Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 21/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 4 de julio de 2010, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se conceden ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles de Andalucía de nivel no universitario, durante el curso 2010/2011, en la provincia de Almería.

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Convocadas por Orden de 22 de febrero de 2010 (BOJA núm. 42, de 3 de marzo), ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas en los niveles no universitarios durante el curso 2010/2011, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 27 de julio), por la que se establecen las bases reguladoras en relación a la Orden de convocatoria antes referenciada, vistas las solicitudes presentadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 10, apartado 2, de la Orden de 6 de julio de 2007 y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se constatan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que motivan la presente Resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el plazo de presentación de solicitudes señalado en el artículo Primero, apartado c), de la Orden de 22 de febrero de 2010, por la que se modifican las Órdenes que se citan para su adaptación al Plan de Medidas de Simplificación de Procedimientos Administrativos y Agilización de Trámites y se efectúan diversas convocatorias, se solicitaron ayudas por las entidades descritas en el Anexo I que se adjunta en la presente Resolución, por importe de nueve mil euros (9.000,00 €).

Segundo. Una vez estudiados y verificados los requisitos y valoración de las solicitudes de ayuda presentadas por las federaciones y asociaciones de ámbito provincial por la Comisión Evaluadora Provincial, constituida al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 6 de julio de 2007, arriba referenciada, se eleva por la misma Propuesta de Resolución al Delegado Provincial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Almería.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento de concesión de ayudas económicas a organizaciones estudiantiles viene dada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Orden de 6 de julio de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas para financiar actividades de organizaciones estudiantiles de Andalucía, en los niveles no universitarios.

Segundo. Las solicitudes de ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles y la tramitación de las mismas se ajustan a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 245/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía, y demás disposiciones de desarrollo de la referida Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en lo que no se oponga a los preceptos básicos de la norma estatal citada, así como la Orden 22 de febrero de 2010, por la que se modifican las Órdenes que se citan para su adaptación al Plan de Medidas de Simplificación de Procedimientos Administrativos y Agilización de Trámites y se efectúan diversas convocatorias, y la Orden de 6 de julio de 2007 por la que se establecen las bases reguladoras en relación a la Orden de convocatoria antes referenciada.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Orden de 6 de julio de 2007, arriba referenciada, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Conceder la ayuda económica para financiar actividades presentadas por las Organizaciones Estudiantiles de la Provincia de Almería relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, con sus correspondientes cuantías, presupuestos subvencionados y porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, con cargo todas ellas a la aplicación presupuestaria del gasto 0.1.11.00.18.04. .48900 .42F .4.

Segundo. La entidad beneficiaria deberá justificar, en el plazo de seis meses, a partir de la recepción del primer pago de la subvención, la correcta inversión de la ayuda concedida mediante la presentación de la siguiente documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Orden de 6 de julio de 2007, arriba citada:

- Certificado del Gestor de la Entidad, en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que se concedió y que éste ha quedado asentado en su contabilidad.

- Carpeta-índice que incluya una cuenta justificativa con todos los originales de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido, que sean imputables a la ayuda percibida, o fotocopias debidamente compulsadas de los mismos. Dichas facturas podrán justificar actividades de las confederaciones, de las federaciones o sus asociados, relativas, en todos los casos, al Plan de Actividades presentado, debiendo contener los requisitos formales exigibles a las mismas, y en particular:

1.º Deberán expedirse selladas y fechadas, conteniendo el CIF, nombre y domicilio de la entidad beneficiaria de la subvención.

2.º Constarán los datos de identificación de quien expide la factura: número, serie, CIF, nombre o razón social y domicilio.

3.º Desglose de IVA y/o retenciones de I.R.P.F.

4.º Descripción clara de la prestación del servicio o suministro.

5.º Sello y firma del responsable económico de la entidad solicitante, autorizando el pago correspondiente.

- Memoria evaluadora del Plan de Actividades, que deberá incluir:

1.º Una información completa, cuantitativa y cualitativamente, sobre las actividades realizadas.

2.º Todos los datos que permitan identificar claramente las acciones realizadas y su relación con el proyecto presentado, con aportación de documentos donde se establezca claramente la efectiva aparición de la publicidad de cofinanciación o financiación por parte de la Consejería de Educación.

3.º En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios e imputarse gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos, en el que figurará inexcusablemente la referencia a la publicidad de la financiación por la Junta de Andalucía.

Tercero. Pago efectivo de las ayudas. Las ayudas concedidas a los distintos proyectos se pondrán a disposición de las organizaciones estudiantiles mediante los correspondientes libramientos a justificar y las consiguientes transferencias bancarias a las cuentas corrientes autorizadas de dichas organizaciones, para el curso 2010/2011, por el 100% adjudicado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que lo hubiera dictado, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO I
ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL CANTIDAD PRESUPUESTADA CANTIDAD ASIGNADA PORCENTAJE
DE AYUDA
1. Asociación de Alumnos/as «Scorpio», del IES «Manuel de Góngora», de Tabernas 1.600,00 € 1.600,00 € 100 %
2. Asociación de alumnos/as «Nueva Juventud», del CEIP «Nuestra Señora de la Salud», de Laujar de Andarax 1.600,00 € 1.600,00 € 100 %
3. Asociación de Alumnos/as «IES La Mojonera», del IES «La Mojonera», de La Mojonera 1.400,00 € 1.400,00 € 100 %
4. Asociación de Alumnos/as «Jóvenes en Acción», del IES El Alquián, de Almería 1.581,00 € 1.581,00 € 100 %
5. Asociación de Estudiantes «Cálamus», del IES «Cerro Milano», de Alhama de Almería 1.850,00 € 1.365,00 € 73,78 %
6. Asociación de Estudiantes «Asoedux», del IES «Aurantia», de Banahadux 1.454,00 € 1.454,00 € 100 %
Total: 9.000,00 €
Almería, 4 de julio de 2010.- El Delegado, Francisco Maldonado Sánchez.
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