Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 05/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de julio de 2005, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Quéntar (Granada) (Epte. núm. 062/2004/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Quéntar (Granada), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 28 de junio de 2005, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo y bandera municipal, con la siguiente descripción:

- Escudo: Medio partido y cortado. Primero de oro, una Granada de lo mismo fileteada de sable y frutada de gules. Segundo de azur, dos grupos en plata de lunas y cuatro cruces alternados. Tercero de plata, puente de oro de tres ojos, fileteado de sable, sobre tres ondas de azur. Debajo del escudo, banda con la inscripción "Tu serás mi leal amigo". Al timbre corona real cerrada.

- Bandera: Paño rectangular, de proporciones 2/3, dividida en dos franjas verticales de igual grosor, color azul marino la del asta, y la del batiente a su vez dividida en dos franjas horizontales de igual grosor, la superior amarilla dorado, y la inferior blanca. En el centro de la franja de color azul marino se sitúa el escudo del municipio.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 13 de julio de 2005, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su escudo y bandera municipal en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

R E S U E L V E

Primero. Admitir la inscripción del escudo y la bandera del municipio de Quéntar (Granada), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de julio de 2005.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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