Resolución de 18 de noviembre de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se anuncia la ampliación de la bolsa de empleo para la contratación de personal laboral temporal en la categoría de Titulado/a Superior (español como lengua extranjera).
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Mediante Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva (BOJA de 28 de noviembre), se anunció la creación de una bolsa de empleo para la contratación de personal laboral temporal en la categoría de Titulado/a Superior (español como lengua extranjera). Trascurridos dos años desde la publicación de la citada bolsa, se aprecia la conveniencia de ampliar el número de candidaturas disponibles para atender las necesidades urgentes e inaplazables que pudieran surgir en el Servicio de Relaciones Internacionales y Lenguas Modernas de esta Universidad.
Por ello, este Rectorado, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 31 de los Estatutos de Universidad de Huelva, ha resuelto ampliar la referida bolsa de empleo para la contratación en régimen de personal laboral temporal, a través de cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente y de conformidad con el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Esta convocatoria se regirá por las siguientes
BASES GENERALES
1. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la ampliación de la bolsa de empleo temporal constituida en la categoría de Titulado/a Superior (español como lengua extranjera). La jornada de trabajo podrá desarrollarse en turno de mañana y/o de tarde, según las necesidades del servicio.
Quienes ya formen parte de la bolsa de empleo convocada por Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva (BOJA de 28 de noviembre), permanecerán en la bolsa ocupando las posiciones de precedencia, sin necesidad de participar en esta convocatoria. Estas personas conservarán sus puntuaciones y derechos derivados del proceso selectivo original, por lo que quienes se incorporen a la bolsa de empleo en virtud de la presente convocatoria se situarán únicamente en posiciones posteriores a las existentes.
2. Vigencia.
Esta ampliación tendrá la validez establecida para la bolsa de empleo convocada por Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva.
3. Normas generales.
Con carácter general, serán de aplicación a la presente convocatoria el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los Estatutos de la Universidad de Huelva, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
4. Requisitos de participación.
Para ser admitidas a esta convocatoria las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y los establecidos en la Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se hace pública la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de esta Universidad (BOJA núm. 43, de 1 de marzo):
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título universitario de Licenciatura o Grado en Filología Hispánica o en Estudios de Español o titulaciones equivalentes, y del Máster Oficial en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera u otro máster oficial equivalente relacionado con la docencia de español como segunda lengua, o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
En el caso de personas participantes extranjeras, deberán acreditar además un nivel C2 de español de acuerdo con las tablas de certificados oficiales aceptados por las Universidades públicas andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el MCERL (https://www.uhu.es/lenguas-modernas/acreditacion).
Están exentos de acreditar el nivel C2 de español las personas de nacionalidad española o de país hispanohablante si la titulación mínima exigida se ha cursado en universidades de países hispanohablantes.
d) Nivel de idiomas: Conforme a lo establecido en la vigente Relación de Puestos de Trabajo, será requisito de participación el hallarse en posesión del título o diploma oficial que acredite un nivel C1 de la lengua inglesa. El citado nivel de idiomas en la lengua correspondiente se podrá acreditar:
- Estando en posesión del título universitario de Licenciatura o Grado en Filología Inglesa, Estudios ingleses o Traducción e Interpretación (Lengua B: Inglés).
- Siendo nativo de lengua inglesa y acreditar que ha completado formación académica equivalente a la etapa de educación secundaria en un país de habla inglesa.
- Teniendo reconocido un nivel C1 como mínimo en la lengua inglesa de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), de acuerdo con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades públicas andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el MCERL.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría de Titulado/a Superior.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas o categorías de empleados públicos, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la contratación.
5. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar en el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria y que estará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva: http://uhu.es/gestion-pas/
La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad de Huelva (C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus del Carmen), a través del Registro Telemático
(https://sede.uhu.es/)
o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.
6. Documentación a aportar con la solicitud.
En el plazo indicado en el apartado anterior se acompañarán a la solicitud de participación los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán adjuntar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa debidamente traducida al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
b) Fotocopias de las titulaciones académicas exigidas u otro documento oficial acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.
c) Fotocopia de la documentación acreditativa de poseer el nivel correspondiente de inglés, y/o de español en su caso, de acuerdo con lo establecido en la base 3.c) y d) de la presente convocatoria.
d) Fotocopias de los documentos acreditativos de los méritos que se quieran hacer valer.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
7. Admisión de personas aspirantes.
7.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva la resolución declarando aprobada la relación provisional de las personas candidatas admitidas y excluidas, en la que constará nombre y apellidos y, en su caso, causa/s de exclusión.
7.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren ni en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
7.3. Finalizado el plazo de subsanación, el Rector de la Universidad de Huelva hará pública, en el Tablón Electrónico Oficial, la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma.
8. Tribunal de Valoración.
8.1. Composición. El Tribunal de Valoración de este proceso selectivo tendrá una composición análoga a la establecida en el artículo 21 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en la resolución por la que se declare aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
8.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Quien ejerza la presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
8.3. Cambio de composición. Con anterioridad al inicio de la valoración de méritos la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los titulares que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en el apartado anterior. Esta resolución, en su caso, será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva.
8.4. Constitución y sesiones. Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el Tribunal con la asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría, indicada en el párrafo anterior, de sus miembros, titulares o suplentes.
8.5. Actuaciones del Tribunal durante el proceso. Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación del proceso de selección. Quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la actuación que proceda en los casos no previstos por las mismas y por la normativa de aplicación, y adoptar las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del procedimiento, ajustándose a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
8.6. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas en su solicitud de admisión, a los efectos procedentes.
8.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz, pero sin voto. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Huelva.
8.8. Sede e información. A efecto de comunicaciones y posibles incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva, sito en C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con esta convocatoria.
9. Procedimiento de selección.
La selección de aspirantes se llevará a cabo por el sistema de concurso, en el que se calificarán los méritos de las personas aspirantes conforme al baremo establecido en el Anexo I.Únicamente se valorarán los méritos alegados que se hayan acreditado hasta la fecha final de presentación de solicitudes.
10. Calificaciones y listas de personas aprobadas.
Finalizada la valoración de méritos, el Tribunal hará pública en el Talón Electrónico Oficial la puntuación obtenida por las personas admitidas. Contra la mencionada relación podrán presentarse alegaciones, ante el Tribunal, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá a favor de la persona candidata que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional; de persistir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y, finalmente a la obtenida en el apartado de formación.
11. Funcionamiento de la bolsa de empleo y llamamientos.
El llamamiento para la prestación de servicios temporales se efectuará de acuerdo con el orden de prelación establecido en la bolsa de empleo confeccionada mediante Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, y ampliada por medio de la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en la base primera.
Las personas integrantes de la bolsa serán responsables de mantener actualizados los domicilios o datos de contacto a fin de agilizar los llamamientos, debiendo comunicar cada cambio que se produzca.
La presente Bolsa de Empleo se regirá por el Acuerdo de 7 de noviembre de 2024, de regulación de bolsas de empleo del Personal Laboral de esta Universidad, exceptuándose la aplicación del apartado 1.1 relativo a la elaboración de las Bolsas de Empleo.
Las personas propuestas para contratar deberán aportar, con carácter previo a la contratación, ante la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios del Servicio de Recursos Humanos y Ordenación Académica, sita en la C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva, la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Los documentos a presentar serán los siguientes:
Original y copia del Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales de otros Estados, del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero, en vigor, y en su caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la presente convocatoria.
Original y copia de los títulos académicos oficiales exigidos para el ingreso o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición, en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.
Original y copia de la acreditación del nivel de idiomas C1 en la lengua inglesa y C2 de español, en su caso.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría de Titulado/a Superior y no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar original y copia del certificado vigente y actualizado, expedido por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la citada categoría.
12. Norma final.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según lo dispuesto en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Huelva, 18 de noviembre de 2025.- El Rector, José Rodríguez Quintero.
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BOJA nº 225 de 21/11/2025