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Número 28 de 10 de febrero de 2012
Enclavada entre dos mares y dos continentes, la singularidad geográfica de Andalucía le otorga una identidad abierta y multicultural
Naturaleza y paisajesAndalucía ofrece una gran diversidad geográfica y una contrastada riqueza de paisajes.
ClimaAmplia variedad climática: sierras de abundantes lluvias, comarcas áridas, montañas nevadas, costas soleadas...
Andalucía ha sido foco de civilización y escenario de una historia milenaria de convivencia entre culturas.
EconomíaEn las tres últimas décadas, Andalucía ha logrado una profunda transformación económica y social.
Cultura y tradicionesAndalucía cuenta con una milenaria y rica herencia cultural.
Andalucía cuenta con amplios poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, similares a los del resto de comunidades históricas de España.
SímbolosLa bandera, el escudo y el himno de Andalucía.
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Publicada en el BOJA núm. 64, de 30 de marzo de 2007, la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía, y habiéndose detectado error en la transcripción de la misma, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
- En el artículo 17, apartado 2, donde dice: «Esta ayuda alcanzará como máximo al cómputo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros».
Debe decir: «Esta ayuda alcanzará como máximo al cómputo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros, y se destinará a subvencionar los intereses del primer año de carencia del préstamo».
- En el artículo 62, apartado 2, donde dice: «Esta bonificación será como máximo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros».
Debe decir: «Esta bonificación será como máximo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros, y se destinará a subvencionar los intereses del primer año de carencia del préstamo».
Sevilla, 10 de octubre de 2007
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