Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 8 de marzo de 2006, por la que se acepta la donación de un bien mueble integrante del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Benito Navarrete Prieto oferta, con fecha 13 de marzo de 2005, la donación de un bien mueble del Patrimonio Histórico que se relaciona en Anexo. El bien que se dona a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo de Bellas Artes de Córdoba, resulta de gran interés para las colecciones de este Museo, ya que incrementan sus fondos de obra sobre papel.

El Museo de Bellas Artes de Córdoba informa sobre el interés de los bienes ofertados con fecha 16 de marzo de 2005, siendo informada favorablemente la idoneidad del mencionado bien para el Museo de Bellas Artes de Córdoba, por la Comisión Andaluza de Bienes Muebles en su sesión de 30 de marzo de 2005.

La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 91.1 a la Consejería de Cultura para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Los efectos del artículo 91.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta de la Dirección General de Museos de 7 de marzo de 2006,

R E S U E L V O

Primero. Aceptar la donación de un bien mueble del Patrimonio Histórico que se relaciona en Anexo, dispuesta por don Benito Navarrete Prieto, y del que se toma posesión en este acto por la Consejería de Cultura.

Segundo. Adscribir y depositar el citado bien en el Museo de Bellas Artes de Córdoba, cuya Directora levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de Aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien ingresará en el Museo de Bellas Artes de Córdoba en concepto de depósito de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora y en virtud a lo dispuesto en el artículo 9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, los interesados podrán optar por

interponer contra esta Orden recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.

Sevilla, 8 de marzo de 2006

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

A N E X O

Autor: Anónimo.

Título: Adoración de los Reyes Magos.

Técnica: Lápiz y tinta sobre papel verjurado.

Medidas: 210 x 230 mm.

Descargar PDF