La Junta
Consejo de Gobierno
Anuncio de 26 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de El Almendro, por la que se aprueban las bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión como personal laboral fijo de una plaza de Oficial de 1.ª de Obras, y creación de bolsa de trabajo. (PP. 1723/2026).
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Por Resolución de Alcaldía núm. 2026-579, de fecha 25 de agosto de 2026, se aprueban las bases y la convocatoria para el proceso selectivo para la provisión como personal laboral fijo de una plaza de Oficial de 1.ª de Obras y creación de bolsa de trabajo en el Ayuntamiento de El Almendro, mediante el sistema de oposición.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En la sede electrónica https://aytoelalmendro.sedelectronica.es/info.0 se encuentran íntegramente publicadas las bases que han de regir la convocatoria para la contratación de la plaza, así como se trasladan mediante el presente anuncio a este boletín para su interés y difusión pública.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://aytoelalmendro.sedelectronica.es/info.0
Lo que se hace público para general conocimiento.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Huelva, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
El Almendro, 26 de agosto de 2026.- La Alcaldesa-Presidenta, María Alonso Mora Núñez.
Descargar PDFBOJA nº 174 de 08/09/2026
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