Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por la que se somete a información pública la «Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada».
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La Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, atendiendo a las competencias que tiene encomendadas, en cuanto a Áreas Protegidas por Instrumentos Internacionales (APII), inició el proceso de ampliación-rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada como cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el Consejo Internacional de Coordinación (CIC) en 2022. Estas recomendaciones derivaban de los resultados de la evaluación periódica que deben cumplir los territorios designados con esta figura cada 10 años, tal como establece el Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de la Biosfera (artículo 9).
Tras examinar y valorar la documentación correspondiente a la segunda evaluación decenal de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada, el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MaB concluyó que la reserva no cumplía los criterios del Marco Estatutario, y, por tanto:
El Consejo MaB ha solicitado a las autoridades nacionales que presenten, a más tardar el 30 de septiembre de 2022, las acciones previstas para llevar a cabo la ampliación y rezonificación de la reserva de la biosfera.
Este requerimiento fue contestado en tiempo y forma, comunicándose desde la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente (Junta de Andalucía) y el equipo gestor de la reserva, al Comité Español del Programa MaB, como responsable del citado programa en el Estado Español, la intención de iniciar el proceso de ampliación y rezonificación, facilitando un calendario inicial y una primera propuesta de ampliación-rezonificación.
Entre los años 2022 y 2024, desde esta Dirección General y el equipo de gestión de la reserva, se han ido realizando los trabajos correspondientes al proceso de ampliación y rezonificación de la misma, atendiendo a que, estas recomendaciones son de obligado cumplimiento para poder seguir manteniendo esta importante designación Internacional que se otorga en el marco del Programa MaB (Hombre y Biosfera) de la Unesco, ostentada por Sierra Nevada desde 1986.
La propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera de Sierra Nevada, consta del dossier de documentación definido por el Programa MaB para las ampliaciones y/o propuestas de nuevas reservas. Tras la elaboración de esta propuesta, que ha sido visto en el Consejo de Participación del Espacio Natural y Reserva de la Biosfera Sierra Nevada, se ha seguido el procedimiento regulado para la Red Española de Reservas de la Biosfera, donde se enmarca esta reserva, enviándolo, en tiempo y forma, al Comité Español del Programa MaB Unesco que, en su reunión del pasado 18 de septiembre, acordó elevar esta propuesta al Consejo Internacional de Coordinación del Programa MaB, para su revisión en 2026.
Tras esta elevación y conforme al artículo 50.2, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, resuelve iniciar el procedimiento de información pública de la «Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada».
El artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración Pública.
Entendiendo que el contenido de la «Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada» afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se somete a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
R E S U E L V O
Primero. Someter a información pública la «Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada» durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El dossier de la «Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada» quedará expuesto, para su general conocimiento, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos», a través de la siguiente ruta: «Servicios», «Servicios de información», «Participación», «Todos los documentos sometidos a información pública», pudiendo accederse al mismo a través del siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/614605.html
La documentación correspondiente a este proyecto normativo se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y se presentarán de conformidad con el artículo 14, apartados 1 y 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, deberán presentar sus escritos en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de, en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de las entidades a las que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sevilla, 21 de octubre de 2025.- El Director General, José Enrique Borrallo Romero.
Descargar PDFBOJA nº 209 de 30/10/2025