Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 19/09/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 15 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de los símbolos que se indican del municipio de Bailén (Jaén).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a sus prescripciones.

A tal efecto, el municipio de Bailén (Jaén) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de tres símbolos municipales de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la mencionada ley.

Con fecha 30.5.2025, el Pleno del municipio de Bailén (Jaén) acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción definitiva de los tres símbolos municipales con las siguientes descripciones:

Imagotipo del escudo municipal.

El imagotipo se compone del escudo (isotipo) y de la denominación del Ayuntamiento (logotipo).

Por un lado, se sintetiza el escudo municipal, conservando la imagen básica del escudo de armas y todos sus elementos, si bien se eliminan sombras y brillos. Se posibilita su uso en versión color, conservando la policromía. O bien en monocromo. El resultado final es una imagen limpia y directa sin perder la esencia.

En cuanto a la denominación de Bailén Ayuntamiento, se ha optado por un diseño limpio con una tipografía sólida, sin serifa, y de aspecto contundente, buscando una imagen lo más visible posible. Se ubica a la derecha del escudo, o en su base dependiendo de la necesidad en cada caso.

Imagotipo de la casa consistorial.

El imagotipo se compone de la casa consistorial (isotipo) y de la denominación del Ayuntamiento (logotipo).

El isotipo se compone de la imagen de la fachada del Ayuntamiento de Bailén. Con la intención de conseguir la máxima síntesis de la imagen, se han eliminado todo tipo de elementos superfluos que no aportan información pero distorsionan la imagen final que se quiere conseguir.

En cuanto a la denominación de Bailén Ayuntamiento, se ha optado por un diseño limpio con una tipografía sólida, sin serifa, y de aspecto contundente, buscando una imagen lo más visible posible. Se ubica a la derecha de la imagen de la casa consistorial, o en su base dependiendo de la necesidad en cada caso.

Logotipo de la denominación del Ayuntamiento.

Este símbolo de la denominación Bailén Ayuntamiento, puede aparecer separada de los isotipos del escudo y de la casa consistorial, pero sólo se usará en los casos autorizados y siempre acompañado en su parte inferior de los tres rectángulos que representan de una forma esquemática e icónica la bandera de Bailén, concretamente las tres bandas grises. El color que se aplicará será el mismo que en el caso del isotipo que se utilice.

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 3.6.2025, se solicitó por esa entidad local la inscripción de los mencionados símbolos municipales en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 17 y 18 ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido registro.

Examinada la solicitud y habiéndose subsanado la misma, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de los tres símbolos del municipio de Bailén (Jaén), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar en consecuencia la correspondiente inscripción registral de Bailén (Jaén) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de septiembre de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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