Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 23/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 3 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera y el himno del municipio de Porcuna (Jaén) (Expediente núm. 022/2008/sim).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el municipio de Porcuna (Jaén), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera e Himno municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Emitida en sentido favorable la información a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó, en sesión de fecha 17 de noviembre de 2010, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su bandera e himno municipal, que quedarían descritos de la siguiente forma:

- Bandera: Paño de proporciones 2/3. Cuartelado: 1.º y 4.º, de color blanco. 2.º formado por franja superior de 1/6 de color verde oliva oscuro y otra inferior de 5/6 de color violeta. 3.º formado por franja superior de 5/6 de color verde oliva oscuro y otra inferior de 1/6 de color violeta. En el centro el escudo municipal.

- Himno (letra la que sigue y partitura la correspondiente al Anexo):

Salve pueblo, muy querido que en ti viera,

la luz radiante de tu altivo corazón,

albor que dora la elevada cimera,

faro perenne, de noche y día, que es el «Torreón».

Volveremos con brío creciente,

a luchar por su antiguo esplendor,

fuiste cuna de «bravos guerreros»,

que te diera nombre y honor.

ESTRIBILLO (Bis)

Gloria a Obulco, ciudad que labora,

gloria a Ipolca, de luz y esplendor,

oye el canto de un alma que adora,

que sonríe de gozo, alegrando su corazón.

Eres cuna altiva de «ilustres varones»,

«tierra de olivos», flor de leyenda y tesón,

son tus hijos de renombre por sus acciones,

surcos profundos, de noble nombría, reza en tu blasón.

Tú conservas, reliquia sagrada,

como fiesta y feliz tradición,

«Alharilla», mi Virgen amada,

«San Benito», excelso Patrón.

ESTRIBILLO (Bis)

gloria a Obulco, ciudad que labora,

gloria a Ipolca, de luz y esplendor,

oye el canto de un alma que adora,

que sonríe de gozo, alegrando su corazón.

TRÍO (Bis)

viva Porcuna,

pueblo noble y con honor,

esta es mi tierra,

con grandeza, fe y con valor,

pueblo humilde,

nido de paz y de amor,

siglos de historia y de esperanza,

de gran futuro por tu tradición.

¡Salve pueblo, insigne y de augusta memoria!

¡Viva Porcuna!

Mediante escrito de fecha 29 de noviembre de 2010, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su bandera e himno municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado k) del artículo 8.2 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la bandera y del himno del municipio de Porcuna (Jaén), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente, siendo la partitura del himno la que aparece en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de diciembre de 2010.- El Director General, José María Reguera Benítez.

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