Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 13/03/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 26 de febrero de 2009, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca prueba selectiva para el ingreso en la escala Auxiliar.

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De conformidad con el Acuerdo sobre estabilidad del personal funcionario de la Universidad de Sevilla suscrito por el Sr. Rector y las organizaciones sindicales FETE-UGT, SUS, CC.OO., CSI-CSIF y CTA, según lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta (consolidación de empleo temporal) del Estatuto Básico del Empleado Público, y en uso de las competencias que le están atribuidas al Sr. Rector por el art. 116 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, con el fin de fomentar la estabilidad en el empleo de los funcionarios interinos que cumplan con los requisitos legalmente establecidos, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla acuerda convocar prueba selectiva para el ingreso en la escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Características generales de la convocatoria.

1.1. Número de plazas convocadas. Se convoca prueba selectiva para cubrir 120 plazas en la escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla.

Del total de plazas se reservará un cinco por ciento para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior a un 33%, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 53/2003, de 10 de diciembre, acreditándose dicha circunstancia mediante certificado del organismo competente en el que aparezca claramente el porcentaje de la discapacidad. Este cupo de reserva asciende a 6 plazas.

1.2. Acumulación de plazas. Las plazas que queden sin cubrir de las reservadas a discapacitados se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.3. Disposiciones aplicables. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por el Estatuto de la Universidad de Sevilla, por el Estatuto Básico del Empleado Público y disposiciones que lo desarrollan.

1.4. Sistema de selección. El procedimiento de selección será el de concurso‑oposición, que se valorará hasta un total de 100 puntos de los cuales 55 corresponden a la fase de oposición y 45 a la de concurso.

A) En la fase de concurso se valorarán con un máximo de 45 puntos los siguientes méritos:

a) Tiempo de servicios prestados en la Universidad de Sevilla con anterioridad al 1 de enero de 2005: A razón de 5 puntos, más 0,3 puntos por cada mes trabajado (con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de Sevilla), ya sea como funcionario interino de la Escala Auxiliar o como contratado laboral con carácter temporal con categoría de Técnico Auxiliar de Administración y excepcionalmente los prestados con cargo al capítulo VI, siempre y cuando el interesado haya sido seleccionado de la Bolsa General de Sustituciones de dicha escala.

b) Tiempo de servicios prestados en puestos iguales a los que son objeto de esta convocatoria desde el 1 de enero de 2005: 0,3 puntos por cada mes trabajado. Se consideran puestos iguales a los que son objeto de esta convocatoria cuando el programa exigido para el ingreso en dichos puestos, escalas o cuerpos coincida al menos en un 90% con el exigido en la convocatoria.

c) Tiempo de servicios prestados en puestos similares a los que son objeto de esta convocatoria desde el 1 de enero de 2005: 0,1 punto por cada mes trabajado. Se consideran puestos similares a los que son objeto de esta convocatoria cuando el programa exigido para el ingreso en dichos puestos, escalas o cuerpos coincida al menos en un 80% con el exigido en la convocatoria.

d) Formación impartida por el Centro de Formación Permanente del PAS de la Universidad de Sevilla u homologada por éste: a razón de 0,2 puntos por cada 10 horas. Formación superada con prueba de conocimientos en Centros Públicos de Formación de la Administración del Estado, Comunidad Autónoma o Universidad Pública en Temas relacionados con el programa de la convocatoria: a razón de 0,1 punto por cada 10 horas. Máximo 2 puntos.

e) Superación de ejercicios para el acceso a la escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla: 1 punto por ejercicio superado.

B) La fase de oposición se valorará de 0 a 55 puntos, siendo necesario obtener al menos 27,5 puntos para superarlo. Para considerarlo superado se exigirá acertar como mínimo el 50% del número total de preguntas que integran el cuestionario, una vez aplicada la penalización por respuestas incorrectas que determine el tribunal y consistirá en un sólo ejercicio teórico-práctico escrito respondiendo a un cuestionario de respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta.

La fase de oposición versará sobre el programa de materias que se relaciona a continuación:

PROGRAMA DE MATERIAS

PRIMERA PARTE: CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios inspiradores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relación entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 3. El Poder Judicial: Principios constitucionales. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional: Composición y atribuciones.

Tema 4. Organización territorial del Estado: Principios generales. Administración Local. Comunidades Autónomas: constitución y competencias.

Tema 5. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Idea general de las compe­tencias de la Comunidad Autónoma Andaluza.

SEGUNDA PARTE: UNIVERSIDAD

Tema 1. La Autonomía Universitaria. Tratamiento Constitucional, principios inspiradores y desarrollo legal: Ley Orgánica de Universidades. Funciones, creación, reconocimiento, régimen jurídico y estructura de las Universidades.

Tema 2. Aspectos generales sobre la regulación del profesorado, personal de Administración y Servicios y estudiantes en la Ley Orgánica de Universidades.

Tema 3. El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Título Preliminar. Reforma del Estatuto y de los Reglamentos generales.

Tema 4. El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Órganos generales: Órganos colegiados, Órganos de Gobierno Unipersonales y el Defensor Universitario.

Tema 5. El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Estructura Académica: Centros y Departamentos.

Tema 6. La Universidad de Sevilla. Normas de Matrícula e Ingreso.

Tema 7. El Estatuto de la Universidad de Sevilla. Régimen económico, financiero y patrimonial.

Tema 8. El Estatuto de la Universidad de Sevilla. La Actividad Universitaria: Docencia e Investigación.

TERCERA PARTE: DERECHO ADMINISTRATIVO Y PERSONAL

Tema 1. La Administración Pública española: Los principios constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Sometimiento a la Ley y al Derecho.

Tema 2. Las fuentes del Derecho Administrativo: La Ley y el reglamento. Otras fuentes.

Tema 3. Los actos administrativos: Concepto, elementos y clases. Requisitos y eficacia de los actos administrativos.

Tema 4. La invalidez de los actos administrativos: Nulidad y anulabilidad.

Tema 5. El procedimiento administrativo: Idea general de sus fases. Iniciación. Ordenación: Tramitación, comunicación y notificación. Instrucción: Especial consideración de la audiencia al interesado. Terminación: Modos. El silencio administrativo.

Tema 6. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 7. Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos: Del ámbito de aplicación y los principios generales. Derechos de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. De la gestión electrónica de los procedimientos. Gestión por procesos: Descripción, diagramación e indicadores.

Tema 8. La función pública en el Estado Español: Las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos: Estatuto Básico del Empleado Público. Incompatibilidades en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 9. Conceptos básicos sobre el régimen jurídico del personal laboral de la Universidad de Sevilla: IV Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de las Universidades Andaluzas. Provisión de vacantes. Contratación e ingreso.

Tema 10. El principio de igualdad en el empleo público.

CUARTA PARTE: INFORMÁTICA

Ms-Word (MS-Office 2002): Formatos, plantillas de documentos, tablas, importar documentos, documentos extensos, anotaciones y revisiones de documentos, correspondencia.

Ms-Access (MS-Office 2002): Bases de datos: Creación, tablas, filtros, consultas, formularios e informes.

1.5. Características del ejercicio.

El cuestionario versará sobre el programa de materias que figura en el apartado anterior.

El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas, de las cuales 20 estarán referidas al paquete informático Office 2002.

La duración de este ejercicio será de 120 minutos.

1.6. Sistema corrector.

El Tribunal determinará el sistema corrector a establecer respecto de las preguntas que se contesten erróneamente.

1.7. Calificación final. La calificación final de los aspirantes se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo superar éstos el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente señalado.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, y en el supuesto de que persistiera el mismo se tomará en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. De subsistir el empate se atenderá sucesivamente a la puntuación obtenida en los distintos méritos valorados según el orden establecido en las presentes bases.

Como último criterio se procederá de la siguiente forma: Ordenación de menor a mayor del número inverso de los DNI. de cada uno de los participantes afectados por el empate; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el determinante para el inicio de los desempates.

1.8. Calendario. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del día 1 de junio de 2009. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará en la Resolución de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, o encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Asimismo deberá ser acreditada suficientemente la equivalencia del título de Graduado Escolar.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado o inhabilitado del servicio de las Administraciones Públicas en los términos del art. 56.1, apartado d) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.2. Requisitos particulares participantes turno minusvalía. Dichos participantes deberán tener reconocido por los organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33%. La no posesión de dicho reconocimiento en dicho plazo implicaría la imposibilidad de participar por el turno de minusvalía.

2.3. Fecha de cumplimiento de los requisitos. Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes.

3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo se reproduce en Anexo II, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Sevilla o podrá descargarse desde www.r2h2.us.es. A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado siempre y cuando se presente por cuadruplicado (ejemplar para el Servicio Gestión PAS. Funcionario, para el interesado, para el Área de Gestión Económica y para la entidad bancaria).

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2. Centros de recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General sito en C/ San Fernando, núm. 4, y en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil de esta Universidad, sito en Paseo de las Delicias, s/n; en cualquiera de las formas establecidas por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en aquel Boletín Oficial (BOE o BOJA) que publique la convocatoria en último lugar, y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3. Justificación de los derechos de examen. El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria, a los que se refiere la base 3.5, de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aún justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.

3.4. Porcentaje de minusvalía. Los aspirantes con discapacidad deberán indicar en la instancia el porcentaje de minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. A ésta se acompañará certificación expedida por los órganos competentes, en la que se acredite el grado de minusvalía.

Asimismo, deberán solicitar, expresando en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medio para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.5. Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 12 € y se ingresarán en la cuenta restringida de recaudación número 0049-2588-71-2114241655 del Banco Santander o en cualquiera de sus oficinas. Forma de pago: 1. Directamente en las oficinas de la citada entidad, para lo cual deberá utilizarse exclusivamente el impreso de ingreso que a tal efecto facilitará la propia Universidad y que se corresponderá con el modelo de solicitud de participación a las pruebas. 2. Mediante transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos del participante, número del DNI y Código 760. El resguardo acreditativo de la misma deberá acompañarlo a la solicitud de participación.

Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de examen los colectivos a que se refiere el art. 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en los términos y con las condiciones que allí se indican. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia en su solicitud de participación (apartado 4.A), debiendo aportar la justificación pertinente.

Asimismo estarán exentos del abono de las tasas de examen, en aplicación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, los que estando en posesión del título correspondiente, ostenten la categoría especial y una bonificación del 50% los que ostenten la categoría general. A estos efectos habrán de hacer constar tal circunstancia (general o especial) en su solicitud de participación (apartado 4.C), debiendo aportar la justificación pertinente.

En ningún caso el abono de los derechos de examen en la entidad bancaria podrá eximir de la obligación de la presentación de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6. Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que se declarará aprobada la lista de admitidos así como la de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI.

4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

4.3. Devolución de derechos. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunales.

5.1. Composición. El Tribunal Calificador, presidido por el Rector, estará constituido por cinco miembros de la Universidad de Sevilla o de otras Universidades Andaluzas nombrados por aquél de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente. La composición de los miembros del Tribunal se hará pública mediante Resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículos 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en los artículos 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Actuación del Tribunal durante el proceso. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas que estime pertinen­tes, limitándose dichos asesores a prestar su colabora­ción en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes en el proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8. Adaptaciones para minusválidos. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su reali­zación por las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4.

5.9. Garantía de corrección de ejercicios. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas opor­tunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10. Información a los participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4, teléfonos 954 551 070 y 954 551 067. También podrán solicitar información a través de e-mail a la siguiente dirección electrónica: pasfuncionario@us.es.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas prue­bas selectivas.

5.11. Categoría. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas ten­drá la categoría cuarta de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).

5.12. Declaración de aspirantes que han superado el proceso selectivo. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo esta­blecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo del ejercicio.

6.1. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2. Orden de actuación. El orden de actuación de los opositores se iniciará, en su caso, según el establecido en la relación de admitidos.

6.3. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Publicación de fechas de ejercicios. La fecha y lugar de realización del ejercicio se publicará junto con relación de admitidos y excluidos.

6.5. Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma Básico de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.6. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspi­rantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Calificación del ejercicio.

7.1. Publicadas las calificaciones del ejercicio se abrirá un plazo de cinco días naturales para las reclamaciones a las mismas.

7.2. Transcurrido dicho plazo se procederá a publicar por el Tribunal relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, con expresión de las calificaciones obtenidas.

8. Fase de concurso.

Publicadas las calificaciones definitivas del ejercicio los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consten en la relación citada en la base 7.2 podrán entregar en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, certificación de los servicios de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla o de la Administración que corresponda, donde se haga constar el tiempo trabajado, la naturaleza de la relación de trabajo y la cualificación profesional ostentada, así como cualquier otra documentación que acredite los méritos que quieran hacer valer en los términos a que hace referencia la base 1.4 apartado A).

9. Relación de aprobados y aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9.1. Acuerdo provisional de aprobados y aspirantes que han superado el proceso selectivo. Finalizado el plazo previsto en la base 8 se publicará la lista provisional de aprobados/as con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. Esta deberá estar ordenada por orden de alfabético e indicación de su Documento Nacional de Identidad.

Junto a las mismas se publicará relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta deberá estar ordenada por orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento Nacional de Identidad.

Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales para posibles impugnaciones.

9.2. Acuerdo definitivo aspirantes que han superado el proceso selectivo. Finalizado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9.3. Publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad, ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

10.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publiquen las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo estos deberán presentar en el Servicio Gestión PAS Funcionario de la Universidad de Sevilla, los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Gra­duado Escolar o equivalente, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido sepa­rado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no pade­cer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía, deberán presentar certificación del órgano competente que acredite tal condi­ción e igualmente, deberán presentar certificado del citado órgano o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

e) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada del diploma básico de español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

10.2. Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de funcionario interino o personal contratado en esta Universidad estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento, debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente acreditada en su expediente.

10.3. Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.4. Elección de destinos. La elección de las plazas incluidas en la base 1.1 se realizará por los aspirantes aprobados según el orden de puntuación obtenida. El mecanismo de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por Resolución de la Dirección de Recursos Humanos. A estos efectos se ofrecerán exclusivamente puestos base vacantes de la Escala Auxiliar. De no existir puestos de dicha naturaleza, se asignará a los participantes un destino provisional permaneciendo a disposición de la Dirección de Recursos Humanos, prestando sus funciones allí donde las necesidades de los servicios lo demandasen.

10.5. Nombramientos. Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el supuesto de que existieran funcionarios interinos ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

11. Bolsa de trabajo.

Una vez finalizado el proceso selectivo se elaborará una bolsa de trabajo conforme a nueva regulación que se publicará con anterioridad a la celebración del ejercicio de la fase de oposición de la presente convocatoria.

12. Eliminación de archivos.

Se informa a los participantes en esta convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerá en los archivos del Servicio Gestión PAS funcionario durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General de esta Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

13. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:

1.º Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial que haga pública la presente Resolución en último lugar.

2.º Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses según dispone el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso contenciosoadministrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquél, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 26 de febrero de 2009.- El Rector, Joaquín Luque Rodríguez.

ANEXO I

DECLARACIÓN JURADA

D/D.ª ..............................................................................................., con domicilio en ......................................., C.P. ................ y DNI núm. ......................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la escala ................................... de la Universidad de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se haya inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ....................., a ....... de ............... de ..........

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