Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 20/08/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 149/1998, de 14 de julio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Algarinejo (Granada) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales.

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El Ilmo. Ayuntamiento de Algarinejo (Granada) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, a fin de perpetuar en ellos los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, y de conformidad con los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 6 de octubre de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 6, de 17 de enero de

1998, lo elevó a la Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobación definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes informó en su sesión del día 16 de abril favorablemente el Escudo y Bandera municipales recomendando fijar el colorido de la bandera en la escala Panton. Dichas recomendaciones fueron aceptadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de mayo de 1998.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/95, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el art. 2, apartado 7, del Decreto 14/95, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de julio de 1998

ACUERDO

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Algarinejo (Granada) para adoptar su escudo heráldico y bandera municipales, que quedarán organizados en la forma siguiente:

Escudo partido: Primero de sinople, segundo de plata, una casa del uno en el otro. Al timbre corona real cerrada.

Bandera rectangular, de proporciones 2:3, formada por dos franjas verticales iguales, verde al asta y blanco al batiente, con un rectángulo del uno en el otro.

Segundo. El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 14 de julio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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