Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 21/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 112/2010, de 30 de marzo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural con la tipología de monumento, el Colegio de Santa Victoria, en Córdoba.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de los Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. El conjunto, constituido por el colegio y la iglesia perteneciente al mismo, está situado en la céntrica calle de Santa Victoria de Córdoba, rodeado por edificios de alto interés patrimonial con los cuales conforma un notable itinerario histórico y artístico, y emplazado en una de las cotas más altas de la ciudad, lo que hace de la cúpula de su iglesia una referencia visual casi inevitable del paisaje urbano cordobés.

Es el primer edificio levantado en Córdoba para atender específicamente a la educación de la mujer. Su construcción se realizó en la segunda mitad del siglo XVIII, dentro de la estética académica, siendo un ejemplo muy destacable de la misma en Andalucía.

Trazado en la segunda mitad del siglo XVIII por los arquitectos franceses Luis Gilbert y Baltasar Devretón, es el más importante ejemplo de arquitectura neoclásica con que cuenta la ciudad, destacando en él sobre todo la monumental fachada de la iglesia, con pórtico de columnas y frontón triangular rigurosamente clásico, y su planta circular.

III. La Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura, por Resolución de 21 de enero de 1983 (BOE número 50, de 28 de febrero de 1983), incoó expediente de declaración de monumento histórico artístico, a favor del colegio de Santa Victoria, en Córdoba, según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

En la tramitación del procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, así como en el artículo 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, han emitido informe favorable a la declaración la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando en Madrid en la sesión de 7 de noviembre de 1983, la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba en las sesiones de 23 de mayo de 1996 y de 15 de marzo de 2001, y el Departamento de Historia del Arte y Arqueología de la Universidad de Córdoba, con fecha 27 de enero de 1998.

De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 107, de 14 de septiembre de 1999) y de audiencia al Ayuntamiento de Córdoba y a los particulares directamente afectados en sus derechos. A los interesados desconocidos y a los que intentada la notificación no se pudo realizar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA número 40, de 5 de abril de 2001, y en el BOJA número 16, de 24 de enero de 2003, y su exposición en tablón de edictos del Ayuntamiento de Córdoba.

Se ha presentado una alegación en el procedimiento por parte de doña María Dolores Pérez Marín, en representación de la titularidad del centro concertado Santa Victoria, en el sentido de su no conformidad a la inscripción puesto que afectaría en sentido restrictivo a posibles obras a realizar en el edificio para su adecuación a centro educativo. Alegación que se desestima en el sentido que marca la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, puesto que el fin de la inscripción de un bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es garantizar su tutela, protección, conservación, salvaguarda y difusión, promover su enriquecimiento y uso como bien social y factor de desarrollo sostenible y asegurar su transmisión a las generaciones futuras. Ello no impediría la realización de obras en el centro escolar, sino que las mismas deberán estar en consonancia con las obligaciones previstas en la mencionada ley para los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores de bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, deberán ser realizadas con los criterios de conservación y restauración que se definen en la ley y contar con la previa autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para cualquier cambio o modificación en el bien objeto de la inscripción o su entorno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el colegio de Santa Victoria, en Córdoba, que se describe en el anexo.

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 3.3 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de marzo de 2010,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el colegio de Santa Victoria, en Córdoba, cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Concretar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la inscripción del Bien de Interés Cultural abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Inscribir como Bienes de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, los bienes muebles que se relacionan y describen en el Anexo al presente Decreto.

Cuarto. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Sexto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de marzo de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Paulino Plata Cánovas

Consejero de Cultura

ANEXO

1. DENOMINACIÓN

Principal. Colegio de Santa Victoria.

2. LOCALIZACIÓN

Provincia: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Dirección: Calle Santa Victoria, 1.

3. DESCRIPCIÓN

El colegio de Santa Victoria está considerado como una de las mejores piezas del estilo neoclásico en Córdoba, fácilmente visible desde muchos puntos de la ciudad por su emplazamiento en una de las cotas más elevadas del conjunto urbano de la ciudad. Su construcción se llevó a cabo en la segunda mitad del s. XVIII, gracias al legado testamentario del obispo Francisco Pacheco en el s. XVI. El diseño de la obra se debió en 1759 al arquitecto francés Luis Guilbert, sustituido al año siguiente por el también francés Baltasar Devretón. En 1772, el hundimiento parcial de la cúpula de la iglesia hizo que se llamase para su recomposición a Ventura Rodríguez, a quien se debe la configuración definitiva de la misma.

El edificio tiene planta rectangular y se compone de dos partes bien diferenciadas: la iglesia y el colegio. El colegio se dispone en dos bloques, estructurados en tres plantas y sótano, construidos a base de muros de carga de mampostería y ladrillo, estando en algunas zonas sin revestimiento decorativo. Las galerías son todas abovedadas, predominando la bóveda de cañón de tipo carpanel. En estas galerías se disponen las aulas y otras dependencias relacionadas con la actividad educativa. Las piezas más destacables son: la sala circular o rotonda, que sirve de elemento integrador del conjunto y que abre al jardín; el patio principal de planta cuadrada y la escalera, adornada con motivos de yesería debidos a José Fosati.

La iglesia tiene planta circular y se define por un muro cilíndrico de mampostería al que se le adosan interiormente ocho pares de columnas de arenisca exentas sobre plinto adosado, de fustes estriados, basa ática y capitel compuesto, entre los cuales se ubican los altares. Esta columnata de orden gigante soporta un entablamento con cornisa, sobre la que se apoya el tambor de la cúpula, horadado por vanos de medio punto abocinados, sobre el que apea la cúpula semiesférica.

El retablo mayor fue realizado por Alonso Gómez de Sandoval en 1780 y es de madera tallada y dorada. En la hornacina central se ubica la imagen de Santa Victoria, realizada en la misma fecha y por el mismo autor. Lo flanquean dos ángeles lampadarios también realizados por el propio Gómez de Sandoval. La mesa de altar es de 1783 y se debe a Ventura Rodríguez y José Fosati.

A la izquierda del altar mayor y ocupando el intercolumnio menor, se encuentra un cuadro de San Miguel, realizado en 1780 por el mismo Alonso Gómez de Sandoval, ubicándose en el intercolumnio de la derecha el cuadro de San Rafael, de las mismas características que el anterior.

Los altares distribuidos por la iglesia responden todos al mismo modelo: una mesa de altar sobre la que descansa un gran lienzo. En ellos se encuentran representados: a la izquierda, San Juan Nepomuceno transportado por los ángeles al cielo y la Visitación de la Virgen a Santa Isabel, y a la derecha, el Martirio de los santos Acisclo y Victoria y San Francisco de Sales entregando a la madre Francisca F. de Chantal la regla de la Orden. Todos los cuadros, óleos sobre lienzos, fueron pintados por el académico Francisco Agustín Grande, en 1797. Las mesas de altar se deben a Ventura Rodríguez y fueron realizadas entre 1792 y 1793.

Por encima de las rejas de los coros bajo y alto se encuentran los cuadros de la aparición de San Rafael al venerable Simón de Sousa y el de San Joaquín y Santa Ana con la Virgen Niña, realizados en 1798 por Antonio Monroy.

El exterior presenta una sobria fachada formada por dos pisos continuos de ventanas con arco escarzano y un tercer piso de menor altura con vanos cuadrangulares. Hacia la mitad de esta fachada se dispone la portada de acceso al colegio, que presenta un arco parabólico y abocinado, coronado en la clave por el escudo de Francisco Pacheco, realizado por Manuel Sánchez Sandoval en 1783, y sobre el vano un balcón de traza alabeada y balcón de forja. En el extremo oriental de esta fachada se levanta la monumental portada de la iglesia, que constituye el más claro ejemplo de neoclasicismo en la ciudad, concibiéndose a la manera de un templo hexástilo y próstilo, con columnas gigantes de basa ática, fuste liso y capitel compuesto que soportan un entablamento con arquitrabe, friso liso, cornisa y frontón triangular con el escudo del obispo Pacheco. De acuerdo con la planta circular del templo, esta portada define un trazado curvo, configurándose en definitiva como pórtico o nártex del templo y dando paso al vestíbulo circular, nexo entre la portada y la iglesia propiamente dicha. Las grandes columnas de orden compuesto se aproximan en los extremos y se separan en el centro, dejando tres intercolumnios principales para el ingreso. Se protege la entrada por un cancel de madera con remate oblongo. La solería, tanto de la iglesia como de la anteiglesia, es de mármoles con motivo central de diversos colores.

Dependencias anejas al templo, comunicadas con él y cuyo uso está ligado al mismo son: la sacristía, también de planta circular, y el coro, de planta rectangular terminada en forma semicircular en los lados menores, que se comunica con el colegio a través de un pasillo abovedado que termina en un distribuidor de planta circular con cúpula y con la iglesia a través de otro pasillo en recodo que incluye un espacio circular y cuya cúpula está decorada con pinturas de flores y frutas.

El considerable volumen de la cúpula de la iglesia hace que ésta sea uno de los principales puntos de referencia en las vistas panorámicas de la ciudad. Sobre los tejados de faldones que cubren el edificio se yergue el tambor cilíndrico de la cúpula coronada por un cono de tejas y un anillo superior de ladrillo, que se remata con un adorno compuesto de base, cuello, anillo y punta que sostiene un globo de bronce con una cruz.

Las dependencias del colegio de Santa Victoria que ocupan, junto con la iglesia, una superficie de cerca de diez mil metros cuadrados, desarrollan en planta una trama ortogonal de patios, galerías abovedadas y otras estancias adecuadas a su destino. En el ángulo de dicha trama aparecen, en contraste, los espacios centralizados de la iglesia y sus propias dependencias.

4. DELIMITACIÓN DEL BIEN

La delimitación del Bien afecta parcialmente a la parcela 27, de la manzana 37443.

5. DELIMITACIÓN DEL ENTORNO

a) Justificación de la delimitación.

Dado que el colegio de Santa Victoria se ubica en una zona afectada por la delimitación del Conjunto Histórico de Córdoba, declarado por Decreto 63/2003, de 11 de marzo, y en cuyas inmediaciones se encuentran varios inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como la iglesia de San Salvador y Santo Domingo de Silos, el colegio de Santa Catalina, el Archivo Histórico Provincial y el Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba, se ha determinado delimitar un entorno de protección mínimo, que comprometa únicamente a las parcelas que por su cercanía física o visual están directamente relacionadas con el Monumento y que no se encuentren catalogadas. Se incluyen por tanto solo las parcelas que forman parte de la misma manzana catastral por la posible relación histórica con el edificio y aquellas con una relación visual inmediata a efectos de posibles afecciones, incluso los patios de recreo y la terraza situados al fondo de la edificación histórica que forman parte de la misma parcela catastral que el Bien pero que por tratarse en parte de adiciones posteriores y hallarse muy transformados recientemente no se han incluido dentro de la delimitación del mismo.

Al objeto de clarificar y simplificar la superposición de los espacios ya protegidos en el entorno del colegio de Santa Victoria, se acordó mediante informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, en su sesión de 27 de enero del año 2000, abarcar solo las siguientes parcelas catastrales de la manzana 37443: parcelas 01, 03, 08, 13, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 25, 26, 27 parcialmente y 29, ubicadas en la misma manzana catastral que el Bien de Interés Cultural, contiguas al Monumento y con posibles vinculaciones históricas al mismo. La inclusión de las parcelas catastrales 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 10 de la manzana 36456 y la parcela 11 de la manzana 37459 se justifica por criterios de proximidad, puesto que cualquier modificación en las mismas puede suponer también una afección a los valores patrimoniales del Bien.

En el entorno se encuentran dos inmuebles de interés: el antiguo convento del Corpus Christi, actual Fundación de Antonio Gala, y el antiguo palacio de los Marqueses de la Fuensanta del Valle, actual Conservatorio Superior de Música, que se corresponden con las parcelas 08 y 08 de las manzanas 37443 y 36456 respectivamente.

b) Delimitación literal.

El entorno de protección abarca las parcelas, manzanas y espacios públicos y privados que a continuación se relacionan y que gráficamente se representan en el plano adjunto. La delimitación literal, siguiendo el plano catastral vigente, es la siguiente:

Edificios privados.

Manzana 37443.

- Parcela 01. C/ Santa Victoria, 1.

- Parcela 03. C/ Pompeyo, 7

- Parcela 08. C/ Ambrosio de Morales, 20.

- Parcela 13. C/ Marqués del Villar, 8.

- Parcela 15. C/ Alta de Santa Ana, 17.

- Parcela 16. C/ Alta de Santa Ana, 15.

- Parcela 17. C/ Alta de Santa Ana, 13.

- Parcela 18. C/ Alta de Santa Ana, 11.

- Parcela 20. C/ Alta de Santa Ana, 7.

- Parcela 21. C/ Alta de Santa Ana, 5.

- Parcela 22. C/ Alta de Santa Ana, 3.

- Parcela 25. C/ Juan Valera, 1.

- Parcela 26. C/ Juan Valera, 3.

- Parcela 27, parcialmente.

- Parcela 29. C/ Juan Valera, 5.

Manzana 36456.

- Parcela 03. C/ Santa Victoria, 2.

- Parcela 04. C/ Santa Victoria, 4.

- Parcela 05. C/ Santa Victoria, 6.

- Parcela 06. C/ Santa Victoria, 8-12

- Parcela 10. C/ Santa Victoria, 10.

- Parcela 07. C/ Ángel de Saavedra, 3.

- Parcela 08. C/ Ángel de Saavedra, 1.

Manzana 37459.

- Parcela 11. Plaza de la Compañía, 5.

Espacios públicos.

- Plaza de la Compañía (parcialmente).

- Calle Pompeyos (parcialmente).

- Calle Santa Victoria.

- Calle Juan Valera.

6. BIENES MUEBLES

1. Santa Victoria. Clasificación: escultura. Materia: madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: tallado, dorado, policromado y estofado. Dimensiones: 1,45 x 0,80 x 0,75 m. Autor: Alonso Gómez de Sandoval. Cronología: 1780. Ubicación: retablo mayor.

2. Arcángel San Miguel (lampadario). Clasificación: escultura. Materia: madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: tallado, dorado, policromado y estofado. Dimensiones: 1,80 x 1,50 x 1,65 m. Autor: Alonso Gómez de Sandoval. Cronología: 1780. Ubicación: a la derecha del altar mayor, flanqueándolo.

3. Arcángel San Rafael (lampadario). Clasificación: escultura. Materia: madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: tallado, dorado, policromado y estofado. Dimensiones: 1,80 x 1,50 x 1,65 m. Autor: Alonso Gómez de Sandoval. Cronología: 1780. Ubicación: a la izquierda del altar mayor, flanqueándolo.

4. Martirio de San Acisclo y Santa Victoria. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 5,40 x 3 m. Autor: Francisco Agustín Grande. Cronología: 1793. Ubicación: altar del martirio de San Acisclo y Santa Victoria.

5. La Visitación. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 5,40 x 3 m. Autor: Francisco Agustín Grande. Cronología: 1793. Ubicación: altar de la Visitación.

6. San Francisco de Sales entregando las reglas a Santa Francisca Premiot de Chantal. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 5,40 x 3 m. Autor: Francisco Agustín Grande. Cronología: 1793. Ubicación: altar de San Francisco.

7. San Juan Nepomuceno. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 5,40 x 3 m. Autor: Francisco Agustín Grande. Cronología: 1793. Ubicación: altar de San Juan Nepomuceno.

8. Aparición de San Rafael al venerable Simón de Sousa. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 2 x 3 m. Autor: Antonio Monroy. Cronología: 1797. Ubicación: en uno de los intercolumnios mayores, flanqueando la entrada al templo desde el nártex.

9. San Joaquín, Santa Ana y la Virgen Niña. Clasificación: pintura. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 2 x 3 m. Autor: Antonio Monroy. Cronología: 1797. Ubicación: en uno de los intercolumnios mayores, flanqueando la entrada al templo desde el nártex.

10. Retrato de don Francisco Pacheco. Clasificación: pintura. Materia: madera, pigmentos. Técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 1,52 x 1,03 m. Autor: Juan de Alfaro. Cronología: 1643-1680. Ubicación: salón recibidor del Colegio.

11. Boceto del cuadro del martirio de San Acisclo y Santa Victoria. Autor: Francisco Agustín Grande. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: pintura al óleo. Dimensiones: 52 x 37 cm. Cronología: 1793. Localización: sacristía.

12. Boceto del cuadro de la Visitación. Autor: Francisco Agustín Grande. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: pintura al óleo. Dimensiones: 52 x 37 cm. Cronología: 1793. Localización: sacristía.

13. Boceto del cuadro de San Francisco de Sales entregando las reglas a Santa Francisca Premiot. Autor: Francisco Agustín Grande. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: pintura al óleo. Dimensiones: 52 x 37 cm. Cronología: 1793. Localización: sacristía.

14. Boceto del cuadro de San Juan Nepomuceno. Autor: Francisco Agustín Grande. Materia: lienzo, pigmentos al aceite. Técnica: pintura al óleo. Dimensiones: 52 x 37 cm. Cronología: 1793. Localización: sacristía.

15. Cajonera. Autor: anónimo. Materia: madera. Técnica: ensamblado. Dimensiones: 104 x 365 x 100 cm. Cronología: fines del siglo XVIII. Localización: sacristía.

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