Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 22/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 8 de febrero de 2005, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo y la Bandera del municipio de Tahal (Almería) (Expte. núm. 061/2004/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Tahal (Almería), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su Escudo y Bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 24 de enero de 2005, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su Escudo y Bandera municipal, con la siguiente descripción:

- Escudo: "Escudo español, de oro, tres montes de sinople nacientes de la punta superados de un castillo de lo mismo. Bordura cosida de plata de cuatro crecientes de sinople y otras tantas cruces de sable, alternadas. Al timbre, corona española cerrada".

- Bandera: "Paño de proporciones 2/3, dividido en tres franjas verticales iguales: al asta blanca con una cruz negra, la central verde con un castillo amarillo, y al batiente blanca con un creciente verde".

Mediante escrito de fecha 31 de enero de 2005, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su Escudo y Bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del Escudo y la Bandera del municipio de Tahal (Almería), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de febrero de 2005.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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