Resolución de 11 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de Orden de modificación de las diversas órdenes por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, destinadas a proyectos en materia de residuos, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúan sus convocatorias en el año 2023.
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El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho.
El artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que estas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración Pública.
Con fecha 8 de septiembre de 2025, la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha acordado iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración del proyecto de orden de modificación con respecto a la justificación del cumplimiento del principio de DNSH, en las diversas órdenes por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, destinadas a proyectos en materia de residuos, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúan sus convocatorias en el año 2023, con cargo al Componente 12, Inversión 3, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En el acuerdo de inicio del presente proyecto normativo, se acuerda la tramitación de urgencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Considerando que el contenido del proyecto normativo afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se somete a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda formular las alegaciones que estimen oportunas. En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública al proyecto de orden de modificación con respecto a la justificación del cumplimiento del principio de DNSH, en las diversas órdenes por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, destinadas a proyectos en materia de residuos, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúan sus convocatorias en el año 2023, durante el plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento en formato electrónico, a través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos», a través de la siguiente ruta: «Servicios de información», «Participación», directamente accesible a través de la siguiente url:
https://juntadeandalucia.es//servicios/participacion/todos-documentos/detalle/606037.html
La documentación del procedimiento de elaboración de la disposición se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y se presentarán de conformidad con el artículo 14, apartados 1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, deberán presentar sus escritos en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Al tratarse de un acto de trámite y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, frente a la presente resolución no cabe la interposición de recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Sevilla, 11 de septiembre de 2025.- La Directora General, María del Carmen Jiménez Parrado.
Descargar PDFBOJA nº 181 de 19/09/2025