Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 15/09/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 9 de septiembre de 2025, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), por la que se formaliza la convocatoria para la cobertura del puesto de Dirección de Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos.

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El artículo 13.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas, manifiesta que:

«1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.

2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.»

A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, determina que «es personal directivo de las Agencias Públicas Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía».

Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de Andalucía, establece que el personal directivo de las agencias es el que ocupa los puestos de trabajo determinados como tales en los estatutos de estas, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas a ellos asignadas.

El régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el mismo sentido se pronuncia el artículo 25 de la Ley de Presupuestos y el artículo 5.2 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, establece que son órganos de gestión: la Subdirección General, la Secretaría General, las Gerencias Provinciales y la estructura directiva de que se dote la Agencia.

En virtud de cuanto antecede y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de la Dirección Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos de la Agencia.

Segundo. Aprobar las bases por las que se regulará la citada convocatoria y que serán las siguientes:

BASES

1. Normas generales.

Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección, para la Dirección Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos, en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA, y cuyo perfil profesional se indica seguidamente al amparo de lo previsto en los Estatutos de la entidad.

Denominación: Dirección Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos.

Descripción del puesto y atribuciones principales:

Sus funciones consistirán en diseñar, proponer y dirigir las políticas de actuación en base a los objetivos estratégicos, y su alineación con las estrategias de innovación de la Junta de Andalucía. Será responsable de la gestión del patrimonio no financiero de la Agencia. Asimismo, será garante del cumplimiento de las normativas de aplicación que afecten a sus ámbitos competenciales, así como de la ejecución presupuestaria de su ámbito de responsabilidad, garantizando la calidad y eficiencia del servicio que se presta mediante la gestión del equipo humano de su Dirección.

Las funciones a desarrollar se establecen en el artículo 35.5 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifican los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados en el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, «Las personas directivas desempeñarán las funciones que tengan asignadas, con carácter de responsabilidad profesional, personal y directa, sobre la gestión desarrollada, si bien sometidas al control y evaluación de su gestión por la Dirección General». Así como, en el apartado 6 describe que «las personas directivas actuarán bajo dependencia funcional de la Dirección General en el desarrollo y ejecución de las funciones propias de sus cargos, sin perjuicio de las competencias del resto de órganos de gobierno y gestión de la Agencia».

Régimen laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 25 de la Ley 7/2024 de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, y en la normativa de general y particular aplicación.

La duración de la relación laboral estará vinculada a la liquidación y/o extinción de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, quedando automáticamente extinguido, sin que, en ningún caso, exista derecho a la subrogación del contrato de alta dirección a la Agencia Empresarial para la Transformación y Desarrollo Económico TRADE.

La retribución para este puesto directivo será de 68.555,45 euros brutos anuales, incluyendo las retribuciones básicas, así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo de la Comunidad Autónoma Andaluza, asimismo, y según refleja el artículo 25.2 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, las retribuciones del personal al que se refiere este artículo, tendrán como límite las que se determinen mediante acuerdo de Consejo de Gobierno.

El centro de trabajo estará ubicado en la ciudad de Sevilla, en calle Leonardo da Vinci, 17 A, 41092 Sevilla.

La incorporación de la candidatura que supere el proceso de selección deberá ser inmediata, una vez finalizado íntegramente el proceso de selección y emitida resolución de adjudicación por el Director General de la Agencia IDEA.

2. Requisitos mínimos.

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, los siguientes requisitos mínimos:

a) Poseer titulación Universitaria Oficial de Licenciatura o Grado en Ciencias Económicas, Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Arquitectura o cualquier Ingeniería relacionada con la materia. La titulación deberá estar expedida por el Ministerio de Educación, o bien se deberá acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

b) Un mínimo de cinco años de experiencia en el desempeño de funciones directivas y un mínimo de tres años de experiencia en el ámbito del sector público.

c) No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

d) Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. Aspectos a valorar.

La convocatoria dispondrá de un Comité Calificador, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 7/2024, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025; la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá exclusivamente a este Comité Calificador, el cual estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Dicho comité valorará a las candidaturas que cumplan los requisitos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

a) Experiencia en participación de órganos de gobierno societarios y en el ejercicio de competencias en Consejos Administración de entidades.

b) Experiencia en gestión de expedientes de contratación pública, experiencia en gestión de expedientes de dominio público, licitaciones, ofertas públicas de venta y arrendamiento.

c) Experiencia en control económico-financiero y auditoría.

d) Experiencia en gestión patrimonial y/o centros de negocio.

e) Formación jurídica en el ámbito del derecho mercantil, societario y contractual.

f) Formación Post Grado o Máster en: Organización o Dirección de Empresas, o Auditoría y Control Financiero.

g) Características personales como la capacidad comunicativa, mentalidad estratégica, iniciativa, liderazgo y gestión de equipos multidisciplinares.

4. Solicitudes de participación y documentación a presentar.

Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de Solicitud y Autobaremo de Méritos, disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (apartado Empleo Público: Ofertas de Empleo de entidades Instrumentales), e irá dirigida al Área de Recursos Humanos y Medios de la Agencia IDEA, indicando el puesto que se solicita.

Toda la información oficial asociada a este proceso selectivo se publicará en este Portal de Transparencia.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Portal de Transparencia.

La presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria y, así como las alegaciones, será en formato electrónico (art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, art. 14.3) a través de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía.

No se admitirán solicitudes de participación remitidas por otras vías. Tanto la no entrega de solicitudes o documentación, como su presentación fuera de plazo, serán causa automática de exclusión del proceso de selección.

Será causa de exclusión del proceso de selección cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en los datos o documentos aportados, así como la presentación fuera de plazo. Asimismo, no se considerará la documentación justificativa de méritos no incorporada durante el plazo de presentación de solicitudes.

Para participar en el proceso de selección se deberá presentar:

a) Fotocopia completa (anverso y reverso) del título de la Licenciatura o Grado exigido como requisito de acceso. La titulación deberá estar expedida por el Ministerio de Educación de España, o bien se deberá acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio, conforme al marco legal de aplicación.

b) Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

c) Solicitud y Autobaremo de Méritos del proceso de selección, cumplimentada y firmada, conteniendo los datos personales del candidato/a, junto con la Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos mínimos exigibles, así como de estar en posesión de la formación y experiencia profesional alegada por la persona aspirante.

d) Informe de Vida Laboral actualizado.

Documentación acreditativa de la experiencia profesional: La experiencia profesional se reflejará en el formulario de solicitud de Autobaremo de Méritos, donde deberá hacer constar todas sus experiencias laborales. Estas se acreditarán mediante contrato de trabajo y, en el caso de que no queden identificadas en el contrato, se adjuntará un certificado de funciones sobre las tareas realizadas. También podrá aportarse cualquier otro documento admitido en derecho que permita constatar que la experiencia aportada se corresponde con la exigida en el puesto convocado.

Documentación acreditativa de la formación: Las personas que participen en el proceso de selección acreditarán la formación recibida mediante certificado o diploma correspondiente, en el que se reflejen: la denominación del curso; número de horas; descripción del programa impartido y centros académicos o de enseñanza, organismo o institución oficial.

Para acreditar documentalmente tales extremos se enviarán las fotocopias de los documentos, las cuales deberán ir numeradas y con su índice correspondiente. La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento por el Comité Calificador.

Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

5. Proceso de selección.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

5.1. Preselección y baremación.

El proceso de selección se llevará a cabo a través del sistema de concurso, compuesto por la baremación de los méritos, que llegará hasta el 80% de la puntuación total, y por una entrevista personal que puntuará el 20% restante.

Las personas que reúnan los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria serán los que participarán en el proceso de selección.

Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos, conforme al baremo contenido en la convocatoria, cumplimentando para tal efecto la solicitud.

Solo se valorarán por el Comité Calificador, a efectos de determinar la puntuación en el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación de esta y que sean presentados y autobaremados por los participantes.

Esta autobaremación vinculará al Comité Calificador en el sentido de que solo podrán valorarse los méritos que hayan sido presentados por los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por los mismos en el baremo de méritos, salvo que claramente denote un error aritmético.

El Comité Calificador comprobará las solicitudes de autobaremo de méritos procediendo a su estudio, análisis y revisión, elaborando un listado provisional de candidaturas admitidas con la baremación de los méritos y de candidaturas excluidas con los motivos de exclusión; de acuerdo con los aspectos recogidos en el apartado 3, y a los criterios de valoración definidos, figurando como dato identificativo de cada candidatura las posiciones 4.ª, 5.ª, 6.ª y 7.ª del DNI. Dicho listado provisional se publicará en el Portal de Transparencia.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del Listado Provisional, para poder subsanar todos aquellos aspectos en desacuerdo con lo publicado. La presentación de alegaciones se remitirá por el medio establecido en el apartado 4.º de esta convocatoria, advirtiendo de su presentación mediante correo electrónico al buzón seleccion@agenciaidea.es, dentro del plazo estipulado.

El Comité Calificador, una vez analizadas y estudiadas las alegaciones recibidas, procederá a elaborar un listado definitivo con las puntuaciones y se publicará en el Portal de Transparencia un listado definitivo de candidaturas admitidas con baremación de méritos y candidaturas excluidas.

Esta lista definitiva servirá de resolución a las posibles reclamaciones.

La puntuación mínima para superar la fase de baremación de méritos (experiencia y formación) será al menos del 50% de la puntuación asignada para pasar a la fase de entrevista personal.

5.2. Entrevista personal.

El Comité Calificador convocará a las cuatro candidaturas que hayan obtenido la mayor puntuación en el listado definitivo, a una entrevista personal cuya puntuación máxima será de 20 puntos.

La entrevista estará basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, y se desarrollará siguiendo el guion y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador, siendo la misma para todas las personas convocadas, a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma.

La entrevista se realizará en fecha, lugar y hora que será comunicado a las personas convocadas a través del correo electrónico que hayan especificado a efectos de comunicaciones.

La candidatura que supere el proceso de selección será aquella que obtenga la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (fase de baremación de méritos y fase de entrevista personal). En caso de empate numérico de la puntuación, se tendrá en cuenta primero la puntuación obtenida en la entrevista y en caso de persistir el empate, el género menos representado en la Agencia IDEA para el grupo profesional a cubrir.

El Comité Calificador se reserva el derecho de elevar una propuesta al Director General para declarar desierta la convocatoria ofertada, en el supuesto de que no haya ninguna candidatura que, al menos, obtenga un porcentaje del 50% de puntos en la fase de entrevista personal. Asimismo, se reserva la facultad de descartar aquellas candidaturas que incurran en falsedad documental y/o no ratifiquen la experiencia requerida conforme a los requisitos exigidos.

El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

5.3. Finalización del proceso.

El Comité Calificador declarará aprobado el listado definitivo junto con la puntuación total obtenida por las personas aspirantes en todas las fases del proceso, y emitirá en el Acta final una propuesta de designación donde se indique la candidatura que ha superado el proceso de selección.

El proceso finalizará mediante resolución de adjudicación motivada de la persona titular de la Dirección General y se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y mediante Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Agencia IDEA, al amparo de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o bien ser objeto de impugnación ante los jueces y tribunales del orden jurisdiccional social, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Sevilla, 9 de septiembre de 2025.- El Director General, Francisco Javier Peláez Sánchez.

ANEXO I

Baremo de puntuación: Dirección de Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos

1. Méritos: máximo 80 puntos.

Se valorarán los siguientes méritos:

A) Méritos profesionales en experiencia (hasta 70 puntos):

- Por cada mes completo de experiencia en participación en órganos de gobierno societarios y en el ejercicio de competencias en Consejos Administración de entidades (0,25 por mes), máximo: 15 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en gestión de expedientes de contratación pública, experiencia en gestión de expedientes de dominio público, licitaciones, ofertas públicas de venta y arrendamiento (0,25 por mes), máximo: 15 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en control económico-financiero y auditorías (0,25 por mes), máximo: 15 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en gestión patrimonial y centros de negocio (0,25 por mes), máximo: 10 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en gestión de equipos multidisciplinares, gestión de personas (0,25 por mes), máximo: 15 puntos.

A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo superiores a la experiencia mínima exigida.

B) Méritos formativos (hasta 10 puntos):

- Formación jurídica en el ámbito del derecho mercantil, societario y contractual. Formación en auditoría y control financiero. Máximo: 5 puntos.

• Formación igual o mayor a 600 horas: 5 puntos.

• Formación entre 200 y 599 horas: 2,5 puntos.

• Formación entre 50 y 199 horas: 2 puntos.

• Formación menor a 50 horas: 1,5 puntos.

- Formación Post Grado o Máster en Organización y/o Dirección de Empresas: 5 puntos.

Este apartado se contabilizará teniendo en cuenta la suma de horas de las formaciones de cada uno de los criterios.

2. Entrevista personal: Máximo 20 puntos.

En la entrevista se valorará mediante preguntas las evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo, y se desarrollará siguiendo el guion y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador, siendo la misma para todas las personas candidatas a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, la Agencia IDEA le informa de su política de privacidad aplicada a los datos personales que nos ha comunicado, y en su virtud:

a) El responsable del tratamiento de protección de datos personales es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA), cuya domicilio y dirección de contacto se encuentra en Sevilla, calle Leonardo da Vinci, 17 A (C.P. 41092).

b) Delegado de Protección de Datos (DPD): Puede contactar con nuestro DPD mediante escrito dirigido a la dirección arriba indicada o al correo electrónico

dpd.cehyfe.aidea@juntadeandalucia.es.

c) La finalidad del tratamiento de sus datos personales que nos indica en esta solicitud responden a la gestión de procesos de selección para ofertas de empleo público. Bajo la categoría de datos de carácter identificativo, características personales, académicas y profesionales, circunstancias sociales, detalles de empleo, y de circunstancias sociales.

d) La licitud de dicho tratamiento se basa en el necesario para la ejecución de un contrato o para la aplicación de medidas precontractuales, para el cumplimiento de una obligación legal y/o para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1.b), c) y e) RGPD), consecuencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público.

e) Plazo de conservación. Los datos aportados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

f) Ejercicio de derechos. Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento por la Agencia IDEA, enviando un escrito a la atención del DPD, con la referencia «Área de Recursos Humanos-Protección de Datos», a la dirección de contacto o a la dirección de correo electrónico del DPD, adjuntando fotocopia de su documento nacional de identidad, salvo necesidad de motivos legales imperiosos o el ejercicio de la defensa de posibles alegaciones.

En caso de no darse curso a una solicitud de ejercicio de cualquiera de sus derechos, se le informará sin dilación, y a más tardar transcurrido un mes desde la recepción de la solicitud, de las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una alegación ante la autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.

g) Los procesos selectivos están sometidos al principio de publicidad; consecuentemente la Agencia IDEA contempla las cesiones de datos necesarios para satisfacer dicho principio de publicidad, además de las posibles a encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de la obligación legal.

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