Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
La Orden de Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006, regula con carácter indefinido la concesión de becas de formación e investigación en el ámbito de las competencias de la Consejería de Economía y Hacienda y establece en su artículo 7 que las convocatorias se realizarán, por delegación del titular de la Consejería de Economía y Hacienda, mediante resolución del titular de la Secretaría General Técnica de dicha Consejería, debiendo especificar los extremos señalados en el referido artículo y publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo dispuesto en la citada Orden, mediante la presente Resolución se convocan quince becas de formación y desarrollo de trabajos de investigación en el área de la gestión, liquidación y recaudación de los tributos e ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma, centrándose especialmente en las actuaciones que corresponde efectuar a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.
En su virtud, y en ejercicio de las facultades que me han sido delegadas,
RESUELVO
Primero. Convocar quince becas de formación e investigación, con las características que se determinan en el Anexo de la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006, por la que se regula la concesión de becas de formación e investigación (BOJA núm. 141, de 24 de julio de 2006).
Segundo. La concesión y ejecución de las becas objeto de la presente convocatoria, se ajustará a lo dispuesto en la referida Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006, como norma específica reguladora de las mismas.
Sevilla, 3 de enero de 2007.- El Secretario General Técnico, Luis Nieto Ballesteros.
ANEXO
1. Número de becas que se convocan: Quince.
2. Cuantía bruta de la asignación mensual de las becas: 1.100 euros.
3. Duración inicial de las becas: Doce meses.
4. Centro de adscripción: Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda, que determinará los centros administrativos de desarrollo de actividades, ubicados en la localidad de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006.
5. Finalidad y materia de las becas: Formación y desarrollo de trabajos de investigación en el área de la gestión, liquidación y recaudación de los tributos e ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, centrándose especialmente en las actuaciones que corresponde efectuar a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.
6. Titulación específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006: Licenciatura en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Actuariales y Financieras o Economía u homologadas.
7. Méritos específicos para la concesión, conforme a lo previsto en el artículo 10.1.e) de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006: La superación de algún ejercicio en los procesos selectivos de acceso al Cuerpo Superior de Administradores, especialidades: Administradores Generales y Administradores de Gestión Financiera de la Junta de Andalucía.
8. Forma y plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes se formularán conforme al modelo de impreso que figura como Anexo de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de julio de 2006, y habrán de presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
9. Publicación de actos: Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas se publicarán en el tablón de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en la calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, en el de sus Delegaciones Provinciales, así como en la página web de la misma, en la dirección de Internet http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda.ov, en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
PDF de la disposición
Disposición siguiente