Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 27/10/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 2 de octubre de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la Fundación Museo Picasso, de Málaga.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Museo Picasso de Málaga, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 14 de diciembre de 2005 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de don Francisco José Fernández Cervantes, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Con fecha anterior se había solicitado, asimismo, la inscripción del cese y nombramiento de Patronos, procedimiento no resuelto al carecerse de los datos completos, que fueron cumplimentados por la Fundación posteriormente, cuya inscripción quedó en suspenso hasta la inscripción de la adaptación de los Estatutos a la normativa vigente.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en particular, al contenido del artículo 22, párrafo tercero, del texto, relativo a la certificación de las actas.

Tercero. A la solicitud se adjuntó copia simple de la escritura pública de elevación a público de acuerdos sociales, otorgada el 7 de diciembre de 2005 ante el Notario don Antonio Martín García, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 4.174 de su protocolo, y copia simple de la escritura núm. 2.131, de 22 de junio de 2006, otorgada ante el mismo fedatario público.

Se han aportado al expediente de modificación del Patronato, las certificaciones de los acuerdos adoptados a tal fin por dicho Órgano, así como las aceptaciones del cargo con los requisitos establecidos por la Ley.

Cuarto. Las escrituras públicas incorporan la certificación de los acuerdos del Patronato, de 28 de noviembre de 2005 y de 10 de junio de 2006, respectivamente, así como el texto completo de los Estatutos y de la modificación posterior de su artículo 22.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que las modificaciones estatutarias acordadas por el Patronato de la Fundación fueron comunicadas en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Orden de 25 de julio de 2006, de aquel Departamento.

Los nombramientos de Patronos fueron notificados al Protectorado de acuerdo con lo que dispone el artículo 18 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, realizándose de acuerdo con lo establecido en los estatutos.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Museo Picasso de Málaga protocolizados en escritura pública núm. 4.174, el 7 de diciembre de 2005, y en escritura núm. 2.131, de 22 de junio de 2006, ante el Notario don Antonio Martín García.

Segundo. Anotar el cese, como Patronos, de don Eugenio Carmona Mato y de don Francisco Calvo Serraller.

Tercero. Inscribir, como Patronos de la Fundación, a don Juan Serrano Muñoz, don José María Rodríguez Gómez y don Braulio Medel Cámara.

Cuarto. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 2 de octubre de 2006. La Directora General, P.S., El Secretario General de Modernización de la Justicia, Celso José Fernández Fernández.

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