada. A tal efecto, las personas interesadas deberán disponer de una Dirección electrónica en la sede electrónica de la Universidad de Granada. De no disponer de dicha dirección electrónica, deberán darse de alta en la dirección web: https://hermes.ugr.es/Hermes/Inicio.do

Para ello deberán disponer bien de Acceso identificado de la UGR, DNI Electrónico o un Certificado Electrónico emitido a su nombre. Para las personas que no puedan disponer de medios electrónicos de identificación personal, las comunicaciones se realizarán a través acceso al gestor de solicitudes con clave concertada disponible en la dirección http://investigacion.ugr.es.

3. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos detallados en el anexo correspondiente.

4. Requisitos de los solicitantes.

Relativos a la nacionalidad.

No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del «Contrato de Transferencia», sólo se perfeccionará cuando obtengan el permiso que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones reglamentarias de aplicación.

Titulación.

Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los anexos de cada convocatoria.

En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados que hayan sido expedidos en países fuera de la Unión Europea y a efectos de su admisión en el concurso estos deberán estar traducidos al español o inglés. La denominación del título extranjero deberá coincidir con el exigido en el anexo de la convocatoria. En el supuesto de que no exista coincidencia en la denominación del título, pero se trate de una titulación oficial de igual nivel académico, la comisión evaluadora determinará mediante informe motivado la adecuación de la titulación del solicitante para el desempeño las tareas objeto del contrato.

5. Modalidad del contrato y régimen de incompatibilidades.

Los contratos serán para la realización de un proyecto de investigación específico, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la legislación laboral vigente que resulten adecuadas al objeto del mismo.

El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Granada ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

6. Cuantía y dedicación del contrato.

La cuantía y dedicación de los contratos será la especificada en cada uno de los anexos. El contrato implicará además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Las cuantías contempladas en los distintos anexos podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.

Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas en 12 mensualidades anuales, en las que se incluye prorrateada mensualmente la parte proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará la indemnización que corresponda para los contratos de obra o servicio determinado a la finalización del contrato que se prorrateará mensualmente:

Doctorado: 1.800 euros/mes.

Grado, Licenciatura, Ingeniería: 1.482 euros/mes.

F.P. Grado Superior/Estudiantes Grado: 1.350 euros/mes.

7. Efectos del contrato.

Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen. Las fechas de inicio de la prestación que puedan establecer las Comisiones de Valoración en las propuestas de concesión, serán estimativas y carecerán de vinculación jurídica para la Universidad de Granada. La firma del contrato y posterior incorporación efectiva podrá demorarse un máximo de 6 meses a petición del investigador responsable o por aplicación de las normas para la contratación de personal investigador o técnico que establezca la Universidad de Granada.

8. Duración del contrato.

La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria, será la establecida en el correspondiente anexo, que en ningún caso podrá exceder la duración del «Contrato de Transferencia» al que se adscribe.

9. Obligaciones del trabajador.

Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

10. Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en 2 etapas.

1. Generación del impreso de solicitud.

Los candidatos deberán presentar su solicitud en el formulario disponible en la web de la OTRI, a partir del día previsto para la publicación en la dirección http://otri.ugr.es/contratacion_personal, dentro de los plazos establecidos en el Anexo I de la presente resolución.

A la solicitud se anexará en formato .pdf la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea.

- Fotocopia del título exigido en el correspondiente anexo.

- Certificación o copia del expediente académico detallado de la titulación exigida, excepto en el caso que el título exigido en la convocatoria sea de doctorado.

2. Presentación y registro de las solicitudes a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada.

Finalizada la cumplimentación telemática del formulario, generarán la hoja de solicitud y deberán presentarla y registrarla en la sede electrónica de la Universidad de Granada, en el procedimiento electrónico ‹‹OTRI: Contratos de transferencia para personal Investigador››, que está disponible en la página web:

https://sede.ugr.es/procs/OTRI-Contratos-de-Transferencia-para-personal-investigador/

Este procedimiento será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE.

Como excepción, para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España, se admitirá la presentación de la solicitud por cualquiera de las modalidades previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo máximo de resolución del procedimiento selectivo será de seis meses.

La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para el tratamiento de los datos con la finalidad de la resolución de la convocatoria, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el consentimiento para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información sobre circunstancias de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.

La presentación en el concurso implica la declaración de que los documentos y méritos aportados son ciertos, pudiendo la Universidad de Granada solicitar en cualquier momento previo o posterior a la evaluación de las solicitudes la aportación de la documentación original acreditativa. La no aportación de la documentación requerida o la comprobación de las existencias de falsedades en la documentación o méritos aportados, facultará a la Universidad de Granada para iniciar las acciones legales que considere oportunas contra la persona solicitante y en su caso la rescisión del contrato en el supuesto de que hubiera sido adjudicado.

11. Revisión y subsanación de solicitudes.

La OTRI será la encargada de la revisión administrativa de las solicitudes presentadas. En la página web de la OTRI (https://otri.ugr.es/) se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de 5 días hábiles desde dicha publicación para que los interesados subsanen los defectos, aporten la documentación requerida o presenten las alegaciones que estimen pertinentes. Los solicitantes que no aporten la documentación requerida o subsanen los defectos se considerarán desistidos de su solicitud.

Posteriormente se publicará en la citada web la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitiéndose los expedientes a las Comisiones de Valoración para la resolución de los concursos.

12. Comisiones evaluadoras de las solicitudes.

Cada anexo de la convocatoria hará pública la Comisión Evaluadora, que estará constituida por tres personas expertas en el área correspondiente y de titulación igual o superior a la plaza convocada, a propuesta de la persona responsable del «Contrato de Transferencia».

En la constitución de las Comisiones Evaluadoras deberá respetarse el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

13. Criterios de valoración.

La Comisión valorará como criterio de carácter general el expediente académico, excepto en las plazas en que la titulación exigida sea el doctorado.

Los criterios específicos de valoración de cada convocatoria se recogerán en cada uno de los anexos y podrán incluirse entre otros, el currículum investigador, la experiencia profesional y la formación específica relacionada con los requisitos de la plaza ofertada. Igualmente podrán preverse valoraciones a través de entrevistas con las personas candidatas. Las comisiones evaluadoras podrán no valorar aquellos méritos indicados en el currículum que carezcan de justificación documental.

14. Resolución y publicación.

El resultado de las valoraciones se hará público en la página web de la OTRI, especificando la fecha de publicación, dentro de los tres días siguientes a la comunicación por las Comisiones Evaluadoras a dicha Oficina del resultado de la resolución de los concursos.

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierto el concurso cuando el currículum de las personas candidatas no se adecue a las funciones a desarrollar dentro del «Contrato de Transferencia» al que se adscriban.

Las personas solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan relacionadas como suplentes en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada transcurrido un mes desde la publicación en la web del acta y hasta tres meses después, siempre que no se haya interpuesto recurso administrativo y/o judicial contra la propuesta. La documentación que no se retire en dicho plazo, será destruida.

15. Cofinanciación con cargo a FEDER.

Los contratos ofertados podrán estar cofinanciados con Ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por el Plan Nacional de Recuperación y Resilencia, por el Fondo Social Europeo u otras ayudas. En estos casos, el contrato recogerá expresamente dicha cofinanciación para su publicidad y conocimiento por las personas beneficiarias.

16. Recursos.

Contra las propuestas de las Comisiones Evaluadoras que, que de acuerdo con el 84.2 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011) no agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Rectora de la Universidad de Granada en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17. Tramitación de urgencia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda la tramitación de urgencia del presente procedimiento de selección, por la cual se reducen a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. Esta medida se adopta por razones de interés público, en concreto para la correcta ejecución y justificación de los fondos europeos y del Plan Nacional de Recuperación y Resilencia que financian los proyectos de investigación que convocan las plazas, con plazos de ejecución y justificación muy cortos que requieren de un proceso selectivo que garantizando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, responda a su vez al principio de celeridad.

Contra la presente resolución que, de acuerdo con el artículo 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el BOJA, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 112.1 , 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 13 de enero de 2022.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

ANEXO

CALENDARIO DE PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIAS PARA EL AÑO 2022

Convocatorias Inicio del plazo de presentación
de solicitudes
Fin del plazo de presentación
de solicitudes
Enero 13/01/2022 20/01/2022
Enero 24/01/2022 31/01/2022
Febrero 03/02/2022 10/02/2022
Febrero 14/02/2022 21/02/2022
Febrero 23/02/2022 02/03/2022
Marzo 04/03/2022 11/03/2022
Marzo 15/03/2022 22/03/2022
Marzo 29/03/2022 05/04/2022
Abril 19/04/2022 26/04/2022
Abril 28/04/2022 05/05/2022
Mayo 10/05/2022 17/05/2022
Mayo 19/05/2022 26/05/2022
Mayo 30/05/2022 06/06/2022
Junio 08/06/2022 15/06/2022
Junio 21/06/2022 28/06/2022
Junio 30/06/2022 07/07/2022
Julio 08/07/2022 15/07/2022
Julio 13/07/2022 25/07/2022
Septiembre 12/09/2022 19/09/2022
Septiembre 21/09/2022 28/09/2022
Octubre 03/10/2022 10/10/2022
Octubre 13/10/2022 20/10/2022
Octubre 28/10/2022 01/11/2022
Noviembre 03/11/2022 10/11/2022
Noviembre 14/11/2022 21/11/2022
Noviembre 23/11/2022 30/11/2022
Diciembre 12/12/2022 09/12/2022

En el supuesto de que incidencias informáticas impidiesen la publicación de las convocatorias en la dirección web en las fechas indicadas, podrá acordarse el aplazamiento de la convocatoria o una ampliación del plazo de presentación de solicitudes mediante resolución motivada de la Oficina de Transferencia de los Resultados de la Investigación.

Igualmente, las fechas de publicación previstas en este anexo podrán aplazarse por resolución motivada de la citada Oficina, que deberá ser publicada antes del plazo inicialmente establecido para la publicación de la convocatoria.

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