Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 14/08/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Orden de 8 de agosto de 2025, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para programas en el ámbito de personas mayores (Línea 14), convocada para el ejercicio 2025, mediante Orden de 21 de mayo de 2025.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00324879.

Mediante Orden de 21 de mayo de 2025, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA núm. 101, de 29 de mayo de 2025), se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería para el ejercicio 2025, para las Líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas, la Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores, con los importes que a continuación se especifican, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Denominación de la Línea Partidas presupuestarias Cuantía máxima
(en euros)
Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores. 1800011000 G/31R/48803/00 01 1800011000 G/31R/46301/00 01 86.949,60
191.158,12
Total: 278.107,72

No obstante, la referida Orden de 21 de mayo de 2025, recoge en su dispositivo decimonoveno que la presente convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional máxima de 55.000,00 euros en la Línea 14, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.

Una vez aprobada la modificación de crédito destinada a ampliar con una cuantía adicional la convocatoria de esta línea de subvención con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar las dotaciones presupuestarias destinadas a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.

Por otro lado, en el dispositivo decimoquinto de la referida orden se distribuye el crédito disponible en atención a los ámbitos territoriales y funcionales de actuación correspondientes a la Línea 14.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el dispositivo decimonoveno de la Orden de 21 de mayo de 2025 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

DISPONGO

Primero. Dar publicidad, con carácter previo a las resoluciones de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible en la Línea, importes y ámbitos de competitividad que a continuación se detallan, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente:

Denominación de la Línea Partidas presupuestarias Incremento de crédito
(en euros)
Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores. 1800011000 G/31R/48803/00 01 1800011000 G/31R/46301/00 01 53.869,41
0
Total: 53.869,41

En cuanto al crédito adicional de la Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores, a continuación se detalla la distribución territorial del mismo:

Almería 3.893,07
Cádiz 7.576,89
Córdoba 6.406,42
Granada 5.986,74
Huelva 3.098,77
Jaén 4.293,26
Málaga 10.782,39
Sevilla 11.831,87
Total 53.869,41

(Cifras en euros)

Con todo ello, la nueva dotación máxima resultante para esta línea de subvención pasa a ser la siguiente:

Denominación de la Línea Partidas presupuestarias Cuantía máxima
(en euros)
Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores. 1800011000 G/31R/48803/00 01 1800011000 G/31R/46301/00 01 140.819,01
191.158,12
Total: 331.977,13

Segundo. La dotación máxima de la Línea 14. Subvenciones institucionales para programas en el ámbito de las personas mayores ascenderá, por tanto, a la cuantía de 331.977,13 euros, con la siguiente distribución territorial y funcional, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025:

Institucional privado Institucional público
Almería 10.125,14 14.309,03
Cádiz 19.821,93 27.313,18
Córdoba 16.740,96 17.646,82
Granada 15.636,25 21.699,86
Huelva 8.034,35 11.505,13
Jaén 11.178,57 17.721,77
Málaga 28.259,65 38.628,80
Sevilla 31.022,16 42.333,53
Total 140.819,01 191.158,12

(Cifras en euros)

Sevilla, 8 de agosto de 2025

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad
Descargar PDF