Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 01/06/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de abril de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de pro-cedimiento verbal núm. 173/2008. (PD. 1304/2010).

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NIG: 2906742C20080003322.

Procedimiento: Juicio Verbal (desahucio falta pago -250.1.1) 173/2008. Negociado: 3.

Sobre: Verbal desahucio por falta de pago y reclamación de rentas.

De: Caldruiz, S.A.

Procuradora: Sra. Carolina Parra Ruiz.

Letrado: Sr. José Carlos Calderón Ruiz.

Contra: Don Juan Manuel Román Frías.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (desahucio falta pago -250.1.1) 173/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Caldruiz, S.A., contra Juan Manuel Román Frías sobre verbal desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Málaga a veintidós de enero de dos mil nueve.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de Caldruiz, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales señora Parra Ruiz y asistida del Letrado señor Calderón Ruiz, contra don Juan Manuel Román Frías, en situación procesal de rebeldía,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Parra Ruiz, en nombre y representación de Caldruiz, S.A., contra don Juan Manuel Román Frías, sobre reclamación de rentas, debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la parte actora el importe de 12.496,32 euros por razón de rentas devengadas durante la vigencia del contrato de arrendamiento a que se contrae la demanda, y concretamente desde el mes de abril de 2007 al mes de febrero de 2008, más parte de la mensualidad del mes de marzo de 2007 –pendiente de abono por 851,45 euros–, intereses legales y costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella será posible interponer recurso de apelación en plazo de cinco días, que se preparará presentando escrito ante este mismo Juzgado en que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Juan Manuel Román Frías, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintidós de abril de dos mil diez.- El/La Secretario.

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