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El artículo 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), prevé que los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registro Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos, debiendo comunicar todos los asientos que efectúen al Registro General de Documento del cual dependan.
Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2009, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se crean unidades administrativas (BOJA núm. 8, de 14 de enero de 2010), se crea la Unidad Tributaria de Jerez de la Frontera, como unidad operativa desconcentrada dependiente jerárquicamente de la persona titular de la jefatura de la Coordinación Territorial con sede en Cádiz.
Para una mayor eficacia y eficiencia en la prestación del servicio, resulta necesaria la creación de un Registro Auxiliar de Documentos.
A la vista de cuanto antecede y en uso de las competencias otorgadas en el artículo 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto,
RESUELVO
Crear el Registro Auxiliar de Documentos que se detalla en el Anexo a la presente resolución, con horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes laborables.
Cádiz, 25 de enero de 2010.- El Coordinador Territorial, P.S. (Res. de 18.1.2010), la Directora de la Agencia Tributaria de Andalucía, M.ª Victoria Pazos Bernal.
ANEXO
Registro Auxiliar de Documentos: 1.
Centro: Unidad Tributaria de Jerez de la Frontera.
Dirección: Alameda Cristina, 11.
Código Postal: 11471.
Población: Jerez de la Frontera.
Provincia: Cádiz.
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