Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 02/10/2026

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 29 de septiembre de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio y se publica el Tribunal de Valoración del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación (puesto de Técnico/a de Laboratorio en el Campus de Ceuta).

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De conformidad con la base 4.1 de la Resolución de 9 de junio de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Extensión de Apoyo a la Docencia y a la Investigación (puesto de Técnico/a de Laboratorio en el Campus de Ceuta), publicada en el BOE número 146, del martes 16 de junio de 2026.

El Rector ha resuelto:

Primero. Aprobar la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas al citado proceso selectivo.

Segundo. Publicar la relación de personas admitidas y la de personas excluidas, con expresión en este caso de las causas de su no admisión, como Anexo I a esta resolución.

Tercero. Tanto las personas excluidas como las omitidas, por no figurar en la relación de personas admitidas, disponen de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar los defectos que motivaron su no admisión en la relación de personas admitidas.

La solicitud de subsanación, junto con la documentación justificativa en su caso, deberá realizarse de manera telemática a través del Registro Electrónico (Solicitud genérica para la UGR) de la sede electrónica de la Universidad de Granada, que está disponible en la siguiente url:

https://sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html, seleccionando como destino el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la lista de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.

Cuarto. Se convoca a las personas aspirantes que sean definitivamente admitidas a la celebración del primer ejercicio el día 2 de diciembre de 2026, a las 9:00 horas, en el Aula 30 del Edificio Teniente Ruiz, Campus de Ceuta, Ceuta.

Quinto. Las personas aspirantes deberán ir provistas necesariamente de material de escritura, consistente en: bolígrafo azul o negro. Asimismo, deberán presentar el Documento Nacional de Identidad, Pasaporte u otro documento de identificación suficiente que acredite de forma inequívoca su identidad.

Durante la realización de la prueba quedan totalmente prohibidas las acciones fraudulentas dirigidas a la superación del ejercicio y, en particular, el uso de dispositivos móviles o aparatos electrónicos conectados a datos, así como la comunicación entre personas opositoras y de estas con el exterior. Cuando se aprecie por algún miembro del Tribunal o, en su caso, por el personal colaborador de este, la realización por alguna persona aspirante de una conducta prohibida, se trasladará a la persona o personas afectadas al aula de incidencias hasta que esta se resuelva, debiendo reflejarse en el acta lo ocurrido y quedando en suspenso la realización del ejercicio. El Tribunal, a la vista de la información y documentación recibida, en su caso, y después de realizar las comprobaciones que se estimen pertinentes, adoptará el acuerdo correspondiente. En caso de que el Tribunal estime acreditada la realización de la conducta prohibida, se acordará la exclusión definitiva de la persona afectada, anulándose el ejercicio realizado y considerándose que no se ha completado la fase de oposición.

Sexto. Publicar la composición del Tribunal de Valoración que ha de resolver el proceso selectivo y que figura como Anexo II de esta resolución, en base a lo dispuesto en la base 5.1 de la Resolución de 9 de junio de 2026.

Granada, 29 de septiembre de 2026.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.

ANEXO I

Relación de personas admitidas

DNI_O APELLIDOS, NOMBRE
***9833** GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JORGE
***1674** JBILOU LAHASEN, RIHAB
***4896** MINGORANCE RUEDA, CRISTINA
***8911** MONTILLA BAO, CONCEPCIÓN
***7899** MOSTAZO ESTÉBANEZ, MARÍA DEL CARMEN
***3433** RODRÍGUEZ SANTISTEBAN, AIDA
***0741** RUIZ GARCÍA, JOSÉ ANTONIO
***5603** RUIZ LÓPEZ, MARÍA TERESA

Relación de personas excluidas

DNI_O APELLIDOS, NOMBRE CAUSA EXCLUSIÓN
***0993** BARRIENTOS GONZÁLEZ, ISMAEL 6, 7
***2403** GONZÁLEZ GARRIDO, JUAN ANTONIO 6
***9616** LÓPEZ RODRÍGUEZ, HELENA 6, 7, 8
***4730** MORA LUNAR, ÁNGELA 6, 7, 8
***8840** ROLDÁN GONZÁLEZ, MARÍA JOSÉ 6, 7, 8
***7714** RUIZ GARCÍA, DANIEL 6
***3071** TOUZANI LACHIRI, ABDELLAH 6, 7, 8
***3300** TRUJILLO RAMOS, ALEJANDRO ANTONIO 6, 7, 8

Causas de exclusión

CÓDIGO CAUSA DE EXCLUSIÓN
1 No cumplir el requisito de edad.
2 No cumplir el requisito de nacionalidad.
3 No poseer la titulación requerida o no declarar estar en posesión de la misma.
4 No acreditar la identidad (DNI, NIE, Pasaporte).
5 Solicitud realizada fuera de plazo.
6 Falta de pago de los derechos de participación, o pago no acreditado correctamente, o el pago realizado es en cuantía inferior a la establecida en las bases de la convocatoria.
7 No acreditación del derecho a exención del pago: Falta informe negativo de rechazos emitido por un servicio público de empleo, o el informe es de fecha anterior a la de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o el período como demandante de empleo es inferior al establecido en las bases de la convocatoria.
8 No acreditación del derecho a exención del pago: Falta acreditación de las rentas o las rentas superan el Salario Mínimo Interprofesional.
9 No acreditación del derecho a exención del pago: Se declara ser miembro de familia numerosa de categoría especial, pero de la consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas se deduce que la familia numerosa es de categoría general.
10 No reúne o no acredita la condición de familia numerosa
11 Ser personal funcionario de carrera de la escala que se convoca.
12 No reúne o no acredita la condición de persona con discapacidad.
13 No ha sido posible la verificación de los datos en la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

ANEXO II

Tribunal de Valoración

TITULARES:

Presidente: Luciano Rodríguez Díaz, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.

Vocales:

Bibiana Pérez Ardanaz, Profesora Permanente Laboral de la Universidad de Granada.

Juan José Ramos Rodríguez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.

Miguel Gómez Martín, funcionario de la Escala Técnica de Administración de la Universidad de Granada.

Secretaria: María Gloria Velarde Ruiz, funcionaria de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Granada.

SUPLENTES:

Presidente: José Luis Gómez Urquiza, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.

Vocales:

Mario de la Mata Fernández, Profesor Contratado Doctor Indefinido de la Universidad de Granada.

Germán Domínguez Vías, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.

Isabel María Mercado Moreno, funcionaria de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Granada.

Secretaria: María Esther Peña Adarve, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada.

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