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Detectado error material en la Orden que se cita, publicada en el BOJA núm. 226, de 19 de noviembre de 2009, se modifica la misma en los siguientes términos:
En la página 116, parte superior de la segunda columna, apartado 1.3. Derecho de concurrencia:
Donde dice:
«De conformidad con el art. 28 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, se entiende por derecho de concurrencia la posibilidad de que varios maestros o maestras condicionen su voluntaria participación en el procedimiento de provisión de vacantes a la obtención de destino en uno o varios centros de una provincia.»
Debe decir:
«De conformidad con el art. 28 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, se entiende por derecho de concurrencia la posibilidad de que varios maestros o maestras con destino definitivo condicionen su voluntaria participación en el procedimiento de provisión de vacantes a la obtención de destino en uno o varios centros de una provincia.»
Sevilla, 23 de noviembre de 2009
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