Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 17/09/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 5 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Cazalilla (Jaén), gestionadas por la Sociedad Mixta del Agua de Jaén, S.A. SOMAJASA (exclusivamente en lo referente al abastecimiento de agua potable). (PP. 1899/2025).

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Resolución de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Cazalilla (Jaén), gestionadas por la Sociedad Mixta del Agua de Jaén, S.A. SOMAJASA (exclusivamente en lo referente al abastecimiento de agua potable).

De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales en fecha 5 de septiembre de 2025 y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Cazalilla (Jaén), que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El resto de previsiones de la ordenanza omitidas en la relación siguiente, que por su naturaleza jurídica no se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación, el Decreto 365/2009, se regirán por lo dispuesto en la citada ordenanza municipal reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de abastecimiento de agua del municipio de Cazalilla (Jaén), publicada en el BOP núm. 165, de fecha 29 de agosto de 2025.

Tarifas autorizadas.

(IVA excluido)

a) Cuota fija o de servicio.

Calibre (mm) €/abonado/trimestre
Hasta 15 7,99
20 13,02
25 18,00
30 28,00
40 55,08
50 o más 80,01

b) Cota variable o de consumo.

b.1.Uso doméstico.

Bloque M³/trimestre Euros/m³
1.º bloque Hasta 18 m³/trimestre 0,47
2.º bloque Más de 18 hasta 30 m³/trimestre 0,98
3.º bloque Más de 30 hasta 48 m³/trimestre 1,38
4.º bloque Más de 48 m³/trimestre 1,98

b.2. Uso industrial y comercial:

Bloque M³/trimestre Euros/m³
1.º bloque Hasta 30 m³ /trimestre 0,98
2.º bloque Más de 30 m³/trimestre 1,98

b.3. Otros usos:

Bloque M³/trimestre Euros/m³
1.º bloque Hasta 30 m³/trimestre 1,34
2.º bloque Más de 30 m³/trimestre 1,82

b.4. Centros oficiales:

Bloque M³/trimestre Euros/m³
Cuota única 1,16

b.5. Bonificado por avería interior:

Bloque M³/trimestre Euros/m³
Cuota única 0,98

La aplicación de esta tarifa se efectuará previa tramitación del expediente a solicitud del interesado, en el que quede demostrado con arreglo a los informes pertinentes que la avería obedece a causas naturales, no imputables al usuario, ni existe mala fe, imprudencia o negligencia por su parte.

c) Cuota de contratación para todos los usos.

Diámetro (d/mm) Cuota contratación (euros)
Hasta 15 mm 66,09
20 mm 79,62
25 mm 93,14
30 mm 106,66
40 mm 133,71
50 mm 160,75

La reconexión del suministro se hará por la entidad suministradora, que cobrará del abonado una cantidad equivalente al importe de la cuota de contratación vigente en el momento del establecimiento, para un calibre igual al instalado.

d) Fianza.

Calibre (mm) Fianza (euros)
Hasta 15 mm 59,93
20 mm 130,20
25 mm 225,00
30 mm 420,00
40 mm 1.101,60
50 mm 2.000,25

e) Derechos de acometida.

Parámetro «A1» 11,96 €/mm
Parámetro «A2» 10,39 €/l/seg.
Parámetro A (A1+A2) 22,35 €/mm
Parámetro B 90,15 €/l/seg.

Segundo. Que la resolución que se dicte surta efectos desde el día en que se adopte, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente por la entidad a los usuarios del servicio, hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de septiembre de 2025.- La Dirección General, P.S. (Orden de la CEHYFE, de 25.2.2025), el Secretario General de Hacienda, Manuel Vázquez Martín.

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