Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 19/01/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión por el sistema de promoción interna.

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Existiendo plazas vacantes de adscripción indistinta a los grupos B y C (actualmente A2 y C1 conforme al Estatuto Básico del Empleado Público) de las Escalas de la Universidad de Sevilla, ocupadas por funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Grupo C (actualmente C1), a fin de facilitar la promoción profesional en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, actualmente en vigor en virtud de la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, previa negociación con los representantes de los funcionarios, el Rector, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el art. 75 de la Ley Orgánica de Universidades, el art. 114 y siguientes del Estatuto de la Universidad de Sevilla, y el art. 15 del Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Características generales. Plazas convocadas.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 40 plazas de la Escala de Gestión de la Universidad de Sevilla, por el sistema de Promoción Interna, que se regirán por lo dispuesto en la legislación básica sobre Función Pública y su normativa de desarrollo, la Ley Orgánica de Universidades, la Ley Andaluza de Universidades y demás normativa autonómica que resulte de aplicación, el Estatuto de la Universidad de Sevilla, el Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla y por las bases que establece la presente convocatoria.

Del total de plazas se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior a un 33%, de acuerdo con la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, acreditándose dicha circunstancia mediante certificación del organismo competente en la que aparezca claramente el porcentaje de la discapacidad. Este cupo de reserva asciende a dos plazas. Aquellas que, reservadas, queden desiertas, se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requi­sitos:

a) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C1 del art. 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, encontrarse en situación de servicio activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.

A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo la excedencia por cuidados de familiares y la de servicios especiales.

b) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingenie­ro Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los participantes manifiesten expresamente en su solicitud que reúnen todas y cada uno de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo de solicitudes. Deberán ser acreditadas fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo al nombramiento como funcionario de carrera, siendo excluidos en caso contrario de la relación definitiva de aprobados.

2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I, y que podrá obtenerse en el Registro General de la Universidad de Sevilla o a través de la página web: www.r2h2.us.es.

3.2. Centros de recepción de solicitudes. La presentación de la solicitud se efectuará en el Registro General de la Universidad de Sevilla, sito en C/ San Fernando, núm. 4; en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil de esta Universidad, sito en Paseo de las Delicias, s/n; o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud irá dirigida al Señor Rector Magnífico de esta Universidad.

El plazo de presentación será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. Minusválidos. Adaptaciones. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios.

3.4. Certificado de méritos. Los aspirantes deberán aportar, junto con su solicitud, aquellos méritos que no consten en su expediente personal o de formación.

3.5. Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución, que se publicará en la página web de la Universidad de Sevilla, https://www.r2h2.us.es, en la que se declarará aprobada la lista de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en su caso.

4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el tablón oficial referido en el apartado anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, en su caso.

5. Sistema selectivo.

El sistema de selección será el de concurso-oposición, consistiendo el concurso en la valoración de los méritos según el baremo que más adelante se reproduce, y la oposición, en la superación de la prueba que se especifica en el programa de materias.

5.1. Fase de oposición.

El máximo de puntos a otorgar en la fase de oposición será de 55 puntos.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:

a) El primer ejercicio consistirá en un cuestionario de 80 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, cuyo contenido estará relacionado con todo el programa.

La duración de este ejercicio será de 90 minutos.

b) El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, tipo test de respuestas alternativas, a elegir por el opositor de entre tres propuestos por el Tribunal, uno de cada una de las partes del programa.

La duración de este ejercicio será de dos horas.

c) En cada uno de los ejercicios cada pregunta contestada incorrectamente penalizará descontando el valor de una respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte proporcional que corresponda.

d) Cada uno de los ejercicios será valorado de 0 a 27,5 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 13,75 puntos para superarlo. Para considerarlos superados se exigirá acertar como mínimo el 55% del número total de preguntas que integran cada uno de los cuestionarios, una vez aplicada la penalización señalada en el apartado anterior.

PROGRAMA DE MATERIAS

PRIMERA PARTE: ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL, ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y DERECHO ADMINISTRATIVO

1. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior: La Declaración de Bolonia. Antecedentes y consecuencias para el sistema universitario español. Créditos ECTS y movilidad: Programa europeo de movilidad; otros programas de intercambio y cooperación universitaria.

2. El factor humano en la organización: Grupos de trabajo y trabajo en equipo. Desarrollo y motivación de los Recursos Humanos.

3. La comunicación. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

4. La dirección de las organizaciones. Funciones directivas. Origen y naturaleza de la autoridad; el liderazgo: Clases, ámbito de actuación y factores de influencia. Jerarquía y autoridad: el proceso escalar. Responsabilidad y autoridad. Jerarquía lineal y jerarquía funcional. Delegación de la autoridad.

5. La planificación de la gestión pública. Estrategia organizacional. La planificación estratégica y operativa. Definición de objetivos, evaluación y asignación de recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos de análisis y mejora de la organización.

6. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios generales. Las Administraciones Públicas y sus relaciones. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas.

7. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.

8. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Consideraciones generales, presupuestos, requisitos temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y personal.

9. El procedimiento administrativo: concepto y clases. La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho administrativo español.

10. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos. Clases de recursos y su regulación. El recurso extraordinario de revisión: Objeto, naturaleza y efectos.

11. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: Disposiciones generales. Configuración general de la contratación del Sector Público y elementos estructurales de los contratos. Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.

12. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos: Del ámbito de aplicación y los principios generales. Derechos de los ciudadanos a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos. De la gestión electrónica de los procedimientos. Régimen jurídico de la administración electrónica. Definiciones.

13. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones Públicas.

14. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios y Administraciones Públicas.

SEGUNDA PARTE. GESTIÓN UNIVERSITARIA

1. La autonomía universitaria: Principios inspiradores y extensión de la Ley Orgánica de Universidades. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El estudio en la Universidad.

2. La Ley Andaluza de Universidades: Los Estudiantes: derechos y deberes. Becas y créditos.

3. La Ley Andaluza de Universidades: Coordinación universitaria: principios generales. Consejo Andaluz de Universidades.

4. La Ley Andaluza de Universidades: La calidad universitaria. Evaluación de la calidad y acreditación universitaria. La Ley Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento: La Agencia Andaluza del Conocimiento.

5. El acceso a la Universidad. Real Decreto 69/2000, de 21 de enero. Acuerdos de 12 de mayo de 2009, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía. El Reglamento General de Actividades Docentes de la Universidad de Sevilla: acceso y progresión en las enseñanzas.

6. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (1). Título Preliminar. Órganos generales de la Universidad de Sevilla.

7. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (2). Estructura académica de la Universidad.

8. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (3). La actividad universitaria. La comunidad universitaria. Administración y servicios de la Universidad de Sevilla.

9. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios. Régimen del funcionario docente universitario: Derechos y obligaciones. El profesorado contratado.

10. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades: El acceso a los cuerpos docentes universitarios.

11. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades: El acceso a la condición de profesor contratado.

12. Normas de matrícula y permanencia en la Universidad de Sevilla: Resoluciones Rectorales reguladoras de las normas de matrícula en la Universidad de Sevilla.

13. Sistemas de Becas y Ayudas al Estudio (R.D. 1721/2007, de 21 de diciembre). Becas y Ayudas al Estudio en la Universidad de Sevilla. Convocatoria Ayudas al Estudio Junta de Andalucía-Universidad de Sevilla, curso 2008-2009.

14. Estudios universitarios oficiales de Grado y Postgrado. Adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior. Títulos académicos universitarios (R.D. 1393/2007).

15. Enseñanzas propias de la Universidad de Sevilla: su regulación en el Reglamento General de Actividades Docentes, el Reglamento de las Enseñanzas Propias de la Universidad de Sevilla y la Resolución Rectoral de 10 de enero de 2008.

TERCERA PARTE. PERSONAL Y GESTIÓN ECONÓMICA

1. El Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional.

2. La función pública: Situación constitucional y organización actual. Ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas según la normativa estatal aplicable, la provisión de puestos de trabajo y promoción, requisitos, procedimientos y efectos según la normativa propia y autonómica.

3. Planificación de recursos humanos. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo.

4. Situaciones administrativas de los funcionarios: supuestos y efectos de cada una de ellas.

5. Las incompatibilidades del personal al servicio del sector público. Regulación, procedimiento y efectos.

6. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos: faltas y sus clases, sanciones, tramitación y efectos.

7. El personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: Su regulación en la Ley Orgánica de Universidades. El Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

8. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

9. Ley Orgánica de Libertad Sindical: La sindicación del personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas. La participación de los trabajadores en la empresa. Órganos de representación.

10. El régimen económico y financiero de la Universidad de Sevilla. El Presupuesto universitario. Concepto y principios presupuestarios. Estructura del presupuesto. Los créditos y sus limitaciones. Normas de ejecución del presupuesto. Fases y documentos contables de la ordenación del gasto.

11. La Universidad de Sevilla. El presupuesto universitario. El ciclo presupuestario. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios, suplementos de crédito, créditos ampliables, generaciones de crédito, transferencias de crédito, incorporaciones de crédito. Los anticipos de Tesorería. Gastos plurianuales.

12. El procedimiento de pago: ordenación del pago. Procedimientos especiales de pago: anticipo de caja fija y pagos a justificar.

13. El control de la actividad financiera pública. El control interno y el control externo: concepto, órganos de control y modalidades.

14. El Plan General de Contabilidad Pública. Principios contables. Cuentas anuales: balance de situación, cuenta de resultado económico-patrimonial, estado de liquidación del presupuesto y memoria. Remanente de tesorería. Rendición de cuentas en la Universidad de Sevilla.

5.2. Desarrollo de los ejercicios.

5.2.1. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeri­dos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

5.2.2. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

5.3. Publicación de la fecha de los ejercicios. La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijará en la Resolución Rectoral de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe las listas de admitidos y excluidos. Este, no obstante, no se realizará antes del 15 de mayo de 2010.

Desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 5 días hábiles y máximo de 45 días hábiles.

La fecha de celebración del segundo ejercicio se publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con 72 horas al menos de antelación a la señalada para el inicio del mismo. Este, no obstante, no se realizará antes del 15 de junio de 2010.

5.4. Fase de concurso.

El máximo de puntos a otorgar en la fase de concurso será de 45 puntos.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad. Máximo 13 puntos. La antigüedad del funcionario teniendo en cuenta para ello los servicios prestados reconocidos al amparo de la Ley 70/78 hasta la fecha de finalización del plazo de solicitudes de esta convocatoria será valorado de acuerdo a la siguiente escala:

- Servicios reconocidos en cualquier Grupo o Escala, a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.

- Servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala C1 (anteriormente C), a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, sin perjuicio de que dichos períodos puedan ser valorados en el párrafo anterior, hasta un máximo de 7 puntos.

Las fracciones de tiempo superior a 6 meses serán valoradas con 0,25 puntos.

b) Grado personal. Máximo 12 puntos. El grado personal consolidado se valorará conforme a la siguiente escala:

Grado de Nivel 22 - 21: 12,0 puntos.

Grado de Nivel 20 - 19: 11,0 puntos.

Grado de Nivel 18: 10,0 puntos.

Grado de Nivel 17 o inferior: 9,0 puntos.

c) Puesto de trabajo. Máximo 11 puntos. Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe el aspirante como titular al final del plazo de solicitudes, de acuerdo a la siguiente escala:

Nivel 21 o superior: 11,0 puntos.

Nivel 20 - 19: 9,5 puntos.

Nivel 18: 8,0 puntos.

Nivel 17 o inferior: 6,5 puntos.

d) Titulación. Máximo 3 puntos. Se valorará con 1,5 puntos por cada titulación superior a la exigida (Licenciado, Doctorado).

e) Superación de ejercicios de procesos selectivos de promoción interna del mismo nivel en la Universidad de Sevilla. Máximo 3 puntos. Se valorará a razón de 1 punto por cada ejercicio superado.

f) Formación: Máximo 3 puntos. Se valorarán las actividades formativas organizadas o reconocidas por la Universidad de Sevilla, las actividades formativas realizadas en otras Universidades o Administraciones Públicas en los términos previstos en los convenios de cooperación u homologación, y los cursos y acciones formativas impartidos por las organizaciones sindicales dentro del marco del Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, siempre que estén relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria, a razón de 0,01 por hora.

5.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla, con declaración de las inexactitudes o falsedades manifestadas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6. Tribunales.

6.1. Composición. El Tribunal Calificador será presidido por el Rector y estará constituido, además, por cuatro vocales miembros de la Universidad de Sevilla, o de otras universidades andaluzas, nombrados por el Rector. Asimismo, para cada uno de los miembros titulares se nombrará un suplente. Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un miembro de los Servicios de Personal nombrado por el Rector.

La composición de los miembros del Tribunal se hará pública mediante Resolución Rectoral, al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

6.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

6.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.2.

6.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente.

Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

6.5. Garantía de corrección de ejercicios. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

6.6. Información a los participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4, teléfonos 9545 51 070 ó 954 551 067. También se podrá solicitar información a través de e-mail a la siguiente dirección electrónica: pasfuncionario@us.es.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6.7. Categoría. El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).

7. Relación de aprobados.

7.1. Declaración de aprobados. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, y en el supuesto de que persistiera el mismo, por la puntuación obtenida en el primer ejercicio. De continuar el empate se tomará en cuenta la puntuación del segundo ejercicio. En último lugar se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

De subsistir el empate, este se resolverá acudiendo sucesivamente a la puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido en las presentes bases. Como último criterio se procederá de la siguiente forma: ordenación de menor a mayor del número inverso de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el empate; y sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el determinante para el inicio de los desempates.

7.2. Acuerdo provisional de aprobados. Junto con la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará, con carácter provisional, la relación de aprobados con indicación del Documento Nacional de Identidad, que deberá estar ordenada por calificación de mayor a menor, e, igualmente, habrá de constar puntuación desglosada del ejercicio y valoración de la fase de concurso, en su caso.

Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales para posibles impugnaciones.

7.3. Acuerdo definitivo de aprobados. Finalizado el plazo anterior, y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la Relación de Aprobados.

7.4 Publicación de la relación de aprobados. Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad, ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1 documentación a presentar. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los opositores que hayan superado del proceso selectivo deberán aportar la documentación necesaria, que no se encuentre suficientemente acreditada en su expediente, con objeto de proceder a su nombramiento como funcionario de la Escala de Gestión.

8.2 Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará Resolución por la que se nombre funcionario de carrera a los participantes que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Eliminación de archivos.

Se informa a los participantes en esta convocatoria que la documentación presentada, junto con su solicitud de participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de fecha 8 de febrero de 2002, permanecerá en los Archivos del Servicio de PAS durante un año a partir de la firmeza del procedimiento, y otro año en el Archivo General de esta Universidad; pasados dichos plazos serán eliminados, por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

10. Recursos.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:

1.º Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2.º Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, según dispone el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquél, al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

11. Disposición final.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla informa a los participantes en esta convocatoria que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud de participación y demás documentación que se adjunte, van a ser incorporados para su tratamiento, en el fichero Oposiciones y Concursos, declarado ante la Agencia Española de Protección de Datos, que tratará los datos de todos los participantes en la presente convocatoria, conforme al procedimiento establecido en la misma.

De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, 4, 41004, Sevilla.

Sevilla, 22 de diciembre de 2009.- El Rector, Joaquín Luque Rodríguez.

ANEXO II

DECLARACIÓN JURADA

Don/Doña ............................................................................, con domicilio en ........................................................................., y DNI núm. .............................................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala ..................................................... de la Universidad de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ................................., a ....... de ........................ de 20...

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