Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 23/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 5 de septiembre de 2008, por la que se delega en el Presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía la competencia para la concesión de una subvención excepcional instrumentada mediante convenio a la Fundación para el Desarrollo de los Pueblos de Andalucía.

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La Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 104 dispone que los órganos competentes para conceder subvenciones serán los titulares de las Consejerías y los Presidentes o Directores de los Organismos Autónomos, en sus respectivos ámbitos.

Del mismo modo, el artículo 107 de la citada Ley prevé que con carácter excepcional y en supuestos especiales se podrán conceder subvenciones, debiéndose acreditar la finalidad pública o interés social o económico que la justifique.

Por su parte, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 13.1 recoge la posibilidad de delegar el ejercicio de las competencias que los órganos de las diferentes Administraciones tienen atribuidas, en otros órganos de la misma Administración.

Por todo ello,

RESUELVO

Delegar en el Presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía, órgano dependiente de la Consejería de Empleo, la competencia para la concesión de una subvención excepcional instrumentada mediante convenio a la Fundación para el Desarrollo de los Pueblos de Andalucía, para la financiación de la Exposición Pública y entrega de la 4.ª edición del Premio Progreso.

Sevilla, 5 de septiembre de 2008

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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